Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2009 (09/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de MORDAZA de 2009

Que, estando a lo expuesto, de conformidad con el Dictamen de la Comision de Fiscalizacion y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º de la Ley N° 27972, Organica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, por UNANIMIDAD aprobo la siguiente ORDENANZA QUE ESTABLECE EXONERACIONES Y REBAJA DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Articulo 1º.- Otorgase el beneficio de rebaja del pago de Multas Administrativas impuestas a la personas naturales y juridicas en aplicacion de la Ordenanza N° 032001-C/MC y su modificatoria, Ordenanza N° 116-C/MC, conforme al siguiente detalle: a. Exonerar en un 80% (ochenta por ciento) el pago de las Multas Administrativas, a todos aquellos (as) administrados que, hasta MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, siempre y cuando hayan cumplido con subsanar o regularizar la infraccion en la que hubieran incurrido, obteniendo la autorizacion municipal o lo que corresponda, conforme a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, y sus modificatorias. b. Exonerar en un 90% (noventa por ciento) el pago del saldo total de la deuda de la Multa Administrativa, a todos aquellos (as) que, hasta MORDAZA de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, hayan suscrito convenio de fraccionamiento, siempre y cuando hayan cumplido con la obtencion de la autorizacion municipal o lo que corresponda, conforme a lo establecido en el MORDAZA, y sus modificatorias. c. Rebajar en un 80% (ochenta por ciento) el pago de la Multa Administrativa, a todos aquellos (as) que durante la vigencia de la presente Ordenanza, subsanen o regularicen la infraccion en la que hubieran incurrido, obteniendo la autorizacion municipal o lo que corresponda, o hayan iniciado el tramite de solicitud, cumpliendo con los requisitos y el pago de los derechos correspondientes, conforme a lo establecido en el MORDAZA y sus modificatorias. d. Rebajar en un 80% (ochenta por ciento) el pago de la Multa Administrativa, a todos aquellos (as) que, por la naturaleza de la infraccion, no esten comprendidos en los incisos anteriores y que hayan cumplido con subsanar la accion u omision sancionada, haciendo de conocimiento de la autoridad MORDAZA de tal cumplimiento mediante una solicitud correspondiente acogiendose a la presente Ordenanza. e. Exonerar en un 100% (cien por ciento) el pago de las costas procesales de las Multas Administrativas que se encuentren en cobranza coactiva y comprendidos en los casos descritos en los incisos anteriores y que no esten dentro de los alcances del articulo MORDAZA de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- No se encuentran comprendidas en los beneficios senalados en el articulo primero, las Multas Administrativas siguientes: a. Las impuestas por los codigos de infraccion: 102, 704, 1001, 1002, 1004 y 1005 de la Ordenanza Nº 0032001-C/MC; y 1001, 1002, 1003, 1004, 1007, 1022, 1023, 1024, 1029, 1031, 1032, 1038, 1039, 1040, 1041, 1042, 1043, 1044, 1045, 1046, 1047, 1049, 1050, 1051, 2008, 2011, 2015, 2026, 3001, 4005, 4006, 5001, 6003 y 6008 de la Ordenanza Nº 116-C/MC. b. Las impuestas con un valor pecuniario superior al 30% (treinta por ciento) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de comision de la infraccion, con excepcion de las correspondientes a los codigos de infraccion: 5002, 5003, 5004, 5005 y 5009, de la Ordenanza Nº 116-C/MC relacionados a anuncios, propaganda y publicidad exterior. c. Las que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva y con medida cautelar.

Articulo 3º.- Estan exoneradas en un 80% (ochenta por ciento) el pago de la Multas Administrativas impuestas por los codigos de infraccion: 01-0101, 01-0201, 020101, 05-0101, 06-0102, 06-0103, 06-0107, 07-0402 y 08-0126, en aplicacion de la Ordenanza N° 275-C/MC, todos aquellos (as) administrados que, MORDAZA y durante la vigencia de la presente Ordenanza, hayan cumplido con subsanar o regularizar la infraccion en la que hubieran incurrido, obteniendo la autorizacion municipal o lo que corresponda, conforme a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos - MORDAZA y sus modificatorias. Articulo 4º.- A todos aquellos (as) que se encuentren comprendidos y se acojan a la presente Ordenanza, se les tendra por desistidos del recurso impugnatorio que hayan interpuesto en sede administrativa, remitiendose los mismos al archivo definitivo correspondiente. Asimismo, no seran sujeto de devolucion los montos parciales o totales pagados por las Multas Administrativas MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Articulo 5º.- Las Gerencias de Fiscalizacion y Seguridad Ciudadana y de Administracion y Finanzas, son las encargadas de dar cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- La presente Ordenanza regira a partir del dia siguiente de publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de agosto del 2009. Articulo 7º.- Se dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta, para que la presente Ordenanza sea publicada de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 369564-1

Establecen nueva programacion del Tercer Matrimonio Civil Masivo en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2009-A/MC Comas, 22 de junio de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: El Informe Nº 106-2009-UECYC-SG/MC, de la Unidad de Estado Civil y Cementerios, respecto a la reprogramacion del 3er. Matrimonio Civil Masivo a llevarse a cabo en el distrito de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento de visto, la Unidad de Estado Civil y Cementerios, informa que estaba programada la celebracion del Tercer Matrimonio Civil Masivo, para realizarse el 27 de MORDAZA del presente ano y que, por convenir a su mejor realizacion, debe ser reprogramado para el dia MORDAZA 27 de septiembre de 2009; Que, conforme al mandato constitucional de proteger a la familia y promover el matrimonio, es objetivo primordial de la presente Gestion Municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento y proteccion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) y 16) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades y con el Visto MORDAZA del Secretario General, Gerente de Asuntos Juridicos y del Gerente Municipal;

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