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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de marzo de 2009 392825 Modifican Res. Nº 141-2008/SBN-GO- JAD mediante la cual se declaró la desafectación del dominio público al dominio privado del Estado de predios ubicados en la provincia de Lima JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 036-2009/SBN-GO-JAD San Isidro, 18 de marzo de 2009 Visto el Expediente Nº 180-2008/SBNJAD, en el cual se sustenta la desafectación de dominio público a favor del Estado, del inmueble del Estado de 3 300,00 m², ubicado entre el Parque Nº 05 y la vía auxiliar de la Av. Circunvalación esquina con la Calle Sávilas, así como del inmueble de 1 581,00 m², ubicado en la esquina de las Calles Los Helechos (antes Calle Nº 17) y los Azafranes (antes Calle Nº 4), ambos en la Urb. Los Recaudadores, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en aplicación de lo dispuesto en la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobada por Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, es el Ente Rector responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes del Estado, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración están a su cargo, y tiene como fi nalidad incentivar su aprovechamiento económico en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para el registro, inscripción y fi scalización de los bienes de propiedad estatal; Que, mediante Resolución Nº 141-2008/SBN-GO-JAD, de fecha 25 de noviembre de 2008, se resolvió declarar la desafectación del dominio público al dominio privado del Estado, de los siguientes predios: - Inmueble de 3 300,00 m², ubicado entre el Parque Nº 05 y la vía auxiliar de la Av. Circunvalación esquina con la Calle Sávilas, Urb. Recaudadores, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 11085161 del Registro de Predios de Lima. - Inmueble de 1 581,00 m², ubicado en la esquina de las Calles Los Helechos (antes Calle Nº 17) y los Azafranes (antes Calle Nº 4), Urb. Recaudadores, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Matriz Nº 146638 del Registro de Predios de Lima. Que, mediante Ofi cio Nº 877-2009/SBN-GO-JAD, de fecha 26 de enero de 2009, se solicitó a la Gerencia del Registro de Predios de Lima, se sirva disponer la inscripción de la Resolución descrita en el considerando precedente; Que, mediante Esquela de Observación al Título Nº 2009-00062679, la Doctora Evelyn Lourdes Bedoya Gálvez, Registrador Público de la Zona Registral IX – Sede Lima, señaló que revisada la Ficha Matriz Nº 146638, se advierte que existe un predio de 1 581,00 m² (aporte reglamentario) ubicado en la esquina de las calles Los Helechos y Los Azafranes, Urb. Los Recaudadores e independizado a favor del Estado en la Partida Nº 11962490 del Registro de Predios (en virtud al Título Nº 586467 del 17/11/06, independización que es defi nitiva), por lo que, de estar independizado en la indicada partida registral (Nº 11962490) el inmueble que se desafecta administrativamente, la resolución presentada que constituye el título que dará lugar a la inscripción solicitada deberá guardar adecuación al antecedente registral, debiendo adjuntarse para tal efecto, la resolución administrativa aclaratoria que precise el número correcto de la partida registral en la cual se practicará la inscripción; Que, los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión, de conformidad a lo establecido en el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de acuerdo al literal l) del Artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales (actual Superintendencia Nacional de Bienes Estatales), aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/ SBN, de fecha 03 de setiembre del 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001- EF, Resolución Nº 315-2001/SBN y Resolución Nº 052- 2008/SBN; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0125-2009/SBN-GO-JAD, de fecha 10 de marzo de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el considerando tercero de la Resolución Nº 141-2008/SBN-GO-JAD, según el siguiente texto: “Que, el Estado es propietario del predio de 1 581,00 m², ubicado en la esquina de las Calles Los Helechos (antes Calle Nº 17) y los Azafranes (antes Calle Nº 4), Urb. Recaudadores, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 11962490 del Registro de Predios de Lima y con Registro Nº 16386 del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima.” Artículo 2º.- Modifi car lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución Nº 141-2008/SBN-GO-JAD, de acuerdo con el siguiente texto: “Declárese la desafectación del dominio público al dominio privado del Estado, de los siguientes predios: - Inmueble de 3 300,00 m², ubicado entre el Parque Nº 05 y la vía auxiliar de la Av. Circunvalación esquina con la Calle Sávilas, Urb. Recaudadores, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11085161 del Registro de Predios de Lima. - Inmueble de 1 581,00 m², ubicado en la esquina de las Calles Los Helechos (antes Calle Nº 17) y los Azafranes (antes Calle Nº 4), Urb. Recaudadores, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 11962490 del Registro de Predios de Lima.” Artículo 3º.- Por el mérito de la presente Resolución, la Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, procederá a la inscripción de lo dispuesto en los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCO SORIA PALACIOS Jefe de Adjudicaciones 325996-2