Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2009 (07/06/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

397166

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de junio de 2009

Transmision Electrica y de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, respectivamente. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar fundados los extremos 3.4, 3.22, 3.53, 3.61, 3.62, 3.63, 3.64, 3.69, 3.85, 3.86, 3.88 y 3.89 del recurso de reconsideracion interpuesto por Luz del Sur S.A.A., contra la Resolucion OSINERGMIN Nº 051-2009-OS/CD, por las razones expuestas en los apartados 4.4, 4.22, 4.53, 4.61, 4.62, 4.63, 4.64, 4.69, 4.85, 4.86, 4.88 y 4.89 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Declarar fundados en parte los extremos 3.5, 3.7, 3.11, 3.21, 3.24, 3.26, 3.31, 3.41, 3.43, 3.44, 3.45, 3.46, 3.54, 3.56, 3.60, 3.67, 3.68, 3.74, 3.80 y 3.87 del recurso de reconsideracion interpuesto por Luz del Sur S.A.A., contra la Resolucion OSINERGMIN Nº 051-2009-OS/CD, por las razones expuestas en los apartados 4.5, 4.7, 4.11, 4.21, 4.24, 4.26, 4.31, 4.41, 4.43, 4.44, 4.45, 4.46, 4.54, 4.56, 4.60, 4.67, 4.68, 4.74, 4.80 y 4.87 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3°.- Declarar infundados todos los demas extremos del recurso de reconsideracion interpuesto por Luz del Sur S.A.A., contra la Resolucion OSINERGMIN Nº 051-2009-OS/CD, por las razones expuestas en los apartados 4.1, 4.2, 4.3, 4.6, 4.8, 4.9. 4.10., 4.12, 4.13, 4.14, 4.15, 4.16, 4.17, 4.18, 4.19, 4.20, 4.23, 4.25, 4.27, 4.28, 4.29, 4.30, 4.32, 4.33, 4.34, 4.35, 4.36, 4.37, 4.38, 4.39, 4.40, 4.42, 4.47, 4.48, 4.49, 4.50, 4.51, 4.52, 4.55, 4.57, 4.58, 4.59, 4. 65, 4.66, 4.70, 4.71, 4.72, 4.73, 4.75, 4.76, 4.77, 4.78, 4.79, 4.50, 4.51 y 4.52 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 4°.- Las modificaciones que motive la presente Resolucion en la Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision y su Actualizacion con Costos 2008, deberan consignarse en resolucion complementaria. Articulo 5°.- Incorporese como Anexo de la presente resolucion el Informe N° 0201-2009-GART. Articulo 6°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Igualmente debera ser consignada, junto con su Anexo en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 357314-1

Que, como consecuencia de los recursos de reconsideracion interpuestos por las empresas Luz del Sur S.A.A., Edelnor S.A.A. y COSANAC S.A.C., contra la Resolucion OSINERGMIN N° 051-2009OS/CD (en adelante "la RESOLUCION") que aprobo la "Modificacion de la Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision y su Actualizacion con Costos 2008", se han expedido las Resoluciones OSINERGMIN N° 087-2009-OS/ CD, N° 086-2009-OS/CD y N° 088-2009-OS/CD, respectivamente; Que, en el Articulo 4° de la Resolucion OSINERGMIN N° 087-2009-OS/CD, Articulo 4° de la Resolucion OSINERGMIN N° 086-2009-OS/CD y Articulo 2° de la Resolucion OSINERGMIN N° 088-2009-OS/ CD, se ha dispuesto realizar las modificaciones que correspondan en la Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision y su Actualizacion con Costos 2008, de acuerdo con lo resuelto sobre los recursos de reconsideracion contra la RESOLUCION, las cuales se encuentran reunidas en la presente resolucion; Que, dichas modificaciones ordenadas por los articulos citados anteriormente, se encuentran detalladas en los correspondientes informes que las sustentan (Informes N° 0196-2009-GART, 0201-2009GART y 0224-2009-GART) y que se han incorporado como Anexo de las mismas; los cuales, conjuntamente con el Informe N° 0223-2009-GART elaborado por la Asesoria Legal de la gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, complementan la motivacion que sustenta la decision del regulador, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, Numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General 1; y De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en lo dispuesto en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar la Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision y su Actualizacion con Costos 2008 conforme a lo indicado en los Informes N° 0196-2009-GART, 0201-2009-GART y 0224-2009-GART. Articulo 2°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, junto con la carpeta "MOD INV V3" que la sustenta, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob. pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

Modifican Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision y su Actualizacion con Costos 2008
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 089-2009-OS/CD MORDAZA, 4 de junio de 2009

1 Articulo 3º.- Requisitos de validez de los actos administrativos Son requisitos de validez de los actos administrativos: ... 4. Motivacion.- El acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporcion al contenido y conforme al ordenamiento juridico...

357176-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.