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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de marzo de 2009 392126 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Suspenden la recepción de Solicitudes de Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios de diversas urbanizaciones del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2009-MSS Santiago de Surco, 6 de marzo de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO: VISTO: Los Informes Nºs. 124, 165-2009-SGPUC- GDU-MSS, 042-2009-RSG-APU, 021-2009-MGH-APU- MSS y 55-ARAC-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe N° 088- 2009-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° 250-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone suspensión de recepción de las solicitudes de certifi cación de parámetros urbanísticos y edifi caciones de las Urbanizaciones Cerro Camacho y Club Golf Los Incas y los Lotes 02-A, 02-B, 02- C y 02-D de la Urbanización Club Golf Los Incas hasta que la Municipalidad Metropolitana de Lima apruebe el Estudio presentado por esta Comuna; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194° modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la última norma indicada que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme lo dispone el Artículo 79° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; es función municipal en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; norman y otorgan Licencias de Obras, Licencias Municipales de Funcionamiento, así como otras autorizaciones municipales; Que, el Artículo 14° de la Ley Nº 29090 “Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones”, concordante con el Artículo 44° del Decreto Supremo Nº 024- 2008-VIVIENDA “Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación”, disponen que el Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, es el documento emitido por las Municipalidades Distritales en sus jurisdicciones y por las Municipalidades Provinciales en el ámbito del cercado, en el cual se indican los parámetros de diseño que regulan el proceso de edifi cación sobre un predio urbano, el cual tendrá una vigencia de treinta y seis meses; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 736 aprueba el Reglamento Especial para la Zona de Reglamentación Especial Laderas de los Cerros de Camacho y Club Golf Los Incas - Sector IV del distrito de Santiago de Surco; norma que contempla los parámetros de los mencionados sectores; Que, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro mediante Informe Nº 165-2009-SGPUC-GDU- MSS, sostiene que los vecinos de las Urbanizaciones Cerros de Camacho y Club Golf Los Incas, se vienen quejando por las construcciones de edifi cios multifamiliares que afectan su derecho a gozar del paisaje natural del Club Gof Los Incas, y otros; manifestaciones que han sido corroboradas por dicha Sub Gerencia, al haberse verifi cado la existencia de edifi caciones multifamiliares en las partes bajas de las laderas y que debido a la altura de edifi cación afectan a los condominios ubicados en la parte media de las laderas, al restringírseles la visibilidad a los extensos campos de golf y paisaje urbano, situación que es necesario controlar para evitar que se generalice en toda la Zona de Reglamentación Especial (ZRE), la cual limita por el norte con la Zona Residencial de Densidad Baja (RDB) en la que se ubican los Lotes 02-A, 02-B, 02-C y 02-D. Agrega, que debido a la densifi cación actual, en la zona se viene experimentando un crecimiento del parque automotor y ello demanda una mayor adecuación de la Ordenanza Nº 736, estableciendo el número adecuado de estacionamientos, tanto para residentes como para las visitas; agrega que las Urbanizaciones Cerros de Camacho y Club Golf Los Incas, fueron concebidas para visualizar los extensos campos del Club Golf Los Incas en el contexto de un paisaje urbano que preserva el medio ambiente a partir del predominio de áreas libres y baja densidad poblacional; agrega, que en estas urbanizaciones el proyecto aprobado de habilitación urbana se ha caracterizado por mantener una baja densidad poblacional con viviendas unifamiliares con alta calidad residencial; sin embargo, con la aplicación de la Ordenanza Nº 736, se ha observado construcciones multifamiliares que afectan la zona, produciendo un deterioro de la misma; Que, indica además, que esta Corporación elaboró el Estudio de Reglamentación Especial ZRE-G de Cerros de Camacho, y la Propuesta de Modifi cación de la Reglamentación Especial Cerros de Camacho aprobada por Ordenanza Nº 736, propuesta que se encuentra en trámite para su aprobación ante la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en virtud a lo indicado, y a fi n de preservar la alta calidad residencial de las Urbanizaciones Cerros de Camacho y Club Golf Los Incas, así como minimizar el impacto del aumento del tráfi co vehicular y otros aspectos; se hace necesario disponer la suspensión de recepción de solicitudes de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, en la Urbanización Cerros de Camacho y Club Golf Los Incas (ZRE–A, ZRE-B, ZRE-C); así como los Lotes 02-A, 02-B, 02-C y 02-D de la Urbanización Club Golf Los Incas, hasta que la Municipalidad Metropolitana de Lima, apruebe el Estudio de Reglamentación Especial ZRE-G de Cerros de Camacho, y la Propuesta de Modifi cación de la Reglamentación Especial Cerros de Camacho aprobada por Ordenanza Nº 736; Que, la actual Gestión Municipal, se ha caracterizado por la efi ciencia en los servicios que presta a toda la comunidad surcana, y a fi n de no perjudicar la tranquilidad de los mismos, se hace necesario suspender el ingreso de solicitudes de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de las zonas indicadas en el considerando precedente; Que, estando a lo dispuesto por el Artículo 42° de la Ley de Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldía, se regulan entre otros, asuntos de orden general y de interés para el vecindario; asimismo por el carácter excepcional de la presente norma en virtud que la nueva reglamentación se encuentra en trámite y estando próxima a su aprobación, carecería de objeto la prepublicación dispuesta por el Artículo 14° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Estando al Informe Nº 250-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, e Informe Nº 088-2009- GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, y en uso de las facultades establecidas en el Numeral 6) del Artículo 20° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- SUSPENDER la recepción de las Solicitudes de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de las Urbanizaciones Cerros de Camacho y Club Golf Los Incas (ZRE-A, ZRE-B, ZRE-C); así como los Lotes 02-A, 02-B, 02-C y 02-D de la Urbanización Club Golf Los Incas, hasta que la Municipalidad Metropolitana de Lima, apruebe el Estudio presentado por esta Corporación, de acuerdo a los considerandos expuestos en el presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Secretaría General y a la Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 320963-1