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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de julio de 2009 398714 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Deja sin efecto designación y designa funcionario responsable de la SUNAT de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 148-2009/SUNAT Lima, 3 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27736 dispone que el Instituto de Radio y Televisión del Perú mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7 programará en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, que dicta disposiciones reglamentarias de la mencionada Ley, en su Artículo 2º establece que todo organismo público y empresa del Estado está obligado a remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con excepción de los puestos clasifi cados como de confi anza conforme las reglas de la normatividad laboral pública vigente; Que asimismo, dicha normativa legal prevé que los referidos organismos del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, debiendo ser designado mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 285-2004/SUNAT, se designó al señor Walter Giovannie Escribens Ruiz como funcionario de la SUNAT responsable de remitir, cuando corresponda, las ofertas de empleo de esta Entidad al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que habiendo concluido el vínculo laboral del mencionando funcionario con esta Institución, resulta necesario dejar sin efecto dicha designación y proceder a designar en su reemplazo a la señora Silvia Ayala Espinoza, Gerente de Desarrollo de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR y en uso de las facultades conferidas por los incisos u) y v) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación del señor Walter Giovannie Escribens Ruiz, como funcionario de la SUNAT responsable de remitir las ofertas de empleo de esta Entidad al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2º.- Designar a la señora Silvia Ayala Espinoza, Gerente de Desarrollo de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, como funcionaria de la SUNAT responsable de remitir, cuando corresponda, las ofertas de empleo de esta Entidad al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Superintendente Nacional 368626-1 Se modifica el Instructivo de Trabajo “Valoración de Vehículos Usados” INTA- IT.01.08 (versión 3) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 341-2009/SUNAT/A Callao, 6 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 000167-2009/SUNAT/ A se aprobó la tercera versión del Instructivo de Trabajo “Valoración de Vehículos Usados” INTA-IT.01.08; Que resulta conveniente precisar y modifi car el numeral 1.2 del literal C de la Sección IV del referido Instructivo, relacionado a la declaración en la casilla 8.1.6 del ejemplar B de la DUA; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT, a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y en la Resolución de Superintendencia N° 049-2009/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifíquese el numeral 1.2 del literal C de la Sección IV del Instructivo de Trabajo “Valoración de Vehículos Usados” INTA-IT.01.08 (versión 3), en lo relacionado a la declaración en la casilla 8.1.6 del ejemplar B de la DUA, conforme a lo siguiente: Casilla 8.1.6 Otros. Si se tiene la publicación que contiene el precio del vehículo objeto de valoración, se declara los gastos realizados en el Perú hasta antes de la nacionalización del vehículo, sin incluir los gastos relacionados a la reparación y/o reacondicionamiento, así mismo se declara los gastos por opcionales incorporados en la ZOFRATACNA y/o los CETICOS que no hayan sido adicionados y/o deducidos según la publicación. Si no se tiene la publicación que contiene el precio del vehículo objeto de valoración, se declara, todos los gastos realizados en el Perú hasta antes de la nacionalización del vehículo, incluyendo los relacionados a la reparación, reacondicionamiento, así como los gastos por opcionales incorporados en la ZOFRATACNA y/o en los CETICOS. Artículo 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN RAMÍREZ RODRÍGUEZ Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 368922-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Imponen a Industria Alimentaria Unión E.I.R.L. sanción de inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 1650-2009-TC-S3 Lima, 6 de julio de 2009