Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2009 (25/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de junio de 2009

complementarias necesarias para la mejor aplicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 9°.- De la vigencia. La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros
364695-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 273-2009-PCM

Mediante Oficio Nº 3040-2009-PCM/SG, la Presidencia del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 273-2009PCM, publicada en la edicion del 17 de junio de 2009. En el Setimo Considerando; DICE:

Que, en el articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 0162009 se determina que dichos recursos seran distribuidos, priorizando los distritos mas pobres y con menores recursos, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Agricultura, en el cual se establecera la relacion de MORDAZA, bocatomas, MORDAZA y aforadores con sus respectivos montos, asi como las disposiciones relativas a la implementacion, operacion, rendicion de cuentas y vigilancia ciudadana; Que, el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 0542009 dispone que el mantenimiento de la infraestructura de riego a que se refiere el articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 016-2009, se realizara a nivel distrital y comprende MORDAZA, bocatomas, aforadores, MORDAZA, micropresas, reservorios y otras estructuras de distribucion de agua de riego; Que, el numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 054-2009 senala que los recursos habilitados seran transferidos directamente al MORDAZA de la Municipalidad Distrital donde se ejecutara el mantenimiento de la infraestructura de riego, conforme al Anexo que forma parte integrante del Decreto de Urgencia, transferencia que se efectuara bajo la modalidad de Subvenciones, a traves del Pliego 013: Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura - Administracion Central; De conformidad con lo establecido en el articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 054-2009; DECRETA:

Que, mediante Recibo de Ingreso Nº 001 emitido por la Unidad Ejecutora 003 Secretaria General ­ PCM, se registra como recaudacion de ingresos en la Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados, el importe de NOVENTA MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 85/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 983 352,85) equivalente a VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 49/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 29 510 980,49); DEBE DECIR: Que, mediante Recibo de Ingreso Nº 001 emitido por la Unidad Ejecutora 003 Secretaria General ­ PCM, se registra como recaudacion de ingresos en la Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados, el importe de NOVENTA MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 85/100 NUEVOS SOLES (S/. 90 982 352,85) equivalente a VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 49/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 29 510 980,49);
364124-1

Articulo 1º.- Aprobacion del Manual para la Implementacion del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura de Riego Apruebese el Manual para la Implementacion del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura de Riego, que consta de siete (07) numerales, cuatro (04) Disposiciones Finales y siete (07) Anexos, que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Publicacion del Manual El Manual para la Implementacion del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura de Riego, sera publicado en el MORDAZA Institucional de la entidad (www. minag.gob.pe) y entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura.

AGRICULTURA
Aprueban Manual para la Implementacion del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura de Riego
DECRETO SUPREMO Nº 013-2009-AG

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura
365165-4

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 016-2009, se autorizo un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, a favor del Pliego 013: Ministerio de Agricultura por la suma de CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 153 000 000,00) para el mantenimiento de la infraestructura de riego;

Aceptan renuncia y designan Asesor del Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0469-2009-AG

MORDAZA, 22 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 05122008-AG de fecha 23 de junio de 2008 se designo a

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