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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2009 (21/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de marzo de 2009 392836 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Autorizan viaje de servidora municipal para la presentación del evento “II Expo Trujillo” que se realizará en Ecuador RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1143-2008-MPT Trujillo, 31 de octubre del 2008 VISTOS: El Ofi cio Nº 00733-2008-MPT/GDEL, Memorando Nº 5492-2008-MPT/GM, Informe Legal S/n de fecha 20 de Octubre del 2008, y el Ofi cio Nº 2563- 2008-MPT/GPP, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 00733-2008-MPT/GDEL, de fecha 07 de octubre del 2008, la Gerencia de Desarrollo Económico Local hace de conocimiento a la Gerencia Municipal que mediante Resolución de Alcaldía Nº 916-2008-MPT del 05 de septiembre del 2008, se han aprobado las actividades programadas para el presente año, actividades denominadas “EXPO TRUJILLO”, por tal motivo se estará realizando la “II EXPO TRUJILLO” en la ciudad de Cuenca del país vecino de Ecuador, del 25 de octubre al 05 de noviembre del presente año, siendo necesario comisionar a la Sra. María Bueno Jara, para que viaje a la ciudad de Cuenca y vele por el normal desarrollo de esta actividad; Que, mediante Memorando Nº 5492-2008-MPT/GM, de fecha 14 de octubre del 2008 la Gerencia Municipal remite los documentos a la Gerencia de Asesoría Jurídica a fin de que emita opinión legal respecto a qué órgano de la Municipalidad Provincial de Trujillo, tiene que autorizar el viaje al exterior del país de la Servidora Municipal Sra. María Bueno Jara; Que, mediante informe legal s/n, de fecha 20 de octubre del 2008, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que es procedente autorizar el viaje por comisión de servicios a la Servidora Municipal Sra. María Bueno Jara; Que, mediante Oficio Nº 2563-2008 – MPT/GPP, de fecha 30 de octubre del 2008 la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, comunica que es viable atender lo solicitado respecto al viaje a la ciudad de Cuenca del país de Ecuador comisionado a la Servidora Municipal Sra. María Bueno Jara, para la presentación de la “II EXPO TRUJILLO” debiéndose afectar el presupuesto de acuerdo al siguiente detalle: Meta : 023 Rubro : 07 FONCOMN Partida presupuestal : 5.3.11.20 Viáticos y Asignaciones Partida presupuestal : 5.3.11.32 Pasajes y Gastos de Transporte En ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de la Servidora Municipal Sra. María Bueno Jara a la ciudad de Cuenca del país de Ecuador, del 22 al 31 de octubre del 2008, otorgando la asignación presupuestal para cubrir los gastos por pasajes y viáticos de ley, debiéndose afectar el gasto a la partida presupuestal correspondiente, con cargo a rendir cuenta documentada. Regístrese, comuníquese y pase a la Gerencia de Personal, Gerencia de Administración y Finanzas para los fi nes consiguientes. Fecho, archívese. CARLOS BURMESTER LANDAURO Teniente Alcalde 326451-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUICUNGO Declaran de necesidad y utilidad pública el establecimiento del Área de Conservación Ambiental Municipal “Huicungo” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2008-MDH Huicungo, 28 de noviembre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUICUNGO VISTO; En sesión extraordinaria de concejo, de fecha 28 de noviembre de 2008, se aprobó por unanimidad la creación del Área de Conservación Ambiental Municipal “HUICUNGO”, en el distrito de Huicungo, sobre la base del Acuerdo Nº 005-2008 a propuesta del Alcalde distrital, cuya elaboración fue encargada al Equipo Técnico de la Asociación Amazónicos por la Amazonía - AMPA. CONSIDERANDOS: Que, el artículo 191º de la Constitución señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales y las delegadas conforme a ley son los órganos de gobierno local y como tales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, reconocida de igual manera en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, de conformidad con el artículo 68º de la Constitución Política del Perú, el Estado debe promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; obligación que no sólo compromete al gobierno central, sino también a los gobiernos regionales y locales, dentro de un proceso de descentralización; Que, el artículo VI del Título Preliminar de la Ley General del Ambiente, señala que la gestión ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental, estableciendo en su artículo 65º como políticas de desarrollo urbano y rural el impacto de la población sobre la calidad del ambiente y sus componentes este como un principio de proporcionalidad; Que, el artículo 42º literal (h) de la Ley Bases de Descentralización, indica que es competencia exclusiva de los gobiernos locales, “dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad y proponer las iniciativas legislativas correspondientes”, así como es competencia de la municipalidad, según el artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades, sancionar en caso de incumplimiento de la presente Ordenanza, guardándose el derecho de reserva de ejercer cualquier otra acción dispuesta por el artículo 48º del Código Procesal Civil; Que, la Ordenanza Regional Nº 012-2006-GRSM/ CR, aprueba la Zonifi cación Ecológica Económica del departamento de San Martín, señalando que el 64.60% del territorio son zonas de conservación y protección ecológica y sumado a la Ordenanza Regional Nº 021- 2005-GORSM/CR, ampliada por Ordenanza Regional Nº 010-2006-GRSM/CR, se declaró en Emergencia Ambiental a la Región para “implementar políticas de protección de los recursos naturales” cuya “tendencia” podría conducir al “colapso ecológico, el cual ya está