Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2009 (21/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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dejando sentir sus efectos en la escasez y calidad de agua"; urge la necesidad de proteger aquellos espacios con gran patrimonio ambiental que genere beneficios economicos, ambientales y sociales a las poblaciones; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2007GRSM/CR, se declara de interes regional y necesidad publica la proteccion y recuperacion de los recursos naturales de la Region San MORDAZA, especialmente de las laderas, de las cabeceras de cuencas y microcuencas y la biodiversidad; Que, el MORDAZA de elaboracion del expediente sustentatorio ha sido de manera participativa y respetando los derechos reales adquiridos con anterioridad y que el Area de Conservacion Ambiental Municipal "Huicungo" se encuentra, de acuerdo a la Zonificacion Ecologica Economica de San MORDAZA, en areas que por sus caracteristicas biofisicas se ubican en zonas consideradas de PROTECCION y CONSERVACION ECOLOGICA, con sus diferentes asociaciones. Ademas de constituir una MORDAZA de ALTO VALOR BIOLOGICO; ademas de encontrarse en su totalidad en la MORDAZA de Amortiguamiento del MORDAZA Nacional Rio Abiseo, por lo que su establecimiento contribuira en la conservacion de los bosques, de la produccion permanente de agua natural y la biodiversidad; Que, la Municipalidad Distrital de Huicungo, declara que en todo acto de poder, el MORDAZA de dignidad de la persona humana debe primar ante toda actividad, esta debe respetarse y protegerse, dentro de un estado democratico y descentralizado, siempre considerando como fundamento de nuestra ordenanza el derecho a la MORDAZA de los seres humanos y de las demas especies, el compromiso intergeneracional de mantener el patrimonio natural comun y la no-exclusion de ninguna persona del acceso a bienes y servicios ambientales fundamentales para la MORDAZA humana; ORDENANZA Articulo Primero.- DECLARAR DE NECESIDAD Y UTILIDAD PUBLICA el establecimiento de la Area de Conservacion Ambiental Municipal "Huicungo", ubicado en el ambito distrital de Huicungo - provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de San Martin: entre las coordenadas UTM 228447mE y 9195420mE; 272393mN y 9181290mN. Con una superficie de 92,222.735 ha y un perimetro de 177,161.283 metros lineales. Comprende, principalmente, la microcuenca del rio Jelache, de acuerdo a las coordenadas UTM y la memoria descriptiva que se anexa a la presente ordenanza. Articulo Segundo.- RESPETAR los derechos de propiedad preexistentes en la zona. El ACAM sera administrado por la Municipalidad de la jurisdiccion en la que se encuentra ubicada en coordinacion con las comunidades con las que colinda, las organizaciones que tienen su ambito de intervencion en la MORDAZA y con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, para lo cual promovera los mecanismos necesarios con los diversos actores locales y la poblacion, sectores publicos y privados para el desarrollo y cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- PROHIBIR la realizacion de cualquier actividad esporadica o permanente en el ACAM "Huicungo" que conlleve a impactos negativos y contrarios a los objetivos de su creacion. Articulo Cuarto.- PROMOVER, a traves del Gobierno Distrital y en conjunto con el Gobierno Regional de San MORDAZA, la regularizacion de la tenencia de tierras en las areas al interior o adyacentes como una estrategia elemental para la proteccion de la MORDAZA indicada, asi como consolidar alternativas de desarrollo a las poblaciones aledanas. Articulo Quinto.- SANCIONAR toda violacion a lo dispuesto en el articulo tercero de la presente ordenanza la que MORDAZA lugar a la multa de 1 UIT asi como el derecho de reserva de iniciar acciones legales segun el acto que implique un dano u omision en el area de influencia por el desarrollo de actividades que pudieran generarse y que atenten contra el medio ambiente y el flagrante desacato a esta norma.

Articulo Sexto.- ORDENAR al MORDAZA, iniciar los tramites correspondientes y solicitar ante el Gobierno Regional de San MORDAZA, la inscripcion en registros publicos de la mencionada area de conservacion ambiental municipal, conforme el articulo 62º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867. Articulo Septimo.- Se encarga a la Municipalidad Distrital, publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. RODIL CACHIQUE CAPPILLO MORDAZA 325790-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la ejecucion del proyecto de mejoramiento del sistema de alcantarillado del Cercado y Pueblos Jovenes del distrito de Pueblo MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 007 -2009-MDPN-F Pueblo MORDAZA, 11 de marzo del 2009. EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO MORDAZA, PROVINCIA DE FERRENAFE ­ REGION LAMBAYEQUE; VISTO: En Sesion de Concejo Extraordinaria de fecha 11 de marzo del 2009 los Informes Nº 027-2009-GIDUR-MDPNF, emitido por la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA y Rural y el Informe Nº 015-2009-MDPN-F-AL de Asesoria Legal Externa, referidos a la sustentacion Tecnica y Legal para Exoneracion de MORDAZA de Seleccion por causal de Desabastecimiento Inminente; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, concordante con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, establecen que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven la economia local y la prestacion de los servicios basicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes regionales y nacionales. Que, la Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA, a traves de la Unidad Formuladora ha gestionado la Viabilidad del Proyecto de Inversion Publica con codigo SNIP Nº 47873 denominado "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DEL CERCADO Y PUEBLOS JOVENES DEL DISTRITO DE PUEBLO MORDAZA - FERRENAFE ­ LAMBAYEQUE", el mismo que ha sido propuesto al Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento ­ Programa Agua Para Todos ­ para su consideracion y financiamiento. Que, La Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA con fecha 20 de enero del 2009 suscribio convenio especifico con el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento cuyo objetivo es el financiamiento para la ejecucion del proyecto en mencion, en virtud de lo cual se emitio la Resolucion Ministerial Nº 065-2009-VIVIENDA, por la que se dispone la transferencia financiera a favor del Pliego Presupuestal Municipalidad Distrital de Pueblo MORDAZA,

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