Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2009 (10/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de junio de 2009

NORMAS LEGALES
Manzana O1 Lote Area (m2) 18 147.10 19 147.10 20 120.90 21 120.90 22 120.90 23 120.90 24 120.90 25 120.90 26 120.90 27 120.90 28 120.90 29 120.90 30 120.90 31 120.90 32 120.90 33 120.90 34 120.90 4,215.40

397311

Mz. O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1 O1

Que, el Codigo Civil en su Art. 233° establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru. Que, existen en el Distrito de Chorrillos, numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su Estado Civil, contrayendo Matrimonio. Que, proteger a la familia y promover el matrimonio como Institucion Natural y Fundamental de la Sociedad cautelando su legalidad y seguridad juridica, es deber que los gobiernos locales tienen, Que, la Oficina de Registro Civil ha recomendado celebrar el Matrimonio Civil Comunitario con ocasion de celebrarse el 187° Aniversario de la Inmolacion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balandra, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitario organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdiccion. Que, estando a lo MORDAZA expuesto, a lo establecido en el Libro de Familia, Arts. 233°, 234° y 248° del Codigo Civil, a las facultades conferidas al Concejo en la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, Art. 9°, el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Articulo 1°.- Autorizar la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el dia 26 de Junio del 2009, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitarios organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdiccion. Articulo 2°.- Establezcase por derecho de celebracion de Matrimonio Civil Comunitario, descrito en el Articulo precedente, un unico pago ascendente a la suma de S/. 68.69 (SESENTA Y OCHO 69/100 NUEVOS SOLES). Articulo 3°.- Las parejas contrayentes podran inscribirse para el Matrimonio Civil Comunitario hasta el 16 de Junio del 2009 plazo en el que vencera la MORDAZA de expedientes matrimoniales. Articulo 4°.- Las parejas interesadas en contraer Matrimonio Civil Comunitario, deberan cumplir con presentar los siguientes documentos: a. Partida de Nacimiento original de cada uno de los contrayentes o, en su defecto la respectiva Dispensa Judicial. b. Original y MORDAZA de los documentos de Identidad de cada uno de los contrayentes. c. Declaracion Jurada del domicilio de cada uno de los contrayentes, segun formato. d. Certificado Medico. e. Recibo de Pago por el derecho de celebracion del Matrimonio, debidamente cancelado. f. Dos (02) testigos mayores de edad, por cada contrayente, adjuntando MORDAZA de sus documentos de identidad. En caso de contrayentes viudos o divorciados, ademas deberan presentar: a. Partida original de Defuncion o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolucion en anotacion marginal, segun sea el caso. b. Declaracion Jurada legalizada ante Notario Publico, que acredite tener o no la administracion de los bienes de hijos habidos en anterior matrimonio. Articulo 5°.- Ordenese a la Unidad de Registro Civil la publicacion de la relacion de las parejas que contraeran Matrimonio Civil en la referida fecha, durante ocho (08) dias en el periodico mural de la Municipalidad y a la Sub Gerencia de Informatica en la pagina Web de la Municipalidad. Articulo 6°.- Encargar a la Secretaria General del Concejo y la Unidad de Registro Civil el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase.

En los contratos de compraventa que se celebren, se debera incluir la clausula que establezca la indivisibilidad de los lotes. Articulo Cuarto.- INSCRIBASE en forma definitiva a favor de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, las areas de Aportes Reglamentarios, para Recreacion Publica de area total 4,045.41m2, que se encuentran ubicados dentro del proyecto Etapa I: MORDAZA 8, MORDAZA 9, con 2,406.05 m2, 1,648.36 respectivamente, en concordancia con el Plano de Replanteo Lotizacion Nº 072-2008-GDUR/MDC, materia de aprobacion de esta Resolucion. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Desarrollo MORDAZA Rural y a la Sub gerencia de Catastro y Habilitacion MORDAZA, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Sexto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial EL PERUANO, la misma que estara a cargo de los interesados. Articulo Septimo.- TRANSCRIBASE a los Registros Publicos la presente Resolucion para su inscripcion correspondiente, y se incorpore al radio de su jurisdiccion y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 357830-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Autorizan la celebracion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
ORDENANZA N° 159-MDCH Chorrillos, 30 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS; Visto, en Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 30 de MORDAZA del 2009; y. CONSIDERANDO: Que, el Estado y la Constitucion protegen a la familia, promueven el Matrimonio, reconociendoseles como Institutos Naturales y Fundamentales de la Sociedad, al MORDAZA de lo dispuesto en el Art. 4° de la Constitucion Politica del Peru.

MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 358485-1

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