Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2009 (21/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES
PROVINCIAS

392793

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Ordenanza Nº 228-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR.- Aprueban el Plan Basico de Desarrollo de las Capacidades Institucionales y de Gestion 2009 - 2011 del Gobierno Regional 392833

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA R.A. Nº 1143-2008-MPT.- Autorizan viaje de servidora municipal para la MORDAZA del evento "II Expo Trujillo" que se realizara en Ecuador 392836 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUICUNGO Ordenanza Nº 005-2008-MDH.- Declaran de necesidad y utilidad publica el establecimiento del Area de Conservacion Ambiental Municipal "Huicungo" 392836 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA Acuerdo Nº 007-2009-MDPN-F.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la ejecucion del proyecto de mejoramiento del sistema de alcantarillado del Cercado y Pueblos Jovenes del distrito de Pueblo MORDAZA 392837

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA Ordenanza Nº 403-MDEA.- Aprueban implementacion del Programa de Municipios y Comunidades Saludables 392833 Ordenanza Nº 412-MDEA.- Reducen el pago de derechos administrativos para obtencion de partida de nacimiento para matricula escolar de menores de edad 392834 Ordenanza Nº 413-MDEA.- Prohiben la ejecucion de actos violentos durante los carnavales en las vias publicas 392835

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29332
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

1.5 El Plan debe incluir un Programa de Asistencia Tecnica a los municipios que lo soliciten, para el logro de lo dispuesto en el parrafo 1.1. del presente articulo. Articulo 2º.- Tratamiento presupuestal y de tesoreria de los recursos del Plan Los recursos del Plan se incorporan presupuestalmente en los Pliegos respectivos en la fuente de financiamiento Recursos Determinados y se destinan prioritariamente a gastos de inversion y de mantenimiento de infraestructura y son autorizados por la Direccion Nacional del Tesoro Publico conjuntamente con los recursos del Fondo de Compensacion Municipal (Foncomun). Articulo 3º.- Autorizacion excepcional para el ano 2009 Autorizase a la Direccion Nacional del Tesoro Publico de manera excepcional y unicamente durante el Ano Fiscal 2009 para que, a partir de la vigencia de la presente Ley, otorgue recursos a los gobiernos locales hasta por el monto equivalente a la detraccion a que se refiere el articulo 76º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias. Los recursos a que se refiere el parrafo precedente son distribuidos y utilizados con los mismos criterios y procedimientos del Fondo de Compensacion Municipal (Foncomun), y se incorporan presupuestalmente de acuerdo con el articulo 2º de la presente Ley. Articulo 4º.- Aplicacion progresiva de los criterios de distribucion del Fondo de Compensacion Municipal (Foncomun) Los criterios de distribucion del Fondo de Compensacion Municipal (Foncomun) que se determinen conforme a lo dispuesto en el articulo 87º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias, son aplicados de manera progresiva a partir del presupuesto correspondiente al Ano Fiscal 2010. Articulo 5º.- Incentivo adicional por mayor adquisicion de activos no financieros Los gobiernos locales que destinen mas del cincuenta por ciento (50%) de sus recursos provenientes del Fondo de Compensacion Municipal (Foncomun), para la adquisicion de activos no financieros, reciben un incentivo adicional cuyo procedimiento y monto es incorporado en el decreto supremo al que hace referencia el parrafo 1.3 del articulo 1º de la presente Ley.

LEY QUE CREA EL PLAN DE INCENTIVOS A LA MEJORA DE LA GESTION MUNICIPAL
Articulo 1º.- Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal 1.1 Crease el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, en adelante el Plan, el cual tiene por objeto incentivar a los gobiernos locales a mejorar los niveles de recaudacion de los tributos municipales y la ejecucion del gasto en inversion. 1.2 El Plan se financia con cargo a los recursos del Tesoro Publico por un monto equivalente a la detraccion del Fondo de Compensacion Municipal (Foncomun) a que se refiere el articulo 76º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias. 1.3 El Ministerio de Economia y Finanzas dentro del plazo de sesenta (60) dias contados a partir de la vigencia de la presente Ley, mediante decreto supremo, establece los criterios, entre ellos mejorar los indices de efectividad de la recaudacion, procedimientos de distribucion de los montos del incentivo, asi como los requisitos que deben cumplir los gobiernos locales para acceder al Plan. 1.4 El Plan es de aplicacion a partir de la distribucion de los recursos del Fondo de Compensacion Municipal (Foncomun) correspondiente al Ano Fiscal 2010.

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