Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2009 (09/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 9 de junio de 2009 DNTP 930 1058 1059 1060 UNIDAD EJECUTORA REGION SAN MORDAZA - SALUD SAN MORDAZA REGION SAN MORDAZA - SALUD ALTO MORDAZA REGION SAN MORDAZA - SALUD HUALLAGA CENTRAL REGION SAN MORDAZA - SALUD ALTO HUALLAGA

NORMAS LEGALES
TOTAL 2,418.82 6,704.99 278.58 0.00 850.52 626.82 223.70 5,154.01 2,465.27 2,688.74 2,388.80 1,358.62 957.13 60.58 12.47

397235

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Criterios para la Graduacion de Multas a ser impuestas por la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion y el documento adjunto en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Internet de Osinergmin. Con la intervencion de los vocales MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Espinosa-Saldana MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Sardon de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Braschi O'Hara, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Bustios. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Sala Plena JARU CRITERIOS PARA LA GRADUACION DE LAS MULTAS (SESION DE SALA PLENA 20/01/09)

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA 935 REGION TACNA - SALUD TACNA 970 REGION TACNA - HOSPITAL DE APOYO MORDAZA UNANUE GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES 940 REGION TUMBES - SALUD TUMBES 941 REGION TUMBES - HOSPITAL DE APOYO JAMO TUMBES GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI 950 REGION UCAYALI - SALUD UCAYALI 951 REGION UCAYALI - HOSPITAL DE APOYO DE PUCALLPA 952 REGION UCAYALI - HOSPITAL DE APOYO YARINACOCHA 1175 REGION UCAYALI - DIRECCION DE RED DE SALUD N°3 ATALAYA OPD 1235 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS TOTAL CALENDARIO INICIAL S/

155.21 310,000.00

357814-1

1) Sobre la competencia sancionadora de la JARU Mediante Resolucion N° 642-2007-OS/CD, publicada el 31 de octubre de 2007, el Consejo Directivo de OSINERGMIN determino las instancias competentes en el ejercicio de la funcion sancionadora, disponiendose que las MORDAZA Unipersonales y Colegiada de la JARU constituyeran la primera instancia en los procedimientos sancionadores por el incumplimiento de las normas que regulan los procedimientos de reclamos de usuarios de energia y gas natural y de lo resuelto por la JARU. Dicha competencia fue mantenida en el articulo 2° numeral 4° del Reglamento de los Organos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por la Resolucion N° 067-2008OS/CD, publicada el 3 de marzo de 2008. 2) Sobre la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas De acuerdo con el MORDAZA de tipicidad, recogido en el articulo 230° numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General1, solo constituyen conductas sancionables administrativamente las infracciones previstas expresamente en normas con rango de ley, salvo los casos en que la ley permita tipificar por via reglamentaria. Asimismo, conforme al MORDAZA de legalidad, previsto en el MORDAZA del procedimiento administrativo sancionador, y recogido en el articulo 230°, numeral 1 de la referida Ley, solo por MORDAZA con rango de ley cabe atribuir a las entidades la prevision de las consecuencias administrativas que a titulo de sancion son posibles de aplicar. Conforme a ello, la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin2, faculto al Consejo Directivo de este organismo a tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, asi como a graduar las sanciones, dentro del ambito de su competencia. Cuando se otorgo a esta Junta la facultad sancionadora, la tipificacion de infracciones respecto de la cual tenia competencia sancionadora se encontraban contenidas en el Cuadro General y en el Anexo 4, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo N° 028-2003-OS/CD. El 19 de diciembre de 2008 se ha publicado la Resolucion de Consejo Directivo N° 672-2008-OS/CD, que aprobo la nueva Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas a ser aplicadas por esta Junta.

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban Criterios para la Graduacion de Multas a ser impuestas por la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios
RESOLUCION DE SALA PLENA Nº 001-2009-OS/JARU MORDAZA, 20 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con los articulos 2° inciso d) y 3° numeral 4 del Reglamento de los Organos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo N° 067-2008-OS/CD, la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios es el organo resolutivo de primera instancia en los procedimientos administrativos sancionadores que se inicien por el presunto incumplimiento de las concesionarias de distribucion del servicio publico de electricidad y gas natural a las resoluciones, actas y demas obligaciones derivadas de los procedimientos administrativos de reclamo, quejas y medidas cautelares. Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 6722008-OS/CD se modifico la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aprobada por Resolucion de Consejo Directivo N° 028-2003-OS/ CD en lo que respecta a las infracciones en las cuales la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios tiene competencia sancionadora. Que, considerando que la Escala de Multas a ser utilizada por la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios contempla rangos de multas aplicables, a fin de brindar a los administrados un instrumento que haga predecible el pronunciamiento de este organo dentro del procedimiento administrativo sancionador, en la sesion de Sala Plena realizada en la fecha se ha acordado aprobar los Criterios para la Graduacion de Multas, contenidos en el documento adjunto a la presente resolucion. Por lo expuesto, de conformidad con el Reglamento de los Organos Resolutivos de Osinergmin;

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Ley N° 27444. Ley Nº 27699.

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