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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2009 (21/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de marzo de 2009 392824 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Declaran la desafectación de bien de dominio público a diversos predios de propiedad del Estado ubicados en la provincia de Lima JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 035-2009/SBN-GO-JAD San Isidro, 18 de marzo de 2009. Vistos, los Expedientes Nº 001-2009/SBN-JAD, Nº 042-2009/SBN-JAD y 043-2009/SBN-JAD, que versan sobre la adjudicación en venta directa de diversos predios de propiedad del Estado, los cuales deben ser desafectados de su condición de dominio público debido a que han perdido la condición apropiada para la prestación del servicio público. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el ente rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales y esta encargada de normar y supervisar los actos de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es la responsable de ejecutar los actos vinculados a los bienes que se encuentran a su cargo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29151, su reglamento y demás normas complementarias y conexas; Que, el artículo 43º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectación de un bien de dominio público, procederá cuando haya perdido la naturaleza o condición apropiada par su uso público o para prestar un servicio público y deberá ser aprobada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, el Estado es propietario de los siguientes predios, los cuales han perdido la condición apropiada para prestar un servicio público: - Predio de 138,50 m², constituido por el Lote 1 de la Manzana D del Asentamiento Humano Jesús de Nazareth, Sector Los Andes, distrito de San Juan de Lurigancho, el cual se encuentra inscrito a favor del Estado en la Partida Nº P02138908 del Registro de Predios de Lima y que corresponde al Registro Nº 11125 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Libro de Lima; - Predio de 282,50 m², ubicado en la esquina de la avenida Túpac Amaru cuadra 15 y el jirón Puno 145, Sector Zona A, Pueblo Joven Pampa de Comas, Mz. A Lote 1, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; el cual se encuentra inscrito a favor del Estado en la Partida Electrónica Nº P01074004 del Registro de Predios de Lima y que corresponde al Registro Nº 1649 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Libro de Lima; - Predio de 303,45 m², ubicado frente al jirón Puno 187-195, Sector Zona A, Pueblo Joven Pampa de Comas, Mz. A Lote 1, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; el cual se encuentra inscrito a favor del Estado en la Partida Electrónica Nº P01074005 del Registro de Predios de Lima y que corresponde al Registro Nº 10375 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Libro de Lima; Que, mediante Memorando Nº 387-2004/SBN-GL de fecha 28 de setiembre de 2004, la Gerencia Legal de la Superintendencia de Bienes Nacionales señala que la desafectación administrativa de los bienes de propiedad estatal, deberá realizarla la Jefatura de Adjudicaciones; Que, de acuerdo a lo señalado en los Informes Técnicos Legales Nº 0130-2009/SBN-GO-JAD, Nº 0132- 2009/SBN-GO-JAD y Nº 0133-2009/SBN-JAD, todos de fecha 16 de marzo de 2008, resulta necesario proceder a la desafectación de su condición de dominio público de los predios antes descritos, de conformidad con el artículo 43º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, dado que los predios indicados han perdido su condición de uso público o de brindar soporte para un servicio público; Que, de acuerdo a lo señalado en el literal l) del artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolución Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente y la política institucional; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29151 y su reglamento Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Resolución Nº 315-2001/SBN y Resolución Nº 007-2007/ SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la desafectación de su condición de bien de dominio público de los siguientes predios de propiedad del Estado: - Predio de 138,50 m², constituido por el Lote 1 de la Manzana D del Asentamiento Humano Jesús de Nazareth, Sector Los Andes, distrito de San Juan de Lurigancho, el cual se encuentra inscrito a favor del Estado en la Partida Nº P02138908 del Registro de Predios de Lima y que corresponde al Registro Nº 11121 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Libro de Lima; - Predio de 282,50 m², ubicado en la esquina de la avenida Túpac Amaru cuadra 15 y el jirón Puno 145, Sector Zona A, Pueblo Joven Pampa de Comas, Mz. A Lote 1 , distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; el cual se encuentra inscrito a favor del Estado en la Partida Electrónica Nº P01074004 del Registro de Predios de Lima y que corresponde al Registro Nº 1649 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Libro de Lima; - Predio de 303,45 m², ubicado frente al jirón Puno 187-195, Sector Zona A, Pueblo Joven Pampa de Comas, Mz. A Lote 1, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; el cual se encuentra inscrito a favor del Estado en la Partida Electrónica Nº P01074005 del Registro de Predios de Lima y que corresponde al Registro Nº 10375 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Libro de Lima; Artículo 2º.- Por el mérito de la presente Resolución, la Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, procederá a inscribir las desafectaciones de dominio público dispuestas en el artículo precedente. Regístrese y publíquese. FRANCO SORIA PALACIOS Jefe de Adjudicaciones 325996-1