TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de julio de 2009 398919 artículo, a favor de los Gobiernos Regionales a que se contrae el referido inciso, para cuyo efecto realizará modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional, aprobadas por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Los recursos transferidos no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales se autorizan a favor de los Gobiernos Regionales respectivos. Artículo 3º.- Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 502 410,00), a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior y Gobierno Regional del Departamento de Lima, para que sean destinados a la implementación de equipamiento en los hospitales de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, en el marco de las acciones contra la pandemia de la Nueva Infl uenza AH1N1, y para el fortalecimiento en los servicios de pediatría y laboratorio del Hospital Rezola de Cañete, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 011 : Ministerio de Salud FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 4 502 410,00 ------------------- TOTAL 4 502 410,00 ========== A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 007 : Ministerio del Interior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 500 000,00 (Adquisición de ventiladores volumétricos --------------- -pediátricos y adultos-) TOTAL PLIEGO 007 500 000,00 ========= PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 500 000,00 (Adquisición de ventiladores volumétricos ------------------ -pediátricos y adultos-) TOTAL PLIEGO 026 1 500 000,00 A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 463 : Gobierno Regional del Departamento de Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 502 410,00 (Fortalecimiento en los servicios de pediatría y laboratorio del Hospital Rezola de Cañete) TOTAL PLIEGO 463 2 502 410,00 =========== TOTAL GENERAL 4 502 410,00 ========== Artículo 4º.- Procedimiento para la aprobación institucional 4.1 Los Titulares de Pliego habilitador y habilitadores, según corresponda, mediante Resolución aprueban la desagregación de los recursos a que se refi ere el artículo 3º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 4.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 4.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a la Ofi cina correspondiente para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5º.- De las exoneraciones Autorízase al Ministerio de Salud, en el marco de los objetivos establecidos en el artículo 1º de la presente norma, a realizar las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, afectando los recursos orientados a los proyectos de inversión que a la vigencia de la presente norma no iniciaron la elaboración de su expediente técnico, o que conforme a la proyección presupuestal al cierre del año fi scal 2009 muestren saldos de libre disponibilidad, para cuyo efecto queda exceptuado de lo dispuesto en el artículo 10º numeral 10.1 de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la Vigésima Tercera Disposición Final de esa misma Ley y su modifi catoria, los Decretos Supremos Nºs. 013-2009-EF y 017-2009-EF, el artículo 41º numeral 41.1 inciso c) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 010-2009. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas, y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de julio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 371324-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Economía y Finanzas a EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Educación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 144-2009-PCM Lima, 10 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, el señor Luis Julián Martín Carranza Ugarte, Ministro de Economía y Finanzas, viajará a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, para participar en la ceremonia ofi cial de lanzamiento y campanazo de Ishares MSCI Perú All Capped Index Fund en New York Stock Exchange, a llevarse a cabo el día 13 de julio de 2009; Que, en tal sentido es necesario autorizar dicho viaje en misión ofi cial, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA); Que, en tanto dure la ausencia del titular, es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27619, Ley Nº 29289 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en misión ofi cial del señor Luis Julián Martín Carranza Ugarte, Ministro de Economía y Finanzas, a la ciudad de Nueva