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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de junio de 2009 398059 Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor GUIDO OMAR SILVA ARBILDO como Jefe de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 364694-1 Aceptan renuncia y designan Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 249-2009-MIMDES Lima, 24 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 546-2008- MIMDES publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 02 de diciembre de 2008, se designó a la abogada ABDONA ELIZABETH NOEL MONGRUT como Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, la citada persona ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designada, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se acepte la misma y se designe a la persona que se desempeñará en el cargo respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la señora ABDONA ELIZABETH NOEL MONGRUT al cargo de Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al abogado JOSÉ GERMÁN PIMENTEL ALIAGA como Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social– MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 365159-1 PRODUCE Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca presentada por Corporación Pesquera FRAMI S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 437-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 16 de junio del 2009 Visto los escritos con registro Nº 00078457-2008, 00078457-2008-1, 00078457-2008-2, 00078457-2008- 3, 00018975-2009, 00078457-2008-4 de fechas 24 de octubre del 2008 , 18, 20 y 24 de febrero, 11 de marzo y 27 de mayo del 2009 respectivamente, presentados por la empresa CORPORACION PESQUERA FRAMI S.A.C. CONSIDERANDO: Que, mediante la Escritura Pública de fecha el 23 de agosto de 2000, emitida por el Notario de Chimbote, Guillermo Cam Carranza, se constituyó “EMPRESA PESQUERA JAGUI S.R.L.”. En los insertos de ésta se dejó establecido que el aporte societario del señor CESAR AUGUSTO BULNES CUBA fue la embarcación JAGUI I (CE-19880-CM), cuya propiedad estaba inscrita en la primera de dominio en el asiento 1, foja 123 del tomo 89 del Registro de Embarcaciones Pesqueras; Que, mediante Resolución Directoral Nº 028-2000- PRE/P de fecha 29 de noviembre de 2000, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado al armador pesquero CESAR AUGUSTO BULNES CUBA, para operar su embarcación pesquera de bandera nacional denominada JAGUI I de matrícula Nº CE-19880-CM, con una capacidad de bodega de 61.50 m3 construída en el año 1997, en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa para destinarlos al consumo humano directo e indirecto, utilizando cajas de hielo como medio de preservación y redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38mm), respectivamente, según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolución Directoral Nº 373- 2002-PE/DINSECOVI, de fecha 19 de abril de 2002, se sancionó a CESAR AUGUSTO BULNES CUBA el 19 de mayo de 2001 a las 12.40 horas con 6 UIT por infringir lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 56 de la Ley General de Pesca. Según los considerandos de la referida resolución la embarcación JAGUI I de matrícula Nº CE-19880-CM extrajo 30 TM de anchoveta, en época de veda (establecida mediante Resolución Ministerial Nº 157-2001-PE); Que mediante Resolución Directoral Nº 032-2002- PRODUCE/DNEPP, de fecha 20 de agosto del 2002, se declaró improcedente la solicitud presentada por EMPRESA PESQUERA JAGUI S.R.L.(11 de junio del 2002), sobre el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “JAGUI I” en tanto que no cumplió con presentar los requisitos establecidos en el TUPA del Ministerio de la Producción; Que mediante Resolución Directoral Nº 284-2003- PRODUCE/DNEPP, de fecha 11 de setiembre del 2003, se corrigió la Resolución Directoral Nº 028-2000-PRE/P del 29 de noviembre de 2000, en el extremo referido al titular del derecho otorgado, debiendo considerarse a EMPRESA PESQUERA JAGUI S.R.L. en lugar de CESAR AUGUSTO BULNES CUBA; Que mediante Resolución Directoral Nº 105-2006- PRODUCE/DNEPP, de fecha 4 de abril del 2006, en estricto cumplimiento del mandato judicial expedido en el Expediente Nº 2006-59 por el Juzgado Mixto de la Provincia de Casma de la Corte Superior de Justicia del Santa se corrigió la Resolución Directoral Nº 028-2000- PRE/P, en el extremo de la titularidad a favor de BAHIA & COMERCIO DEL OESTE DEL PERU S.R.L; Que, mediante Resolución Directoral Nº 116-2006- PRODUCE/DNEPP, del 12 de abril del 2006, en estricto cumplimiento del mandato judicial contenido en la Resolución Número Tres del 05 de abril del 2006, emitido por el Juzgado Mixto de la Provincia de Casma de la Corte Superior de Justicia del Santa en el expediente Nº 2006-0059, se dejó sin efecto en todos sus extremos la Resolución Directoral Nº 105-2006-PRODUCE/DNEPP del 04 de abril del 2006; Que mediante Resolución Vice-Ministerial Nº 061- 2006-PRODUCE/DVP, de fecha 19 de mayo del 2006, se declaró inadmisible la nulidad planteada por la empresa BAHIA & COMERCIO DEL OESTE DEL PERU S.R.L.,