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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (10/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de junio de 2009 397304 público con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia; Que, el inciso h) del Art. 60º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como función de los Gobiernos Regionales en materia de Desarrollo e Igualdad de Oportunidades, formular y ejecutar políticas y acciones concretas de protección y apoyo a los sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad; así mismo, el literal a) del Art. 49º de la precitada Ley, establece como con funciones en materia de salud: formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar, las Políticas de Salud de la Región, en concordancia con las políticas regionales y los planes sectoriales; Que el Art. 8 del Título III Disposiciones Especiales, de la mencionada Ley, precisa: “Cuando los recursos del establecimiento no permitan brindar atención especializada que el paciente requiera, se procederá a convocar al profesional especialista necesario o a transferir al paciente a otro establecimiento que esté en posibilidad de brindar atención requerida de acuerdo a las normas de Referencia y Contrarreferencia aprobados por el Ministerio de Salud”; Que, la Región Ayacucho viene haciendo esfuerzos para reducir la mortalidad materna y neonatal en el ámbito regional, teniendo en consideración el contexto y los factores estructurales vinculadas directamente con la desigualdad, inequidad, pobreza, condicionadas por situaciones de género, machismo, exclusión, interculturalidad, nivel de educación de las mujeres, entre otros factores; y la ocurrencia de la muerte materna, cada vez nos envuelve en el círculo vicioso de la pobreza extrema de nuevas familias, el cual no permite lograr una vida digna y segura para los pobladores; Que, dentro de este contexto se ha sistematizado las experiencias exitosas implementadas para reducir la mortalidad materna y perinatal de la Región Ayacucho, en acción articulada entre la Dirección Regional de Salud, el Gobierno Regional Ayacucho, y el Ministerio de Salud, con el apoyo de CARE Perú, las cuales se han estructurado en el marco de un “Modelo de Intervención para la Mejora de la Disponibilidad, Calidad y Uso de los servicios que brindan Atención de Emergencias Obstétricas y Neonatales en el Perú” como Documento Técnico de Referencia para la reducción de la mortalidad materna y neonatal a través de la implementación de un conjunto de intervenciones articuladas de probada efectividad. Que, la Mortalidad Materna y Neonatal, es una de las prioridades sanitarias asumidas por el Gobierno Regional Ayacucho, por lo que orienta sus Políticas para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, el cual se ve reforzado por diversos compromisos que promueven los derechos y acceso a la salud, de igualdad de oportunidades y de justicia social; Que, el Gobierno Regional de Ayacucho considera estrategia clave promover la generación de Políticas Públicas, para fortalecer la rectoría sanitaria y además mejorar el empoderamiento de la sociedad civil y elevar sus capacidades de ejercer ciudadanía, que les permita, desde una perspectiva de derechos humanos, el ejercicio de mayor exigibilidad y vigilancia de sus derechos en los servicios públicos de salud con calidad; además de promover una mayor participación y responsabilidad social para resolver los principales problemas sanitarios de la Región; Estando a lo actuado y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley General de Salud Nº 27813, y; En uso de de las facultades conferidas por el artículo 21º, de la ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modifi catoria, Ley Nº 27902, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR COMO POLÍTICA PUBLICA REGIONAL DE SALUD, EL MODELO DE INTERVENCIÓN PARA LA MEJORA DE LA DISPONIBILIDAD, CALIDAD, Y USO DE LOS SERVICIOS QUE BRINDAN FUNCIONES OBSTÉTRICAS Y NEONATALES EN LA REGIÓN AYACUCHO, cuya estructura de los documentos fi nales del Modelo están organizados como sigue: 01 DOCUMENTO TÉCNICO y 08 MÓDULOS DE IMPLEMENTACIÓN: Módulo 1 : Manejo estandarizado de las emergencias obstétricas y neonatales. Módulo 2 : Gestión de la capacitación modalidad pasantías en emergencias obstétricas y neonatales. Módulo 3 : Auditoría para el manejo estandarizado de las emergencias obstétricas y neonatales Módulo 4 : Indicadores de calidad del FON, Indicadores de Proceso ONU, y Registros Estandarizados de las emergencias obstétricas y neonatales Módulo 5 : Referencia y Contrarreferencia de las emergencias y obstétricas Módulo 6 : Eventos adversos y prevención de infecciones en establecimientos que brindan atención de las emergencias obstétricas y neonatales. Módulo 7 : Equidad de género e interculturalidad en el marco de los derechos humanos en salud Módulo 8 : Implementación, Monitoreo y Evaluación. Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección Regional de Salud de Ayacucho, a través de la Dirección General de Salud de las Personas, Dirección General de la Promoción de la Salud y la Dirección de Atención Integral de Salud, se encargarán de la asistencia técnica para su implementación en las Redes y Micro Redes del ámbito regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud, las Redes y Micro Redes de Salud, la responsabilidad de la difusión y aplicación de la citada Política Pública Regional de Salud que será tomado como referencia para la implementación de estrategias orientadas a mejorar la oferta de los servicios de salud para la reducción de la mortalidad materna y neonatal en el ámbito de su jurisdicción. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional Ayacucho publique el Modelo de Intervención y los 08 Módulos de implementación en el Portal de Internet del Gobierno Regional de Ayacucho. Artículo Quinto.- La Presente Resolución entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR el presente acto resolutivo, a las Instituciones de Salud y otras entidades correspondientes con las formalidades prescritas por Ley. Regístrese, comuníquese y archívese. ERNESTO MOLINA CHAVEZ Presidente 357777-1 GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Convocan y dan inicio al Proceso de Presupuesto Participativo en el Gobierno Regional de Cusco correspondiente al ejercicio fiscal 2010 ORDENANZA REGIONAL Nº 053-2009-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en Sesión Ordinaria de fecha dieciocho de mayo del año dos mil nueve, ha tomado conocimiento de la Propuesta de Convocar y Dar inicio al Proceso de Presupuesto Participativo 2010 y aprobación de su Reglamento para su Implementación; el mismo que después de debatido, fue aprobado por Unanimidad, Por Tanto: