Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2009 (07/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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(Mercados Peru Bases de Transformadores de Potencia) y no corresponden a cada caso particular de cada subestacion. En este sentido, este extremo es infundado; 4.78. Que, el coeficiente de esponjamiento considerado, es de 1,2 como promedio para suelos donde se construyen las subestaciones, por lo cual no se comparte el factor de 1,25 que senala LUZ DEL SUR y cuya procedencia no se sustenta. Por lo anterior, se considera que el valor utilizado en los modulos estandares es adecuado; Que, respecto de la nomenclatura "material suelto", utilizada en la partida de excavaciones, debe aclararse que se refiere a la excavacion en terreno normal, razon por la cual no se requiere entibaciones en los modulos estandar; Que, por lo expuesto, este extremo es infundado. 4.79. Que, debe tenerse en cuenta que el diametro del MORDAZA de refuerzo depende del criterio de cada disenador se puede usar diametro de 5/8" o su equivalente de diametro de 1/2", por lo que este analisis corresponde a un nivel de ingenieria de detalle que variara de acuerdo con cada caso. Para efectos de los modulos estandar, se considera que los valores utilizados son apropiados, conforme se explica en el Informe N° 0201-2009-GART; Que, por lo expuesto, este extremo es infundado; 4.80. Que, lo solicitado por LUZ DEL SUR corresponde a las caracteristicas propias de sus equipos, lo cual no puede adoptarse para efecto de los modulos estandar. Por ello, el criterio adoptado en la Hoja TAMANOS Y PESOS DE MAQUINAS, es el de tener rangos de tamano de maquinas en MVA para los distintos niveles de tension considerados, donde para cada rango hay una maquina representativa del mismo. Es MORDAZA que para cada caso particular, la maquina representativa del rango pueda ser mayor o menor que la maquina particular, sin embargo en la muestra total de instalaciones, el efecto de valorizacion con la maquina representativa, compensa las diferencias de valorizacion contra maquinas particulares. Por lo indicado, lo solicitado por el titular de considerar los pesos de sus maquinas en particular se contrapone con el criterio de los modulos estandar, motivo por el cual no puede ser aceptado; Que, con relacion al pedido de consignar los valores de altura de los transformadores, considerando el tanque de expansion y los Bushing, se procedera a consignar en la hoja indicada las alturas tipicas adicionales por tanque de expansion o bushing la que resulte mayor; Que, por lo expuesto, este extremo resulta ser fundado en parte; 4.81. Que, sobre el pedido de LUZ DEL SUR, debe senalarse que las dimensiones de las bases de tiro consideradas son dimensiones promedios, de acuerdo a los pesos dados en la Hoja de Tamanos y pesos (Mercados Peru Bases de Transformadores de Potencia) y no corresponden a cada caso particular de cada subestacion. Ello por cuanto se trata de modulos estandar. Por esta razon, este extremo es infundado; 4.82. Que, debe aclararse respecto de la nomenclatura "material suelto", utilizada en la partida de excavaciones, que se refiere a la excavacion en terreno normal, razon por la cual no se requiere entibaciones en los modulos estandar. Por lo expuesto, este extremo es infundado; 4.83. Que, debe tenerse presente que la resistencia de la MORDAZA de rodamiento no solo se vincula a su espesor sino tambien a su area; y en este sentido es que todos los espesores a considerar son de 20 cm debido a que las areas de la losa de rodamiento son las adecuadas para cada caso. Por lo expuesto, este extremo es infundado; 4.84. Que, se debe aclarar que la longitud total de rieles que se esta considerando es de 39,50 m, los cuales se consideran en 19,50 m para la base de tiro y rieles para transformadores y 20 m en las base de tiro y rieles del acceso principal. La longitud total es un valor promedio, no corresponde a una Ingenieria de Detalle, y se MORDAZA en longitudes aproximadas de transporte o puntos aproximados en los cuales el vehiculo va a descargar o colocar el transformador para recien desde ese punto trasladarlo usando los rieles. Por lo cual, la longitud considerada en el metrado es correcta y no corresponde aceptar la solicitud de modificacion;

Que, por lo expuesto, este extremo es infundado; 4.85. Que, Se ha verificado que efectivamente existe un error en la nomenclatura, por lo cual se procedera a retirar la palabra "premezclado". En, consecuencia, se debe declarar fundado este extremo; 4.86. Que, en vista que no se tiene referencia de rendimientos de esta partida en las Publicaciones de CAPECO, se procedera a actualizar el rendimiento de acuerdo a la Publicacion de la Revista COSTOS, considerandolo como un medio alternativo. Por lo expuesto, este extremo se debe declarar fundado; 4.87. Que, considerando lo senalado por LUZ DEL SUR se encuentra que es necesario modificar la partida, actualizando los metrados de concreto, encofrado y MORDAZA de refuerzo considerado un peso de 1,53 kg (4 barras de ¼" = 0,95x0,22x4=0,836 kg, 6 barras de 1/4" 0,45x7x0,22=0,693 kg, haciendo un total de 1,529 kg). Asimismo, corresponde adicionar el personal para la colocacion de las losetas considerando un rendimiento de un vaciado de concreto a 12 m3/dia, lo cual equivale a 500 unidades/dia; Que, por lo anterior, se debe reajustar el precio del encofrado, puesto que este no tiene el mismo precio que el encofrado para cimentaciones, debido a que es una actividad mas sencilla y el rendimiento es mayor y la cantidad de insumos que se requeriria son menores; Que, por lo expuesto, en el analisis este extremo resulta ser fundado en parte. 4.88. Que, se verifico el error indicado por LUZ DEL SUR en el formulario correspondiente a lineas de transmision aereas MORDAZA Acero/Madera, por lo cual debe procederse a su correccion. En ese sentido, este extremo debe declararse fundado; 4.89. Que, considerando lo expresado por LUZ DEL SUR, en vista que efectivamente los Bancos de Transformacion estan formados por tres unidades monofasicas, es apropiado para los modulos estandares considerar que la partida de Prueba y Puesta en servicio del Banco sea distinta a la partida de un transformador trifasico equivalente. Por esta razon se adicionara la partida correspondiente para costear la Prueba y Puesta en Servicio del Banco de Transformadores en el archivo I-401 (Mont SSEE).xls; Que, por lo expuesto, este extremo es infundado; Que, en consecuencia, el recurso de reconsideracion de LUZ DEL SUR debe ser declarado fundado en los extremos 3.4, 3.22, 3.53, 3.61, 3.62, 3.63, 3.64, 3.69, 3.85, 3.86, 3.88 y 3.89, fundado en parte en los extremos 3.5, 3.7, 3.11, 3.21, 3.24, 3.26, 3.31, 3.41, 3.43, 3.44, 3.45, 3.46, 3.54, 3.56, 3.60, 3.67, 3.68, 3.74, 3.80 y 3.87, e infundado en sus demas extremos que figuran en el apartado 3 de la parte considerativa de la presente resolucion; Que, correspondera modificar la Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision y su Actualizacion con Costos 2008 de acuerdo con el analisis efectuado del Recurso de Reconsideracion de Luz del Sur S.A.A. (contenido en el Informe N° 02012009-GART), debiendo dichas modificaciones efectuarse en Resolucion complementaria; Que, por otro lado, se debe recordar a LUZ DEL SUR, que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, existe el MORDAZA de Conducta Procedimental, por el cual los administrados, sus representantes o abogados y, en general, todos los participes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboracion y la buena fe; Que, como ha sido demostrado en el presente analisis, el accionar de OSINERGMIN ha sido totalmente objetivo, desde un punto de vista tecnico y legal, y cualquier discrepancia sobre su proceder debe ser impugnado en terminos de objetividad y profesionalismo, razon por la cual las afirmaciones de LUZ DEL SUR, representan una infraccion al MORDAZA de Conducta Procedimental, MORDAZA senalado; Que, se han emitido los Informes N° 0201-2009-GART y Nº 0198-2009-GART de la Division de Generacion y

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