Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2009 (12/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de marzo de 2009

obligatoriamente de uno (1) o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, mediante Informe Nº 022-2009-SGPS-MVMT la Sub Gerencia de Programa Sociales informa que el stock del insumo Leche Evaporada Entera con en que cuenta dicho Programa, cubre la atencion a los beneficiarios hasta el 15 de Febrero por lo que solicita se efectue la adquisicion de dicho producto para abastecer a el mismo por 09 semanas equivalente a 63 dias calendario; por una cantidad de 459,000 sachets de 410 gramos c/u; Que, mediante Informe Nº 112-2009-SGLCP-GA/MVMT la Sub Gerencia de Logistica y Control Patrimonial da cuenta que el MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche referido al Item I de la Licitacion Publica Nº 003-2008-CE/MVMT ha quedado postergado, encontrandose por tanto el Programa del Vaso de Leche desabastecido de este insumo para cubrir las necesidades de sus beneficiarios, por lo que recomienda se declare en Situacion de Desabastecimiento al mismo, a fin de autorizar la correspondiente exoneracion del MORDAZA de seleccion para su adquisicion; Que, mediante Memorandum Nº 014-2009-CE/MVMT Comite Especial encargado de la Licitacion Publica para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, da cuenta que respecto al ITEM I LECHE EVAPORADA ENTERA del referido MORDAZA, con fecha 15 de enero del 2009 el postor NIISA CORPORATION S.A. dedujo la Nulidad del mismo, encontrandose pendiente de resolver dicho recurso y por ende suspendido el Proceso; Que, mediante Informes Nros. 139 y 243-2009-GAJ/ MVMT la Gerencia de Asesoria Juridica senala que los hechos MORDAZA expuestos configuran los supuestos previstos en la Ley para la Declaracion en Situacion de Desabastecimiento de insumo LECHE EVAPORADA ENTERA del Programa del Vaso de Leche conforme a lo previsto en el Articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, recomendando se eleven los actuados al Concejo Municipal para su correspondiente declaracion a partir de la fecha, conforme a Ley asi como para la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion pertinente para su adquisicion; En uso de las facultades conferidas en el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, de conformidad con los Informes Nros. 112-2009-SGLCP-GA/ MVMT de la Sub Gerencia de Logistica y Control Patrimonial, 139 y 243-2009-GAJ/MVMT la Gerencia de Asesoria Juridica, y la Certificacion Nº 001-2009-GPP/MVMT de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Concejo POR MAYORIA y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.APROBAR el DESABASTECIMIENTO del insumo LECHE EVAPORADA ENTERA para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, por el plazo de 63 dias o hasta que se efectue la adquisicion del mismo a traves de la LP Nº 003-2008-CE/MVMT. Articulo Segundo.­ APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la adquisicion del insumo senalado en el Articulo precedente de acuerdo a las siguientes caracteristicas:
BIEN UNIDAD CANTIDAD MONTO : : : : LECHE EVAPORADA ENTERA Sachet 459,000 sachets Precio Unitario S/:1.98 Valor referencial Total : S/. 908,820.00 (NOVECIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES) : 01 Recursos ordinarios, Rubro 00 Recursos Ordinarios, Presupuestaria de Gasto 2.2.2.3.1.1 Alimentos para Programas Sociales.

Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de adoptado el mismo, asi como remitir a la Contraloria General de la Republica y al ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO MORDAZA del mismo y del informe tecnico ­ legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Articulo Sexto.- DISPENSAR del tramite de la lectura del acta correspondiente para su inmediata ejecucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 321956-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Elevan al rango de Ordenanza el articulo 3º del D.A. Nº 000004 que decreta actualizar el Plan Regulador de Rutas Urbanas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000007 Callao, 26 de febrero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 26 de febrero de 2009, aprobo la siguiente Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194 senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9 inciso 8 establece que corresponde al concejo municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Ordenanza Nº 000007-2006-MPC se aprueba la actualizacion del Plan Regulador de Rutas Urbanas y Diseno Operacional del Sistema de Transporte Publico MORDAZA de Pasajeros, a efectos de renovar progresivamente el MORDAZA automotor de vehiculos del Servicio de Transporte MORDAZA de Pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao, por nuevas unidades vehiculares, resguardando el interes y la necesidad publica, en cuya evaluacion no se considero a las rutas urbanas de Codigo UC-44 y UC-20, facultandose al senor MORDAZA a que, mediante Decreto de Alcaldia expedida todas las normas y disposiciones que se requieran para su complementacion, quedando asimismo facultado a modificar el Plan Regulador de Rutas Urbanas y Diseno Operacional del Sistema de Transporte Publico MORDAZA de Pasajeros; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 000008-2008, se dispuso la modificacion del recorrido de las rutas urbanas contenidas en el Plan Regulador de Rutas Urbanas y Diseno Operacional del Sistema de Transporte Publico MORDAZA de Pasajeros, que hayan quedado desiertas y que previa evaluacion tecnica tengan como origen o destino el distrito de Ventanilla, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Municipal Nº 000007-2006; asi como aquellas rutas que no hayan sido eliminadas expresamente por el Decreto de Alcaldia Nº 000021-2006, y que previa evaluacion

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situacion desabastecimiento inminente, de conformidad con lo senalado por el Articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con el Articulo 129º de su Reglamento.

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