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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de marzo de 2009 392433 Que, de conformidad con el artículo 67º del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 060-2005- J/ONPE, de fecha 14 de marzo de 2005, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios defi nirá mediante Resolución Gerencial, los formatos correspondientes para la presentación de la información fi nanciera. Que, a través de la Resolución Gerencial Nº 003-2008- GSFP/ONPE, de fecha 15 de abril de 2008, se aprobaron los formatos para la entrega de información por parte de los partidos políticos referente al Balance Inicial, Balance General, Estado de Ingresos y Egresos, e Información Complementaria de los Estados Financieros. Que, por las razones técnicas especifi cadas en el Memorándum Nº 001 -2009- GSFP/ONPE, es necesario modifi car el contenido de los formatos señalados en el considerando anterior y aprobar el formato 5 relacionado con la información sobre aportaciones/ingresos en efectivo y en especie. En uso de las atribuciones conferidas por el literal r) del artículo 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE aprobado por Resolución Jefatural Nº 099- 2007-J/ONPE y, con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Subgerencia de Fondos Partidarios; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los siguientes formatos para la entrega de información fi nanciera por parte de los partidos políticos que, como anexo, forman parte de la presente resolución: Formato Nº 1: BALANCE INICIAL Formato Nº 2: BALANCE GENERAL. Formato Nº 3: ESTADO DE INGRESOS Y EGRESOS. Formato Nº 4: CÉDULA CENTRAL DE LA INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LOS ESTADOS FINANCIEROS. ANEXO 4-A: ACTIVOS Y PASIVOS ANEXO 4-B: INGRESOS Y EGRESOS ANEXO 4-C: MOVIMIENTO DE FONDOS DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DIRECTO ANEXO 4-D: BALANCE DE COMPROBACIÓN ANEXO 4-E: CONCILIACIÓN BANCARIA Formato Nº 5: CÉDULA CENTRAL DE APORTACIONES/INGRESOS. ANEXO 5-A: APORTACIONES DE AFILIADOS. ANEXO 5-B: DONACIONES /APORTACIONES A CANDIDATOS. ANEXO 5-C: DONACIONES /APORTACIONES DE CANDIDATOS. ANEXO 5-D: INGRESOS POR ACTIVIDADES PROSELITISTAS. ANEXO 5-E: INGRESOS POR RENDIMIENTO PATRIMONIAL. ANEXO 5-F: CRÉDITOS CONCERTADOS. ANEXO 5-G: OTROS INGRESOS, APORTACIONES Y LEGADOS. Artículo Segundo.- Las reuniones de trabajo en el local de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, o en los locales partidarios que requiera la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, para cumplir adecuadamente con las labores de verifi cación y control, serán coordinadas previamente con las organizaciones políticas para determinar la oportunidad en que deben llevarse a cabo. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 003-2008-GSFP/ONPE, de fecha 15 de abril de 2008. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE, en el Portal del Estado Peruano y en la página web institucional (www.onpe.gob.pe/infolegal/infole02.php). Regístrese, comuníquese y publíquese. F. ALFONSO CHAN LEÓN Gerente Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios 323500-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionarios para participar en el Seminario Administración del Riesgo de Liquidez que se llevará a cabo en Panamá RESOLUCIÓN SBS Nº 1777-2009 13 de marzo de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La convocatoria cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el Seminario Administración del Riesgo de Liquidez, organizado por la citada entidad y el Financial Stability Institute (FSI) de Suiza, el mismo que se llevará a cabo del 17 al 19 de marzo de 2009 en la ciudad de Panamá, República de Panamá; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento, dirigido especialmente a los representantes de las autoridades supervisoras y reguladoras de las instituciones fi nancieras, tiene por fi nalidad ampliar el conocimiento técnico de los participantes sobre las más recientes propuestas de regulación y mejores prácticas de administración del riesgo de liquidez, así como servir de foro de intercambio de experiencias con un destacado grupo de instructores con el objetivo de apoyar el desarrollo e implementación de marcos efectivos de regulación y supervisión del riesgo de liquidez en la región, desde una perspectiva práctica; Que, asimismo en el citado seminario se desarrollarán y revisarán temas relacionados con el trabajo actual del Comité de Basilea sobre la administración del riesgo de liquidez, la regulación y supervisión del riesgo de liquidez en España, Alemania y la Unión Europea, la administración del riesgo en un banco global y en bancos domésticos, los aspectos específi cos de la medición del riesgo de liquidez, entre otros; Que, en tanto los temas a tratar en el indicado seminario serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de regulación, supervisión y procesos internos de la SBS, se ha designado en esta oportunidad, a los señores José Carlos Torres Chávez, Intendente del Departamento de Evaluación Bancaria “B” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas, y Oscar Boris Pascual Gutiérrez, Analista del Departamento de Evaluación de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que participen en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-12, ha dictado