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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de marzo de 2009 392123 Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733, , el Estatuto de la Universidad y lo dispuesto mediante Decreto de Rectorado Nº 6230-2008- R-UNJFSC, de fecha 26 de junio de 2008. SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia de la Docente Contratada MARÍA DEL ROSARIO SOTELO LÓPEZ, a la Plaza Nº 01 de la Escuela Académico Profesional de Turismo y Hotelería, Facultad de Ciencias Administrativas y Turismo, para el Semestre Lectivo 2007-II, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa que antecede. Artículo 2º.- CONTRATAR en calidad de Docente Invitado, y en vías de regularización, para el Semestre Lectivo 2007-II, al Profesional LUÍS ALBERTO VARILLAS PICHILINGUE, como Docente en la Categoría y Dedicación Auxiliar a Tiempo Parcial 20 Horas, Escuela Académico Profesional de Turismo y Hotelería de la Facultad de Ciencias Administrativas y Turismo, bajo la modalidad de reemplazo, considerándose en consecuencia automáticamente resuelto el contrato al llegar a su culminación. Artículo 3º.- EL EGRESO que genere el cumplimiento de lo dispuesto en el presente se afectará a la genérica del gasto 01 personal y Obligaciones Sociales, Fuente de Financiamiento de los Recursos Ordinarios, meta presupuestal 009, difi riéndose su ejecución hasta la provisión de los recursos necesarios por el Ministerio de Economía y Finanzas, para su cobertura correspondiente. Artículo 4º.- ENCARGAR al Vicerrectorado Académico y a las Ofi cinas de Personal, de Planifi cación y Presupuesto, y demás competentes, la adopción de las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 5º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución al interesado y a las demás dependencias de la Universidad para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. ELSA CARMEN OSCUVILCA TAPIA Rectora 319168-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Establecen incentivo de pago por la cancelación al contado de multas administrativas por colocación de afiches sin autorización ORDENANZA N° 312-CDLO Los Olivos, 19 de febrero de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 004-2009-MDLO/CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son órganos de gobierno local que emana de la voluntad popular que representan al vecindario fomentando el bienestar de los vecinos, el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción, actuando con autonomía Política, Económica y Administrativa, dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y la Constitución Política del Perú. Que, con Ordenanza Nº 183-CDLO se adecuan los procedimientos de fi scalización y control de disposiciones administrativas municipales y de aplicación de sanciones por su incumplimiento; estableciéndose escalas de multas administrativas en leves, graves, y muy graves, en función de gravedad de la infracción. Que, la Sub Gerencia de Administración Tributaria de conformidad con sus atribuciones, emprendió el proceso de fi scalización de publicidad exterior mediante afi ches realizados en el período 20/09/2006 a 15/12/2006, verifi cándose gran cantidad de infracciones califi cadas como graves cometidas por diferentes empresas que operan en el mercado. Que de la verifi cación de los procedimientos administrativos, y procesos judiciales se ha constatado que éstos a la fecha no concluyen, generando un clima de incertidumbre contrario para la inversión y operatividad en el mercado por parte de las empresas infractoras. Siendo que la Municipalidad asume un claro compromiso para coadyuvar a los agentes económicos para un mejor desenvolvimiento en el marcado, es necesario establecer incentivos por pago al contado y/o fraccionado por multas administrativas en un plazo excepcional en cualquier estado de los procedimientos que se encuentren. Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de las Municipalidades, por mayoría el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 312-CDLO QUE ESTABLECE EL INCENTIVO DE PAGO POR LA CANCELACIÓN AL CONTADO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS POR COLOCACIÓN DE AFICHES SIN AUTORIZACION Artículo Primero.- OTORGAR hasta 31 de marzo del 2009 el incentivo de descuento por pago al contado del 70% del monto total de la multa notifi cada al infractor por colocación de afi ches sin autorización. Artículo Segundo.- OTORGAR hasta el 31 de marzo del 2009 el incentivo de descuento del 50% del monto total de la multa por la suscripción de convenio de fraccionamiento. Artículo Tercero.- PARA ACOGERSE a los incentivos de pago establecidos en la presente ordenanza los infractores deberán presentar sus solicitudes de desistimiento de todo procedimiento coactivo o judicial que se encuentre en curso. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, y a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SECRETARIA GENERAL, su publicación y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su debida difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 320747-2 Otorgan beneficios para la ejecución de obras del Programa Techo Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ORDENANZA N° 313-CDLO Los Olivos, 26 de febrero de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 004-2009-MDLO/CAL de la Comisión de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los gobiernos locales, otorgando potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley;