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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (09/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de junio de 2009 397222 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Acreditan a las Municipalidades Distritales de Huamanguilla y Asunción para la transferencia de la función del artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades en materia de gestión educativa RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 033-2009-PCM/SD Lima, 4 de junio de 2009 VISTOS: El Informe de Concordancia Nº 006-2009-PCM/SD- OTME, elaborado según lo dispuesto en la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 010-2009-PCM/SD, la misma que establece el procedimiento para la acreditación correspondiente al proceso de transferencia en materia de gestión educativa a las municipalidades del Plan de Municipalización de la Gestión Educativa; y el informe Nº 004-2009-PCM/SD-OTME-MOP; CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo N° 078-2006-PCM autoriza al Ministerio de Educación llevar a cabo un Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa para mejorar la calidad de los servicios educativos de los niveles de inicial y primaria. Además, se aprueba el Plan de Municipalización de la Gestión Educativa y Lineamientos del Plan Piloto 2007 mediante Resolución Ministerial N° 0031-2007-ED, y a través del Decreto Supremo N° 005-2008-ED, se incorpora el nivel secundario; Que el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, el cual incluyó la transferencia de gestión de los establecimientos educativos a municipalidades provinciales o distritales en concordancia con el Decreto Supremo N° 078- 2006-PCM, estableciéndose que dicha transferencia se efectuará con la participación de los gobiernos regionales y las instancias de gestión educativa descentralizada, así como que el Sector conjuntamente con la Secretaría de Descentralización defi nirán la modalidad de transferencia a las municipalidades, el programa de asistencia técnica y capacitación, el sistema de indicadores de monitoreo y evaluación y los mecanismos específi cos de asignación de recursos a los gobiernos locales sujetos de las trasferencias en mención; Que en el año 2007, el Sector Educación implementa la etapa de iniciación del Plan de Municipalización de la Gestión Educativa en 56 municipalidades, y siendo además declaradas con viabilidad técnica y funcional 44 municipalidades mediante el acta correspondiente y refrendada con Resolución Vice Ministerial Nº 0046-2008- ED, de conformidad con el artículo 3º del DS Nº 078-2006- PCM; Que mediante Resolución Vice Ministerial Nº 0038- 2007-ED, el Ministerio de Educación conformó las comisiones de transferencia, para desarrollar entre otras, las actividades previstas en la Directiva Nº 124-2007-ME/ VMGI-OCR “Normas para la ejecución de la transferencia administrativa a las municipalidades del plan piloto de municipalización de la gestión educativa”, validada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 010-2009-PCM/SD, con lo cual las municipalidades cumplen los requisitos específi cos mínimos y el Sector concluye la etapa de certifi cación, y consecuentemente la Secretaría de Descentralización procederá con la acreditación; Que el Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM aprobó el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008, el cual estableció que el Ministerio de Educación, en coordinación con la Secretaría de Descentralización, para aquellos pilotos que vienen siendo desarrollados desde el año 2007, gestionará la transferencia efectiva de recursos, para lo cual emitirá las directivas correspondientes; Que la Sexagésima Disposición Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, Ley N° 29289, autoriza la transferencia de partidas de los Pliegos de los gobiernos regionales y del Pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los Pliegos de las municipalidades incluidas en el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, a partir del 1 de enero de 2009 y por el monto total de las asignaciones presupuestarias incluidas en el presupuesto 2009 de los citados Pliegos habilitadores, correspondiente a todas las instituciones educativas de los niveles inicial, primaria y secundaria de educación básica regular, que funcionan en la circunscripción territorial de cada una de las municipalidades del referido Plan Piloto; así como que la citada transferencia de partidas será efectivizada a solicitud del Ministerio de Educación y mediante decreto supremo del Ministerio de Economía y Finanzas; Que la Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización establece que la transferencia de funciones, programas y organismos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que al haberse elaborado el Informe de Concordancia Nº 006-2009-PCM/SD-OTME, la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 010-2009-PCM/SD, debe proceder a acreditar a las municipalidades del Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa, al haber sido declaradas APTAS para ejercer funciones en materia de educación, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia 2007 y 2008, las mismas que se encuentran pendientes de acreditación y transferencia, mediante la emisión de la norma correspondiente; Que luego de proceder a la acreditación correspondiente, la Secretaría de Descentralización debe notifi car al Ministerio de Educación así como a los gobiernos regionales, para que procedan a la efectivización de la transferencia de las funciones en la materia antes señalada, así como de los correspondientes recursos presupuestales asociados a dichas funciones, de acuerdo al procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 083-2008-PCM para culminar procesos de transferencia programados en el Plan Anual de Transferencia de competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007; Que mediante Decreto de Urgencia Nº 044-2009 el Poder Ejecutivo dicta medidas en materia económica y fi nanciera orientadas a que el Ministerio de Educación y los gobiernos regionales, transfi eran los recursos para la atención de la municipalización de la gestión educativa, sujeto al cumplimiento de la acreditación de los gobiernos locales respectivos, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 28273 – Ley de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales. Además dicho Decreto de Urgencia autoriza la transferencia de Partidas Presupuestales del Pliego Ministerio de Educación a los Pliegos municipalidad distrital de La Molina, Surquillo, Santiago de Surco, Mirafl ores y Los Olivos; del Pliego Gobierno Regional del Callao a la Municipalidad Distrital de Bellavista, y Pliego Gobierno Regional de Lima a las municipalidades distritales de Pacarán e Imperial. De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27972, 28273 y 29289; los Decretos Supremos Nº 078-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, 049- 2008-PCM, 083-2008-PCM; y las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 001-2009-PCM/SD y Nº 010-2009-PCM/SD;