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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2009 (09/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de julio de 2009 398814 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la creación de la carrera profesional de Derecho en la Universidad Peruana de Las Américas, cumple con lo previsto en la Ley Universitaria Nº 23733 COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 665-2009-ANR Lima, 4 de junio de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTO: Los ofi cios Nº 006 y 011-2009-R-UPA, del Rector de la Universidad Peruana de Las Américas; y CONSIDERANDO: Que en el marco de las atribuciones de la Asamblea Nacional de Rectores, el artículo 92º inc. e) de la Ley Universitaria Nº 23733, dispone la coordinación previa e indispensable para la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una universidad; Que mediante ofi cios de vistos, el Rector de la Universidad Peruana de Las Américas, hace llegar la documentación correspondiente a la creación de la carrera profesional de Derecho, aprobada por la Junta General de Accionistas de la citada Universidad, dando cumplimiento a lo previsto en el considerando anterior; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; y En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que la creación de la carrera profesional de Derecho, en la Universidad Peruana de Las Américas, cumple con lo previsto por el artículo 92º inciso e) de la Ley Universitaria Nº 23733. Artículo Segundo.- Publicar las presente resolución, en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General 369360-1 Autorizan viaje de funcionarios de la ANR a Francia para participar en la “Conferencia Mundial de Educación Superior” COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 719-2009-ANR Lima, 19 de junio de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La Resolución Nº 714-2009-ANR de fecha 18 de junio de 2009, el Memorando Nº 813-2009-DIGA de fecha 17 de junio de 2009, el Memorando Nº 494-2009-SE de fecha 10 de junio de 2009 y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 714-2009-ANR se autoriza el viaje de la doctora Martha Nancy Tapia Infantes, Rectora de la Universidad Nacional del Altiplano y Segunda Vicepresidenta de la Asamblea Nacional de Rectores, como representante designada para que asista a la “Conferencia Mundial de Educación Superior” que se llevará a cabo en la ciudad de París-Francia, desde el día 05 al 08 de julio del año en curso; Que, mediante Memorando Nº 813-2009-DIGA de fecha 17 de junio del año en curso, el Director General de Administración de la Asamblea Nacional de Rectores, en mérito de la Resolución Nº 714-2009-ANR, hace el alcance de los costos por concepto de viáticos, pasajes aéreos y TUUA a la ciudad de Paris-Francia; Que, mediante Memorando de Vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboración de la resolución, por la que se otorga viáticos por 6 días a la ciudad de Paris- Francia, así como los pasajes aéreos y TUUA a la doctora Martha Nancy Tapia Infantes, Rectora de la Universidad Nacional del Altiplano y Segunda Vicepresidenta de la Asamblea Nacional de Rectores,, de acuerdo a los considerandos precedentes; Que, estando a la autorización de la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la doctora Martha Nancy Tapia Infantes, Rectora de la Universidad Nacional del Altiplano y Segunda Vicepresidenta de la Asamblea Nacional de Rectores, viáticos desde el 04 al 09 de julio del año en curso, así como los pasajes aéreos y TUUA para que asista a la “Conferencia Mundial de Educación Superior” que se realizará en la ciudad de Paris-Francia. Artículo 2º.- Los gastos serán asumidos por la Asamblea Nacional de Rectores, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 2,246.38 Lima – París -Lima Viáticos por 6 días US$ 1,560.00 Tarifa Corpac (TUUA) US$ 31.00 Aeropuertos (ida y regreso) Lima – París -Lima. Artículo 3º.- Los gastos que se generen deberán ser afectados en el Componente 3.000933 Orientación, Coordinación de Desarrollo de las Actividades Universitarias; Actividad 1.001855 Orientación, Coordinación, Desarrollo de la Política Institucional y de Actividad y por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 4º.- Dentro de los ocho (08) días del retorno, la referida funcionaria deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 5º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 369358-1