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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de julio de 2009 398702 3.1 DGPM.- Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. 3.2 Entidad.- Entidad o Empresa del Sector Público No Financiero, sujeta a la normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). Incluye a las entidades o empresas pertenecientes a los tres niveles de gobierno: Nacional, Regional y Local, sujetos al Sistema Nacional de Inversión Pública. 3.3 Especialista.- Persona Natural o Jurídica especializada en la elaboración de estudios de preinversión y a las Personas Jurídicas especializadas en la evaluación de Proyectos de Inversión Pública. 3.4 Institución Especializada en certifi cación de calidad.- Institución encargada de la verifi cación del cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, debidamente seleccionada por el Ministerio de Economía y Finanzas. 3.5 PIP.- Proyecto de Inversión Pública, de acuerdo con la defi nición establecida en la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). 3.6 Clave REPIP.- Al texto conformado por un código alfanumérico generado y remitido por el Sistema REPIP al Especialista. 3.7 Sistema REPIP.- Sistema informático disponible en internet y de acceso universal a través de la página web del Ministerio de Economía y Finanzas, que permite el registro de las personas naturales y jurídicas en los Módulos de Especialistas. Artículo 4º.- Registro de Especialistas en Proyectos de Inversión Pública (REPIP). La DGPM tiene a su cargo el Registro de Especialistas en Proyectos de Inversión Pública (REPIP), siendo el único órgano responsable de su desarrollo, administración y operación. El REPIP está conformado por los siguientes módulos: 4.1 Módulo de Especialistas en elaboración de Estudios de Preinversión. En el presente módulo se inscriben las personas naturales y jurídicas especializadas en la elaboración de estudios de preinversión de proyectos de inversión pública que cumplan con los requisitos establecidos en la presente norma. 4.2 Módulo de Especialistas en evaluación de Proyectos de Inversión Pública. En el presente módulo se inscriben las personas jurídicas especializadas en evaluación social de proyectos que cumplan con los requisitos establecidos en la presente norma. Artículo 5º.- Requisitos mínimos para la inscripción de los Especialistas en elaboración de Estudios de Preinversión. 5.1 Para la inscripción de las Personas Naturales, se debe cumplir con los siguientes requisitos: a. Documento Nacional de Identidad, o documento equivalente. b. Registro Único de Contribuyentes, con las siguientes características: i. La condición de domicilio fi scal habido ii. No encontrarse en estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción c. Grado de bachiller o título profesional en economía, ingeniería o carrera afín. d. Experiencia en la elaboración y/o evaluación social de proyectos de 03 años como mínimo, contados a partir de la obtención del grado de bachiller. El presente requisito deberá sustentarse, como mínimo, en tres (03) contratos, certifi cados, constancias o documentos similares, con una antigüedad no mayor a 02 años al momento de su registro. Asimismo, deberá señalarse los códigos SNIP de los proyectos que sustentan la experiencia, así como el monto de inversión, nivel de estudio de preinversión y el tipo de participación del especialista. e. Experiencia con el Sector Público, bajo cualquier modalidad de contratación, de 04 años como mínimo, contados a partir de la obtención del grado de bachiller. El presente requisito deberá sustentarse mediante contratos, certifi cados, constancias o documentos similares. f. Cursos de especialización en evaluación social de proyectos en universidades o escuelas de postgrado. g. No estar impedido para contratar con el Estado. h. Documentar el Currículum Vitae registrando la información académica y experiencia profesional que hubiera señalado. 5.2 Para la inscripción de las Personas Jurídicas, se debe cumplir con los siguientes requisitos: a. El objeto social deberá estar referido a actividades relacionadas con proyectos de inversión. b. Estar debidamente registrada en Registros Públicos. c. Registro Único de Contribuyentes, con las siguientes características: i. La condición de domicilio fi scal habido; y ii. No encontrarse en estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción. d. Documento Nacional de Identidad, o documento equivalente, de su representante legal. e. Acreditar una experiencia específi ca mínima de 02 años en elaboración y/o evaluación de proyectos de inversión pública, contados a partir de su inscripción en Registros Públicos. El presente requisito deberá sustentarse, como mínimo, en tres (03) contratos, certifi cados, constancias o documentos similares, con una antigüedad no mayor a 02 años al momento de su registro. Asimismo, deberá señalarse los códigos SNIP de los proyectos que sustentan la experiencia, así como el monto de inversión, nivel de estudio de preinversión y el tipo de participación del especialista. f. No estar impedido para contratar con el Estado. g. Presentar la relación de su equipo técnico (personas naturales) señalando el nombre completo de cada persona; su Documento Nacional de Identidad o documento equivalente; Currículum Vitae (no documentado), señalando: - Grado de bachiller o título profesional en economía, ingeniería o carrera afín; - Cursos de especialización en elaboración y evaluación social de proyectos en universidades o escuelas de postgrado; - Experiencia en la elaboración o evaluación social de proyectos de 03 años como mínimo (contados a partir de la obtención del grado de bachiller); - No estar impedido para contratar con el Estado. h. Declaración jurada de los integrantes del equipo técnico señalando que prestan sus servicios a la Persona Jurídica. i. En el caso de personas jurídicas que no cumplan con la experiencia específi ca mínima señalada en el literal e. del presente numeral, podrán registrarse solo si acreditan que por lo menos 3 miembros de su equipo técnico tiene, cada uno, una experiencia mínima de 04 años en elaboración y/o evaluación de proyectos de inversión pública, sustentados en un total de como mínimo 06 contratos, certifi cados, constancias o documentos similares, con una antigüedad no mayor a 02 años al momento de su registro. En este caso, el tercer requisito del literal g. del presente numeral no es aplicable. Artículo 6º.- Requisitos mínimos para la inscripción de los Especialistas en evaluación de Proyectos de Inversión Pública. Solamente podrán registrarse en este módulo las Personas Jurídicas especializadas que cumplan con los siguientes requisitos: 6.1 El objeto social deberá estar referido a actividades relacionadas con proyectos de inversión. 6.2 Estar debidamente registrada en Registros Públicos. 6.3 Registro Único de Contribuyentes, con las siguientes características: a. La condición de domicilio fi scal habido; y b. No encontrarse en estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción. 6.4 Documento Nacional de Identidad, o documento equivalente de su representante legal. 6.5 Tener una experiencia específi ca mínima de 03 años en la elaboración y/o evaluación de proyectos de inversión pública, contados a partir de su inscripción en Registros Públicos. El presente requisito deberá sustentarse, como mínimo, en tres (03) contratos, certifi cados, constancias o documentos similares, con una antigüedad no mayor a 03 años al momento de su registro. En documento anexo deberá indicarse, además, los códigos SNIP de los proyectos que sustentan la experiencia, así como el monto de inversión, nivel de estudio y nivel de participación del especialista.