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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de julio de 2009 398925 AMBIENTE Delegan diversas funciones al Secretario General y al Director de la Oficina General de Administración para el Año Fiscal 2009 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 142-2009-MINAM Lima, 9 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 002, 060 y 092-2009-MINAM, se delegaron facultades de orden presupuestal, administrativo y laboral en el Secretario General y en el Director de la Ofi cina General de Administración del Ministerio del Ambiente, para el Año Fiscal 2009; Que, a efectos de reordenar la delegación de facultades efectuada, adecuándola a la normatividad vigente en materia de contrataciones estatales evitando una dispersión normativa, resulta conveniente consolidar en un solo cuerpo normativo las atribuciones que se delegan en los citados funcionarios; Que, asimismo, siendo los Viceministerios de Gestión Ambiental y de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, órganos técnicos especializados en materia ambiental resulta conveniente para la gestión delegar en sus titulares, dentro de sus respectivas competencias, la facultad para celebrar todo tipo de Convenios de Cooperación Interinstitucional, Memoranda o Cartas de Entendimiento, así como sus respectivos Addendum sean modifi catorios o resolutorios; Con la visación de las Viceministras de Gestión Ambiental y de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, del Secretario General, del Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y del Director de la Ofi cina General de Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013 - Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Secretario General para el Año Fiscal 2009, las siguientes facultades: 1.1 Facultades de orden presupuestal: a) Las facultades que son materia de delegación y que se encuentran señaladas de manera expresa en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y en la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; b) Aprobar el Plan Operativo Institucional 2009 así como las modifi caciones de las metas físicas y fi nancieras que pudieran efectuarse durante el mismo ejercicio; c) Aprobar el Calendario de Compromisos y sus ampliaciones en el marco de las Directivas Nº 0152007- EF/76.01 y Nº 003-2007-EF/76.01; y, d) Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. 1.2 Facultades de representación que se ejercen de acuerdo al Código Civil y/o a la Ley del Procedimiento Administrativo General según corresponda, para lo siguiente: a) Suscribir contratos de auditorías externas para la Entidad; b) Suscribir contratos bancarios y fi nancieros celebrados por la Entidad; c) Suscribir convenios de cooperación, gestión u otros de naturaleza análoga, celebrado con otra entidad, o entre el Ministerio del Ambiente y organismos internacionales; d) Designar la conformación de comisiones al interior de la entidad no reguladas por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; y, e) Aprobar y modifi car el horario de recepción de documentos por parte de trámite documentario. 1.3 Facultades que se ejercen de conformidad a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, para lo siguiente: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como las inclusiones y las exclusiones a que hubiere lugar; b) Designar el Comité Especial que conducirá los procesos de selección en las modalidades de licitación pública y concurso público; c) Designar el Comité Especial Permanente que conducirá los procesos de selección en la modalidad de adjudicaciones directas; y, d) Nombrar un Comité Especial ad hoc o permanente para los procesos de selección en la modalidad de menor cuantía. 1.4 Facultades que se ejercen de conformidad al Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, y al Decreto Legislativo Nº 1057 - Ley del Régimen Especial de la Contratación Administrativa de Servicios, y sus respectivos Reglamentos: a) Aprobar la Convocatoria a Concurso Público de Méritos para la contratación de personal sujeto al régimen de la Carrera Administrativa; y, b) Aprobar la Convocatoria a proceso de selección para la contratación de personal sujeto al Régimen Especial de la Contratación Administrativa de Servicios. 1.5 Representar al Ministerio del Ambiente ante cualquier autoridad y/o administrativa para iniciar o proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación. Artículo 2º.- Delegar en el Director de la Ofi cina General de Administración para el Año Fiscal 2009, las siguientes facultades: 2.1 Facultades que se ejercen de conformidad a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento: a) Aprobar y custodiar el Expediente de Contratación; b) Aprobar y custodiar el Expediente Técnico para el caso de obras; c) Aprobar las Bases de los procesos de selección; y, d) Suscribir los contratos que debe celebrar la Entidad que se generen como consecuencia de procesos de selección; en caso de contratos derivados de licitaciones públicas y concursos públicos, para su suscripción se requerirá la aprobación previa del Secretario General. 2.2 Facultades de representación que se ejercen de conformidad a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, la Ley de Productividad y Competitividad Laboral y, al Régimen Especial de la Contratación Administrativa de Servicios y sus respectivos Reglamentos: a) Conducir el proceso de selección para la contratación de personal sujeto al régimen de la carrera administrativa pública; b) Conducir el proceso de selección del régimen especial de la contratación administrativa de servicios; c) Suscribir los contratos de los trabajadores, empleados, servidores o funcionarios públicos sujetos a los regímenes de la carrera administrativa o al régimen especial de la contratación administrativa de servicios; d) Disponer el cese de una relación laboral sujeta al régimen laboral de la actividad privada, previa aprobación por parte del Secretario General; e) Aprobar el término de la carrera administrativa; f) Suscribir los documentos necesarios para la extinción de un Contrato Administrativo de Servicios; g) Aprobar despidos, con o sin causa justa, así como aceptar renuncias.