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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2009 (21/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de marzo de 2009 392831 VISTOS; el Ofi cio Nº 03-02 0004 de la Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela y la Hoja de Recomendación Nº 008-2009-CG/CT de la Gerencia de Cooperación Técnica; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 106º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado con Resolución de Contraloría Nº 070-2007-CG, la Gerencia Central de Denuncias y Participación Ciudadana de la Contraloría General de la República está encargada de la atención, evaluación y verifi cación de denuncias, así como de la ejecución de acciones rápidas y consolidación de las denuncias a nivel nacional, además de orientar a la ciudadanía e instituciones para la atención oportuna de hechos denunciados; Que, la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo suscribieron el Contrato de Préstamo Nº 1591/OC-PE para la ejecución del Programa de Modernización de la Contraloría General de la República y Desconcentración del Sistema Nacional de Control, dentro del cual se viene desarrollando el proyecto Mejoras del Proceso de Servicio de Atención de Denuncias, en el cual se ha previsto una actividad de “benchmarking” con otras Entidades Fiscalizadoras Superiores; Que, de acuerdo a los documentos de Vistos, la Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela, órgano superior de control, vigilancia y fi scalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos, ha dado su conformidad a la visita técnica de profesionales de este Organismo Superior de Control a efectuarse tanto en su sede institucional en la ciudad de Caracas, como en la Contraloría del Estado de Aragua y Contraloría del Estado de Miranda, ubicadas en las ciudades de Maracay y Los Teques, respectivamente, órganos desconcentrados territorialmente de dicha entidad, para tomar conocimiento de sus actividades en materia de control y participación ciudadana, durante el período comprendido entre el 23 al 27 de marzo de 2009; Que, el programa previsto por la Contraloría General de la República Bolivariana para la referida visita técnica, bajo la modalidad de benchmarking, considera abordar aspectos relacionados con el régimen constitucional y legal de los medios de participación ciudadana y el control de gestión pública; la potestad investigativa y sancionatoria de la Contraloría; el funcionamiento y las atribuciones de la Oficina de Atención al Ciudadano; el tratamiento y procesamiento de las denuncias; el procedimiento administrativo para la determinación de responsabilidades; entre otros; Que, la citada actividad se enmarca dentro del Plan Estratégico de la Contraloría General de la República para el período 2009-2013, aprobado por Resolución de Vicecontralora Nº 046-2009-CG, principalmente encaminado al logro del desarrollo institucional, la modernización del control gubernamental y la lucha contra la corrupción, en la medida que contribuye a fortalecer las capacidades técnicas y competencias institucionales, no solo en cuanto a los enfoques y procedimientos de control, sino también en torno a los mecanismos de control social como apoyo al control gubernamental; Que, citada la visita técnica está comprendida en el alcance del Programa de Modernización del Sistema Nacional de Control y Desconcentración de la Contraloría General de la República, y permitirá compartir e intercambiar conocimientos y experiencias de los métodos y técnicas del control social y la participación ciudadana como un medio para fortalecer la gestión institucional, que ha de redundar principalmente en la mejora de los servicios de atención a los ciudadanos, así como en las relaciones de coordinación y orientación existentes que contribuyan a la consecución de los objetivos estratégicos; Que, en consecuencia, resulta conveniente autorizar la comisión de servicios para efectuar la visita técnica a la Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela, dada su directa vinculación funcional con los temas técnicos a tratarse, de la señora abogada María Estela Pinto Castro, Supervisora del Departamento de Acciones Rápidas, y señores CPC René César Medina Espinoza y CPC Rocío Tineo Ramírez, profesionales del Departamento de Evaluación de Denuncias; Que los gastos de los pasajes aéreos, viáticos y tarifa CORPAC serán fi nanciados con cargo a los recursos del Programa de Modernización de la Contraloría General de la República y Desconcentración del Sistema Nacional de Control del Pliego 019: Contraloría General, conforme al Memorando Nº 00270-2009-CG/GG de la Gerencia General y la comunicación Nº 4472/2008 de no objeción del Banco Interamericano de Desarrollo; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 467- 2008-CG se delegó en la Vicecontralora General de la República, entre otras, la facultad de autorizar viajes al exterior del personal de la Institución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución de Contraloría Nº 467-2008-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la Supervisora del Departamento de Acciones Rápidas, abogada María Estela Pinto Castro y los profesionales del Departamento de Evaluación de Denuncias, CPC René César Medina Espinoza y CPC Rocío Tineo Ramírez, a las ciudades de Caracas, Maracay y Los Teques de la República Bolivariana de Venezuela, del 22 al 28 de marzo de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El gasto que irrogue la presente comisión de servicios será fi nanciado con cargo a los recursos del Programa de Modernización de la Contraloría General de la República y Desconcentración del Sistema Nacional de Control del Pliego 019: Contraloría General, según detalle siguiente: María Estela Pinto Castro: Pasajes aéreos US$ 909,39 Viáticos (incluye un día de instalación) US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC US$ 30,25 René César Medina Espinoza: Pasajes aéreos US$ 909,39 Viáticos (incluye un día de instalación) US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC US$ 30,25 Rocío Tineo Ramírez: Pasajes aéreos US$ 909,39 Viáticos (incluye un día de instalación) US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC US$ 30,25 Artículo Tercero.- Los citados profesionales presentarán a la Alta Dirección un informe sobre los resultados de la visita técnica y las acciones que se deriven para el accionar de la Contraloría General de la República del Perú, con copia a la Gerencia Central de Denuncias y Participación Ciudadana y Gerencia de Cooperación Técnica, y así como un ejemplar de los materiales técnicos obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la República 326285-1