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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2009 (21/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de marzo de 2009 392821 Que, en caso el concesionario requiera prestar servicios adicionales al servicio público de distribución de radiodifusión por cable, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 155º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, y solicitar al Ministerio la inscripción de dichos servicios en el registro habilitado para tal fi n, los mismos que se sujetarán a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesión única y en la fi cha de inscripción en el registro que forma parte de él; Que, mediante Informe Nº 210-2009-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones señala que habiéndose verifi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa CABLE HVM E.I.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modifi catoria Ley Nº 28737; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado por Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a CABLE HVM E.I.R.L. concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con CABLE HVM E.I.R.L. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2º de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 326280-1 Aprueban texto del Contrato de Fideicomiso de Recaudación a que se refiere el Anexo XI del Contrato de Concesión de los Tramos Viales de la Red Vial N° 4 con Autopista del Norte S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 237-2009 MTC/01 Lima, 17 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de febrero de 2009, el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscribió el Contrato de Concesión de los Tramos Viales de la Red Vial N° 4 con la sociedad concesionaria AUTOPISTA DEL NORTE S.A.C.; Que, en virtud de lo establecido en la Anexo XI del Contrato de Concesión de los Tramos Viales de la Red Vial N° 4, la sociedad concesionaria se obligó a constituir un fi deicomiso de recaudación con el objetivo de garantizar el empleo efi ciente de la recaudación por Peaje; Que, el citado Contrato de Concesión establece obligaciones y responsabilidades para las partes intervinientes, encontrándose a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su calidad de Concedente, la aprobación del proyecto de Contrato de Fideicomiso de Recaudación; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, establece en los Artículos 6° y 7°, literal k), que el Ministro de Transportes y Comunicaciones es la más alta autoridad política del Sector, encontrándose facultado a delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su cargo, disponiendo en el Artículo 9º, literal j), dentro de las atribuciones que correspondan a los Viceministros, aquellas que el Ministro les delegue en el ámbito de su competencia; Que, mediante el Informe N° 132-2009-MTC/25.CUA, de fecha 10 de marzo de 2009, elaborado por la Dirección General de Concesiones en Transportes y el Informe N° 553-2009-MTC/08, de fecha 17 de marzo de 2009, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, recomiendan la suscripción del contrato de fi deicomiso de recaudación con la empresa AUTOPISTA DEL NORTE S.A.C.; Que, para efectos de la suscripción del Contrato de Fideicomiso de Recaudación a que se refi ere el Anexo XI del referido Contrato de Concesión, es conveniente que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones participe como Interviniente en el mismo; Que, en consecuencia es necesario aprobar el texto del Contrato de Fideicomiso de Recaudación antes referido, así como autorizar al funcionario que lo suscribirá en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27791 y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el texto del Contrato de Fideicomiso de Recaudación de acuerdo a lo previsto por el Anexo XI del Contrato de Concesión de los Tramos Viales de la Red Vial N° 4, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato a que se refi ere el artículo anterior en calidad de Interviniente, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Regístrese y comuníquese. ENRIQUE JAVIER CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 326878-1