TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de marzo de 2009 391810 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 087-2009-SG/IPD, el Secretario General del Instituto Peruano del Deporte - IPD informa que el Presidente del IPD ha sido invitado por el Presidente de la Organización Deportiva Panamericana - ODEPA, para asistir a la presentación que el Perú realizará ante la Asamblea General de la ODEPA, que se llevará a cabo los días 12 y 13 de marzo de 2009, en la ciudad de Guadalajara, México; Que, en el citado evento se realizará la presentación del Perú como aspirante a organizar los XVII Juegos Panamericanos del 2015; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 29289 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Arturo Woodman Pollitt, Presidente del Instituto Peruano del Deporte, a la ciudad de Guadalajara, México, del 11 al 13 de marzo de 2009, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán sufragados con cargo al presupuesto del Instituto Peruano del Deporte - IPD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 949.00 Viáticos : US$ 660.00 Tarifa CORPAC : US$ 30.25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario cuyo viaje se autoriza, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera que sea su denominación o clase a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 319534-6 ENERGIA Y MINAS Oficializan el XVIII Congreso Nacional de Ingeniería Mecánica, Eléctrica y Ramas Afines - XVIII CONIMERA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2009-MEM/DM Lima, 3 de marzo de 2009 VISTO: El documento C.CIME 074/2008 del Colegio de Ingenieros del Perú, de fecha 17 de noviembre de 2008; CONSIDERANDO: Que, el Colegio de Ingenieros del Perú solicita el reconocimiento ofi cial del XVIII Congreso Nacional de Ingeniería Mecánica, Eléctrica y Ramas Afi nes – CONIMERA 2009, a realizarse del 28 de septiembre al 1 de octubre de 2009; Que, mediante Memorando Nº 051-2009-MEM-DGE, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas manifi esta que el congreso antes citado contribuye a elevar la calidad técnica de profesionales y técnicos nacionales vinculados a la Ingeniería Mecánica, Eléctrica y especialidades afi nes, facilitando la captación y transferencia de nuevas tecnologías en dichas especialidades, por lo que recomienda autorizar la ofi cialización del evento; Que, la institución solicitante ha cumplido con los requisitos señalados en el procedimiento para la ofi cialización de eventos nacionales que soliciten al Ministerio de Energía y Minas las entidades publicas o privadas, establecido en la Resolución Ministerial Nº 050-2001-EM-SG; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ofi cializar el XVIII Congreso Nacional de Ingeniería Mecánica, Eléctrica y Ramas Afi nes – XVIII CONIMERA, a realizarse del 28 de septiembre al 1 de octubre de 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELENA AÍDA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción Encargada del Despacho de Ministro de Energía y Minas 319167-1 JUSTICIA Aprueban Reglamento del D. Leg. Nº 1049 - Decreto Legislativo del Notariado DECRETO SUPREMO Nº 003-2009-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, se norma la función notarial; Que, mediante el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1049 se dispone que el notariado de la República se integra por los notarios con las funciones, atribuciones y obligaciones que el Decreto Legislativo del Notariado y su reglamento señalan; Que, resulta pertinente aprobar el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1049; De conformidad con la Constitución Política del Perú y con el Decreto Legislativo Nº 1049; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Apruébese el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, cuyo texto compuesto de setenta y ocho (78) artículos y cinco (5) disposiciones complementarias, transitorias y fi nales, forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Vigencia El Reglamento regirá a partir del día siguiente de la publicación de este Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano y será publicado en el Portal del Ministerio de Justicia (www.minjus.gob.pe) en la misma fecha. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 319534-5