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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2009 (09/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de julio de 2009 398815 COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 720-2009-ANR Lima, 19 de junio de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La Resolución Nº 713-2009-ANR de fecha 18 de junio de 2009, el Memorando Nº 813-2009-DIGA de fecha 17 de junio de 2009, el Memorando Nº 494-2009-SE de fecha 10 de junio de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 713-2009-ANR se autoriza el viaje del doctor Heraclio Fernando Castillo Picón, Rector de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo, Primer Vice-Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, como representante designado para que asista a la “Conferencia Mundial de Educación Superior” que se llevará a cabo en la ciudad de París - Francia, desde el día 05 al 08 de julio del año en curso; Que, mediante Memorando Nº 813-2009-DIGA de fecha 17 de junio del año en curso, el Director General de Administración de la Asamblea Nacional de Rectores, en mérito de la Resolución Nº 713-2009-ANR, hace el alcance de los costos por concepto de viáticos, pasajes aéreos y TUUA a la ciudad de Paris - Francia; Que, mediante Memorando de Vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboración de la resolución, por la que se otorga viáticos por 6 días a la ciudad de Paris - Francia, así como los pasajes aéreos y TUUA al doctor Heraclio Fernando Castillo Picón, de acuerdo a los considerandos precedentes; Que, estando a la autorización de la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al doctor Heraclio Fernando Castillo Picón, Rector de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo, Primer Vice-Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, viáticos desde el 04 al 09 de julio del año en curso, así como los pasajes aéreos y TUUA para que asista a la “Conferencia Mundial de Educación Superior” que se realizará en la ciudad de Paris - Francia. Artículo 2º.- Los gastos serán asumidos por la Asamblea Nacional de Rectores, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 2,040.17 Lima - París - Lima Viáticos por 6 días US$ 1,560.00 Tarifa Corpac (TUUA) US$ 31.00 Aeropuertos (ida y regreso) Lima - París - Lima. Artículo 3º.- Los gastos que se generen deberán ser afectados en el Componente 3.000933 Orientación, Coordinación de Desarrollo de las Actividades Universitarias; Actividad 1.001855 Orientación, Coordinación, Desarrollo de la Política Institucional y de Actividad y por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 4º.- Dentro de los ocho (08) días del retorno, el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 5º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Página Web de la institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 369358-2 CONTRALORIA GENERAL Delegan facultades para aprobar las modificaciones en el nivel Funcional Programático, así como para la aprobación de los Calendarios de Compromisos y sus ampliaciones, incluyendo sus anexos, durante el Ejercicio Presupuestario 2009 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 057-2009-CG Lima, 7 de julio de 2009 Visto: la Hoja Informativa Nº 00022-2009-CG/FI de la Gerencia de Finanzas de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; Que, a la Contraloría General de la República, para efectos presupuestales, se le ha considerado como parte del Gobierno Nacional, a nivel de Administración Central, conforme a lo señalado en el artículo 2º de la Ley Nº 28411; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 28411, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando así lo haya establecido expresamente dicho cuerpo normativo, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad; Que, el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley Nº 28411, prevé que las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, el mismo que puede delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 6.1 del artículo 6º de la Directiva Nº 015-2007-EF/76.01, concordado con la Cuadragésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29142, establece que los Calendarios de Compromisos y sus ampliaciones, incluyendo sus anexos, en los Pliegos del Gobierno Nacional son aprobados por el Titular del Pliego o por quien éste delegue; Que, conforme a lo indicado en el documento del visto, con la fi nalidad de facilitar la ejecución del proceso presupuestario en el Pliego 019 Contraloría General, es conveniente delegar en el Gerente General las facultades señaladas en los considerandos precedentes; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; y de conformidad con lo establecido en los artículos 7º y 40º