Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2009 (21/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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VISTO: Oficio N° 045-2009-ERR-CE/PJ, cursado por el senor Consejero MORDAZA MORDAZA Ramirez; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA remite a este Organo de Gobierno la Resolucion Administrativa N° 118-2009-P-CSJLI/PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de febrero ultimo, por la cual la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA autoriza a la Jefa de la Oficina de Administracion Distrital a actuar en su representacion y en la del Poder Judicial, asi como a suscribir contratos de trabajo sujetos a modalidad de los servidores del citado Distrito Judicial; Segundo: Al respecto, es menester precisar que mediante Decreto Legislativo N° 1057 y Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, se aprobo el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios y su Reglamento; la misma que es aplicable a toda entidad publica sujeta al Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, a las entidades publicas sujetas al regimen laboral de la actividad privada, con excepcion de las empresas del Estado y a otras normas que regulan carreras administrativas especiales; Tercero: Que, dentro del MORDAZA legal precedentemente descrito, de conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1057, las entidades del sector publico quedaron prohibidas de suscribir o prorrogar contratos de servicios no personales o de cualquier modalidad contractual para la prestacion de servicios no autonomos; facultandose a las partes a sustituirlos MORDAZA de su vencimiento por contratos administrativos de servicios; Cuarto: En esa direccion, mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 0332009-P/PJ, del 23 de enero del ano en curso, se dispuso a partir de la citada fecha delegar las facultades de celebracion y suscripcion de los contratos administrativos de servicios debidamente autorizados por la Presidencia del Poder Judicial, a los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia de la Republica; asi como, delegar al Gerente de Personal y Escalafon Judicial las facultades de celebracion y suscripcion de los contratos en mencion, que se celebren con personas naturales en la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Inspectoria General, Procuraduria Publica, y la Gerencia General; disponiendose ademas, que la Gerencia General sea la encargada de tramitar ante la Presidencia del Poder Judicial la autorizacion y/ o aprobacion correspondiente de nuevas contrataciones bajo el regimen especial de contratacion administrativa de servicios; Quinto: Que, siendo asi, del analisis de la mencionada Resolucion Administrativa N° 118-2009-P-CSJLI/PJ, se desprende que la autorizacion ahi dispuesta para que la Jefa de la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, actue en representacion de la citada Presidencia y a nombre del Poder Judicial, asi como para que suscriba los contratos de trabajo sujetos a modalidad de los servidores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, no resulta concordante con lo preceptuado en la Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 033-2009-P/PJ, excediendo las prerrogativas delegadas directamente al Presidente del referido Distrito Judicial, tanto mas si se considera que de acuerdo a lo establecido expresamente, corresponde a la Gerencia General tramitar ante la Presidencia del Poder Judicial la autorizacion y/o aprobacion correspondiente de nuevas contrataciones bajo el regimen especial de contratacion administrativa de servicios; por todo lo cual, dicha resolucion administrativa de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA deviene en nula, a tenor de lo previsto en el articulo 4 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia General, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolucion Administrativa N° 161-2001-CEPJ, asi como en el articulo 83° del Texto Unico Ordenado

de la Ley Organica del Poder Judicial, que establecen que la Gerencia General es el organo ejecutivo, tecnico y administrativo del Poder Judicial que tiene a su cargo las funciones de ejecucion, coordinacion y supervision de las actividades no jurisdiccionales del Poder Judicial; todo ello concordante con lo dispuesto en el articulo 4 del Decreto Legislativo N° 1057; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haberse excusado de asistir, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero: Declarar nula la Resolucion Administrativa N° 118-2009-P-CSJLI/PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de febrero del ano en curso, por la cual la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA autorizo a la Jefa de la Oficina de Administracion Distrital para actuar en su representacion y en la del Poder Judicial, asi como a suscribir contratos de trabajo sujetos a modalidad, de los servidores de la citada Corte Superior. Articulo Segundo: Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 326444-2

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Ratifican designacion de Vocales Provisionales de la Corte Suprema de Justicia de la Republica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R. A . N° 097-2009-P-PJ MORDAZA, 10 de marzo de 2009 VISTOS Y CONSIDERANDO: La Resolucion de fecha 10 de noviembre de 2008 mediante la cual la Presidencia del Poder Judicial designo representantes de la Corte Suprema de Justicia de la Republica para integrar el "Grupo de Trabajo de Validacion del Proyecto de Reforma Procesal Laboral" creado por el Ministerio de Trabajo. El informe N° 009-2009-GT-CS-PJ/05 del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial de fecha 19 de Enero del 2009; Que habiendose expedido la Resolucion Ministerial N° 006-2009-TR publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de Enero de 2009 que formaliza la creacion de dicho Grupo de Trabajo, incluyendo a los representantes designados por el Poder Judicial; y

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