Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2009 (13/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 13 de julio de 2009 399045 ACUERDA: 1. Aprobar el Dictamen Nº 036-2008-MPC-SR-CAM de la Comisión de Administración, en consecuencia aprobar la Ratifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 027-2007-MDV del 29 de octubre de 2007 de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, que reglamenta la instalación de Elementos de Publicidad Exterior y/o Anuncios en el Distrito de Ventanilla. 2. Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento del presente Acuerdo. 3. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 371318-1 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Aprueban Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2010 ORDENANZA MUNICIPAL N° 010 -2009/MDV Ventanilla, 15 de abril de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de fecha 15 de abril del 2009, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 040-2009/MDV-GPP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informe Nº 112-2009/MDV-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, se opina respecto al proyecto de Ordenanza Municipal que dispone y reglamenta el Presupuesto Participativo para el año fi scal 2010. Que, mediante Ley Nº 28056- Ley Marco del Presupuesto Participativo, se establecen las disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los Gobiernos Locales, constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los planes de desarrollo concertado; Que, los artículos 18 y 20 de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, enuncian que los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a planes de desarrollo y programas de inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública. Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando las municipalidades con los vecinos. Asimismo, los artículos 9, 53, 97 y décimo sexta disposición complementaria, señalan que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban, y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado. Las municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos. Que, el Reglamento de la Ley Nº 28056, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, establece en su artículo 5 y en su primera disposición fi nal que los gobiernos locales mediante Ordenanzas dispondrán de las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de los agentes participantes; asimismo en su quinta disposición fi nal señala que la Dirección Nacional de Presupuesto Público, dicta las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la Ley y su reglamento, por lo cual anualmente dicho órgano del Ministerio de Economía y Finanzas emite los instructivos para los años fi scales correspondientes. Que, el mencionado proyecto de Ordenanza Municipal, tiene como fi nalidad generar las condiciones para promover un proceso técnico, participativo y concertado con los diferentes actores sociales del distrito, para planifi car, identifi car y alcanzar los objetivos de desarrollo programados y priorizar los proyectos de inversión pública a incorporarse por la vía participativa al presupuesto participativo del 2010. El alcance del proceso participativo comprende a las organizaciones e instituciones públicas y privadas comprendidas en el distrito de Ventanilla, para efectos de la formulación concertada, habiéndose establecido cinco territorios participativos y/o zonas: Norte, Sur, Centro, Este y Oeste. Que, mediante el Informe Legal del visto, se opina sobre la procedencia del mencionado proyecto por estar acorde a la normatividad legal vigente, constituyendo una sólida y efi ciente herramienta jurídica para la actual gestión municipal. Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo 40 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba (…) las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 27972, el Concejo Municipal con el Dictamen favorable de la Comisión de Participación Vecinal, VOTO POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE Y REGLAMENTA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2010 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el proceso de Presupuesto Participativo para el año fi scal 2010, el mismo que consta de cuatro (IV) Títulos, treinta y cuatro artículos y cuatro disposiciones fi nales, cuyo texto integro será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cuya dirección electrónica es: www.muniventanilla.gob.pe. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y Gerencia de Participación Vecinal, de esta Corporación Edil. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 371317-2 Reglamentan la instalación de elementos de publicidad exterior y/o anuncios en el distrito (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, mediante Ofi cio Nº 746-2009/MDV-SG, recibido el 10 de julio de 2009) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2007/MDV Ventanilla, 29 de octubre de 2007