Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2009 (09/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de MORDAZA de 2009

las Municipalidades son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el 28 de MORDAZA del presente se celebra el 188º Aniversario de la Independencia del Peru, por ello la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA considera conveniente resaltar este hecho trascendente, con el proposito de fortalecer y reafirmar nuestra conciencia civica, fomentando la realizacion de actividades simbolicas tradicionales, como lo es el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones publicas y privadas y locales comerciales del Distrito de MORDAZA MORDAZA, a partir del 10 de MORDAZA al 31 de MORDAZA del 2009, con motivo de conmemorarse el 188º Aniversario de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General y Gerencia de Servicios Publicos, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa 370014-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Modifican la Ordenanza Nº 018-2007MDLP/ALC sobre parametros para otorgar compatibilidad de uso y licencia de funcionamiento a giros dedicados a restaurantes y afines
ORDENANZA Nº 004-2009-MDLP/ALC La Punta, 25 de junio de 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO: En sesion ordinaria de fecha 25 de junio de 2009, el Informe Nº 165-2009-MDLP-GCR-DRC, el Informe Nº 1782009-MDLP-GCR-DRC, y el Informe Nº 034-2009-MDLP/ GCR, del Departamento de Rentas y Comercializacion, y la Gerencia Central de Rentas, mediante los cuales se propone la aprobacion del Proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 018-2007-MDLP/ALC; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; precepto constitucional con el que concuerda el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, radicando dicha autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Informes de visto, el Gerente Central de Rentas y el Jefe de Departamento de Rentas y Comercializacion precisan que mediante Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, publicada con fecha 05 de febrero de 2007, se establecio el MORDAZA juridico que las Municipalidades debian observar en el desarrollo

de dicho procedimiento, estableciendose en su articulo15º que la tasa por el referido concepto incluye conceptos tales como Evaluacion por Zonificacion, Compatibilidad de Uso, e Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil Basica. Asimismo, en su articulo 7º se establecieron los requisitos maximos para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, no verificandose entre ellos a la Compatibilidad de Uso; Que, sin embargo; posteriormente, con fecha 04 de enero de 2008 se publico la Ordenanza Nº 0182007-MDLP/ALC, mediante la cual se "Establecieron Parametros para expedir Compatibilidad de Uso y Otorgar Licencia de Funcionamiento a Restaurantes, MORDAZA de Soda y similares, en tanto se apruebe el reglamento correspondiente", disponiendose en su Articulo Tercero que el otorgamiento de la licencia de funcionamiento se encontraba condicionado al cumplimiento previo de los requisitos previstos en el MORDAZA asi como a la obtencion de la respectiva Compatibilidad de Uso; Que, sobre el particular, considerando los lineamientos basicos previstos en la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, se deberia excluir de la referida ordenanza el contenido del Articulo Tercero en su totalidad, al establecer un requisito previo no exigible para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, toda vez que el mismo se obtiene durante la tramitacion de la solicitud de Licencia. Debiendo centrarse el contenido de la ordenanza unicamente en los parametros que debe observar la Gerencia de Desarrollo MORDAZA al emitir el respectivo certificado de Compatibilidad de Uso; motivo por el cual, el contenido de los articulos Primero, MORDAZA y MORDAZA deben mantenerse; Que, asimismo, propone modificar la denominacion de la Ordenanza por: "Establecen Parametros para expedir el Certificado de Compatibilidad de Uso correspondiente a los giros de Restaurantes, MORDAZA de Soda y similares, en tanto se apruebe el reglamento correspondiente". Que, en ese sentido, a fin de adecuar la normatividad de este distrito al MORDAZA juridico vigente, se debera efectuar la modificacion propuesta; Que, de conformidad a lo previsto en el Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru, las Ordenanzas son normas con rango de ley. Asimismo, segun el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 144-2009MDLP/OAJ de fecha 23 de junio de 2009, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 9º Numeral 9, y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, APROBO la siguiente Ordenanza: MODIFICA ORDENANZA Nº 018-2007-MDLP/ ALC SOBRE PARAMETROS PARA OTORGAR COMPATIBILIDAD DE USO Y LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO A GIROS DEDICADOS A RESTAURANTES Y AFINES Articulo 1º.- Modificar la denominacion de la Ordenanza por "Establecen Parametros para expedir el Certificado de Compatibilidad de Uso correspondiente a los giros de Restaurantes, MORDAZA de Soda y similares, en tanto se apruebe el reglamento correspondiente" Articulo 2º.- Derogar el texto integro del Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 018-2007-MDLP/ALC. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Central de Rentas y a la Gerencia Central de Desarrollo Local a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el fiel cumplimiento de lo dispuesto. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), y en el MORDAZA Institucional (www.munilapunta.gop.pe). Articulo 5º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 369247-1

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