Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2009 (24/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de junio de 2009

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28056 ­ LEY MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO . TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto Regular el MORDAZA del Presupuesto Participativo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su modificatoria la Ley Nº 29298. Articulo 2º.- Definiciones a) Presupuesto Participativo: El Presupuesto Participativo es un MORDAZA que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversion a implementar en el nivel de Gobierno Regional o Gobierno Local, con la participacion de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecucion de los objetivos estrategicos. b) Agentes Participantes: Entiendase por Agentes Participantes a quienes participan, con voz y MORDAZA, en la discusion y toma de decisiones sobre la priorizacion de problemas y de proyectos de inversion durante las fases del MORDAZA del Presupuesto Participativo. Estan integrados por los miembros del Consejo de Coordinacion Regional, Consejo de Coordinacion Local, los miembros de los Consejos Regionales, Concejos Municipales y los representantes de la Sociedad Civil identificados para este proposito. Asimismo, por el Equipo Tecnico de soporte del MORDAZA, quien tiene a su cargo la conduccion del mismo. c) Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o tematica asi como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ambito regional o local. d) Plan de Desarrollo Concertado: Documento orientador del desarrollo regional o local y del MORDAZA del Presupuesto Participativo, que contiene los acuerdos sobre la vision de desarrollo y objetivos estrategicos de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Sobre su base se identifican, analizan y priorizan los problemas y soluciones a traves de proyectos de inversion durante la Fase de Concertacion del MORDAZA de Presupuesto Participativo. e) Talleres de Trabajo: Reuniones de Agentes Participantes convocadas por los Presidentes Regionales y Alcaldes con la finalidad de identificar desde una perspectiva tematica y territorial los problemas de la Region, Provincia o Distrito, asi como tambien la priorizacion de los proyectos de inversion. f) Equipo Tecnico: Lo integran los profesionales y tecnicos de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional; los funcionarios de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de los Gobiernos Locales; de la Oficina de Programacion e Inversion en el Gobierno Regional y Gobierno Local, o quienes MORDAZA sus veces, pudiendo estar integrado, ademas, por profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto provenientes de la Sociedad Civil. Es presidido por el jefe del area de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces, en el Gobierno Regional o Gobierno Local y tiene la responsabilidad de conducir el MORDAZA del Presupuesto Participativo, brindando soporte tecnico durante el desarrollo del mismo, y realizando el trabajo de evaluacion tecnica a que hace referencia el articulo 8º del Reglamento. Articulo 3º.- Alcance Se encuentran sujetos al presente Reglamento, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales. Articulo 4º.- Objetivos del Presupuesto Participativo a) Mejorar la eficiencia en la asignacion y ejecucion de los recursos publicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en los Objetivos de los Planes de Desarrollo Concertado y en los Programas Estrategicos del Presupuesto por Resultados. b) Reforzar la relacion entre el Estado y la Sociedad Civil, introduciendo formalmente, en el ambito de la gestion publica, mecanismos que permiten mejorar la focalizacion de la inversion publica hacia aquellos grupos de la poblacion con mayores carencias en servicios basicos. c) Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos

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Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo
DECRETO SUPREMO Nº 142-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, define al MORDAZA del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil, el cual se realiza en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante Ley Nº 29298 se modifican los articulos 4º, 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, referidos a las instancias, alcances, fases y oficializacion de compromisos del MORDAZA de Presupuesto Participativo, precisando ademas, que cada instancia del MORDAZA de programacion participativa formula su Presupuesto Participativo, respetando el MORDAZA de competencias establecido en la Constitucion Politica del Peru y en las correspondientes leyes organicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF se precisan los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico en su calidad de mas alta autoridad tecnica normativa en materia presupuestaria, viene desempenando un rol decisivo para la adecuada introduccion de mecanismos de participacion ciudadana en el MORDAZA de toma de decisiones relativo a la asignacion de los recursos publicos, contribuyendo a la transparencia de la gestion publica y a la consolidacion de la institucionalidad democratica en el pais; Que, es necesario aprobar un MORDAZA Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, y derogar el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica el Peru, por el numeral 3) del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y por la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 29298, Ley que modifica la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo Apruebese el Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, cuyo texto adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De las normas derogadas Deroguese el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

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