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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de julio de 2009 398706 EDUCACION Aceptan renuncia de miembro de la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2009-ED Lima, 6 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 033-2007- ED, de fecha 12 de noviembre de 2007, se designa a los miembros de la Comisión que elaborará el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, conformada por el doctor René Ortíz Romero, quien la preside, el doctor Néstor Tupa Fernández, y el doctor Luis Cuba Ovalle; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2008- ED, de fecha 31 de enero de 2008, se designa al doctor Javier Pedro Flores Arocutipa, como miembro de la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, en reemplazo del doctor Luis Cuba Ovalle, miembro de la citada Comisión; Que, vista la carta de fecha 26 de febrero de 2009, presentada por el doctor Javier Pedro Flores Arocutipa, miembro de la Comisión que elaborará el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, mediante la cual formula renuncia al citado cargo que venía desempeñando; Que, en ese sentido, resulta necesario aceptar la renuncia formulada por el doctor Javier Pedro Flores Arocutipa, al cargo de miembro de la Comisión que elaborará el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 29074, Ley que crea la Universidad Nacional de Juliaca y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha de la presente Resolución, la renuncia formulada por el doctor Javier Pedro Flores Arocutipa, al cargo de miembro de la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 369105-1 JUSTICIA Conceden la Gracia de Conmutación de la Pena a diversos internos extranjeros sentenciados y recluidos en los Establecimientos Penitenciarios del Callao y Chorrillos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 174-2009-JUS Lima, 6 de julio de 2009 Vista las solicitudes presentadas por internos extranjeros de diversos establecimientos penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena; CONSIDERANDO: Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de los internos extranjeros solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con el certifi cado de trabajo y/o estudio respectivos y con los requisitos establecidos en el artículo 24º de la Resolución Ministerial Nº 193-2007-JUS, para otorgar la gracia de conmutación de la pena; Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 004- 2007-JUS norma de creación de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena, la Resolución Ministerial Nº 193-2007-JUS, Reglamento de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena y los incisos 8) y 21) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; corresponde al Presidente de la República: dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas; Que, los solicitantes extranjeros han sido condenados a pena privativa de libertad por las instancias judiciales, siendo su situación migratoria actual irregular, por lo que corresponde su expulsión del territorio nacional de conformidad con lo dispuesto por los artículos 60º y 64º numeral 2) y el artículo 66º del Decreto Legislativo Nº 703 - Ley de Extranjería; Que, mediante documento ofi cial enviado por las embajadas correspondientes, se garantiza la salida del Perú de los solicitantes a sus países de origen; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder la Gracia de Conmutación de la Pena a los internos extranjeros sentenciados quienes se encuentran recluidos en los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DEL CALLAO 1. PINTO, AMANDIO o AMANDIO, PINTO; conmutarle de 6 años 8 meses a 2 años 6 meses de pena privativa de libertad, saldría el 8 de abril de 2010. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHORRILLOS 2. DIAZ MEZA, LOURDES NOEMI; conmutarle de 6 años 8 meses a 2 años 6 meses de pena privativa de libertad, saldría el 2 de abril de 2010. Artículo Segundo.- Expulsar del territorio nacional a los internos extranjeros comprendidos en la presente Resolución, quedando impedidos de ingresar nuevamente al país. Artículo Tercero.- Otorgar el plazo improrrogable de 30 días contados a partir del momento en que los solicitantes recuperen su libertad, para que cumplan con abandonar el territorio nacional, disponiendo que el Ministerio del Interior ejecute las acciones para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 369105-2