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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de marzo de 2009 392833 De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE : Artículo Primero.- Designar al doctor César Rodolfo Aguilar Cosme, Fiscal Superior Provisional de la Cuarta Fiscalía Superior Mixta de Piura, como Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas y Mixtas del Distrito Judicial de Piura. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministra de Justicia, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Comisión Distrital de Implementación del Distrito Judicial de Piura, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Piura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y a la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 326876-2 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban el Plan Básico de Desarrollo de las Capacidades Institucionales y de Gestión 2009 - 2011 del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 228 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de la Región Amazonas, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú del 1993 modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 y sus modifi catorias; en Sesión Ordinaria de fecha 12 de febrero del 2009, ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 se crean los Gobiernos Regionales y conforme a lo dispuesto por el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, estos emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; Que, el Artículo 29ªA, numeral 3 de la Ley Nº 27902, modifi catoria de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precisa que a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, le corresponde ejercer las funciones específi cas sectoriales en materia de planifi cación estratégica prospectiva, inversiones, presupuesto, tributación, ordenamiento territorial, administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado; Que, el Artículo 15º, Inciso q) de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe como atribución del Consejo Regional, aprobar el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas y el Programa de Desarrollo Institucional de la Entidad. Este Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión 2009-2011, ha sido sujeto de revisión por parte del Consejo Regional, aprobando las modifi caciones e inclusiones, propuestas para constituirse en un documento de Gestión Básico, orientador de las acciones y actividades estratégicas que favorezcan el dinamismo económico y social, sobre la base de un manejo adecuado de prioridades, teniendo en cuenta las necesidades y potencialidades de los diversos agentes del ámbito regional; documento que encontrándolo conforme, se hace necesario aprobar, mediante el acto administrativo correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 03 de fecha 12 de febrero del 2009, mediante Acuerdo Nº 024, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por el Inciso a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38 de la Ley Nº 27867 y su modifi catoria Ley Nº 27902 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Básico de Desarrollo de las Capacidades Institucionales y de Gestión 2009-2011 del Gobierno Regional Amazonas, el mismo que en 50 folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en los Portales Electrónicos del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su Promulgación. En Chachapoyas, a los 17 días del mes de febrero del 2009. JOSE SANTOS RAMIREZ ZEGARRA Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 23 días del mes de febrero del 2009. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente del Gobierno Regional Amazonas 325714-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Aprueban implementación del Programa de Municipios y Comunidades Saludables ORDENANZA Nº 403-MDEA El Agustino, 04 de diciembre de 2008