Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2009 (10/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de junio de 2009

responsable, honesta, calificada y con una MORDAZA y contrastable vocacion a favor de los valores de un Estado Constitucional 1". Tal finalidad solamente es posible que se haga realidad si es que los examinadores de la probidad e idoneidad de las personas para permanecer en la magistratura cuentan con los conocimientos requeridos para dicho fin. Que, en el caso concreto de la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el acto de la entrevista publica, el Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA le formulo preguntas en torno a su probidad y el Consejero MORDAZA MORDAZA le pregunto sobre la proteccion de la propiedad industrial, interviniendo el Consejero Ing. MORDAZA de la MORDAZA, produciendose el siguiente dialogo: "Ing. MORDAZA de la Flor: Doctora, en octubre entra en vigencia el MORDAZA Codigo Procesal en todo el MORDAZA, usted esta preparada para eso? Doctora Contreras: Estamos en eso doctor. Ing. MORDAZA de la Flor: Eso me da a entender que le faltan todavia algunos conocimientos para.... Magistrada Contreras: En verdad tenemos unos videos que nos han enviado respecto a las audiencias y todo ello que estan desarrollando en los juzgados donde ya estan en vigencia; entonces eso vamos a ver. Ing. MORDAZA de la Flor: No lo han visto todavia, como se ha preparado hasta ahora entonces? Magistrada Contreras: Estoy leyendo. Ing. MORDAZA de la Flor: Ahora, usted cree que la Corte del MORDAZA esta preparada? Magistrada Contreras: Yo creo que si, tenemos muy buenos magistrados, creo que estan preparados, sobre todo los penalistas, porque yo soy una juez civil y constitucional ahora. Ing. MORDAZA de la Flor: Que cree que le falta a esta Corte para prepararse mejor? Magistrada Contreras: No, particularmente, en mi opinion, yo estoy respondiendo por mi, pero en forma general y pienso que ya estan preparados. Ing. MORDAZA de la Flor: Y estan preparados los policias? Magistrada Contreras: Los policias? En verdad que no podria decir por ellos. Ing. MORDAZA de la Flor: Porque para aplicar un Codigo como este deberia haber una preparacion integral. Magistrada Contreras: Exactamente, con Ministerio Publico, Abogados y jueces, no? Pero si ha MORDAZA curso en ese sentido, que el Consejo Nacional de la Magistratura esta desarrollando, no perdon la Academia de la Magistratura. Ing. MORDAZA de la Flor: Y tambien estaran preparados los abogados Cusquenos? Magistrada Contreras: La verdad, no lo se. Ing. MORDAZA de la Flor: Que opina de la formacion que dan las universidades a los abogados Cusquenos? Magistrada Contreras: Yo he estudiado en la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, pero... Ing. MORDAZA de la Flor: Pero usted estudio hace 25 anos, no es cierto? Magistrada Contreras: 22 anos. Ing. MORDAZA de la Flor: Ahora no hablamos de una universidad, sino de tres y cuatro. Que opina de todo eso? Magistrada Contreras: Que podria opinar, pero de seguro todos los alumnos tendran que particularmente estudiar para realizar su funcion como abogados, no? Poniendo el empeno cada uno, al margen de lo que uno aprende en la universidad, tendra que estudiar cada dia... Ing. MORDAZA de la Flor: Una preparacion constante. MORDAZA doctora". Que, nos preguntamos ¿a que conduce este dialogo? Honestamente no lo sabemos. Pero en la entrevista con fines de ratificacion, las preguntas y respuestas no tienen otro fin que el establecer la probidad e idoneidad del magistrado. Si bien es MORDAZA que durante cuatro anos he cubierto deficiencias como las anotadas, tambien es verdad que ello ha determinado que magistrados que no reunen las cualidades profesionales para el ejercicio de la magistratura, algunos de ellos que no podemos imaginar como accedieron a la magistratura, dirijan sus criticas solamente contra quien los examina como MORDAZA la Constitucion y la ley.

Que, uno de los medios para acreditar la probidad e idoneidad durante los siete anos de ejercicio de la funcion judicial o fiscal del magistrado sometido a MORDAZA de ratificacion es el examen de la calidad de sus resoluciones. Estas resoluciones, por disposicion del CNM, son calificadas por un abogado especialista de las materias de que tratan. La calificacion del especialista sirve de ayuda para que los consejeros, especialmente el Consejero ponente, y el magistrado evaluado, en el acto de la entrevista publica, examinen dichas resoluciones. En la practica se ha acreditado que en no pocos casos la calificacion del especialista no es la que corresponde. El CNM no puede dejar de evaluar las mencionadas resoluciones porque en caso contrario el CNM estaria tercerizando su funcion de ratificacion de magistrados, lo que ni la Constitucion ni la ley lo permiten. Que, en el caso de la magistrada MORDAZA MORDAZA, las 14 resoluciones que ha presentado para evaluacion versan sobre procesos por delitos de homicidio, violacion de menor de 14 anos, robo agravado, lesiones graves; demandas de accion de cumplimiento, accion de MORDAZA, alimentos, nulidad de actos juridicos, entre otras materias. Por supuesto que para evaluar al magistrado sobre estas materias y determinar si su decision se adecua a los hechos y al MORDAZA constitucional y legal se requiere que el Consejero evaluador posea los conocimientos necesarios. No hay que perder de vista que los que integramos el CNM estamos obligados a estar capacitados para cumplir eficientemente con la labor encomendada, conociendo lo que se pregunta y lo que contesta el magistrado evaluado, MORDAZA si los articulos 9º y 15º del Codigo de Etica de la Funcion Publica senalan que: " el funcionario publico debe actuar con pleno conocimiento de las materias sometidas a su consideracion (...) el funcionario debe capacitarse para el mejor desempeno de las funciones a su cargo". No hay otra forma distinta a la capacitacion del Consejero evaluador para poder establecer si el magistrado evaluado cuenta con la idoneidad minima para permanecer en la funcion. Que, el que la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA no MORDAZA sido evaluada en su idoneidad no le es imputable, pero tal omision no nos permite conocer si posee o no las cualidades para el ejercicio de la magistratura, razon por la que me abstengo de votar pronunciandome sobre la renovacion o no de la confianza para su permanencia en el servicio por siete anos mas, al no haberse cumplido con la razon de ser del MORDAZA de evaluacion y ratificacion de jueces y fiscales. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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STC Nº 3361-2004-AA/TC (12-08-2005)

357877-1

Ratifican en el cargo a Juez del Juzgado de Instruccion de la provincia de Huancavelica
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 084-2009-PCNM MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2009 VISTO: El expediente de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Juzgado de Instruccion de la Provincia de Huancavelica del Distrito Judicial de Huancavelica; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue nombrado Juez del Juzgado de instruccion de la Provincia de Huancavelica del Distrito Judicial de Huancavelica mediante Resolucion Nº 036-89-JUS de fecha 13 de febrero de 1989, habiendo juramentado en el

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