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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2009 (22/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de marzo de 2009 392876 serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas, siendo para América del Sur U$ 200 Dólares Americanos; En mérito a la opinión favorable de la Ofi cina Central de Planifi cación contenidas en Ofi cio Nº 0605-2009-OCPL- UNFV, de fecha 16.03.2009, y estando a lo dispuesto por el Señor Rector en Proveído N° 01211-2009-R-UNFV de fecha 16.03.2009; y De conformidad con la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, el Artículo 40, inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Federico Villarreal (ROF) y la Resolución R. Nº 2443-2006-UNFV de fecha 30.05.2006; y con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario en su próxima Sesión; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Dr. HERNAN HUMBERTO ALVAREZ SOTOMAYOR, Vicerrector Académico de esta Casa Superior de Estudios, a partir del 18 al 21 de Marzo del presente año, para que en representación de esta Universidad, participe en la Asamblea General Ordinaria convocada por la Asociación Universitaria Iberoamericana de Post Grado, a realizarse en la Universidad de Buenos Aires-Argentina, otorgándose la licencia con goce de haber correspondiente. Artículo Segundo.- Otorgar al señor Vicerrector Académico de esta Casa Superior de Estudios, Dr. HERNAN HUMBERTO ALVAREZ SOTOMAYOR, el monto ascendente a S/. 5,712.00 (Cinco mil setecientos doce con 00/100 nuevos soles), por concepto de viáticos, pasaje y tarifa única por uso de aeropuerto, conforme se detalla a continuación: Gastos Costo Unitario $ Costo $ Total S/. Traslado Aéreo 800.00 800.00 2,800.00 Impuesto Aeropuerto 32.00 32.00 112.00 Viáticos (4 días) 200.00 800.00 2,800.00 Total 5,712.00 Artículo Tercero.- Encargar el Despacho del Vicerrectorado Académico al Dr. LUIS ALBERTO LEON ESPINOZA, Vicerrector Administrativo de esta Casa Superior de Estudios, a partir del 18 al 21 de marzo del presente año. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectores Académico y Administrativo, así como los Jefes de las Ofi cinas Centrales de Planifi cación y Económico Financiera, dictarán las medidas correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN Rector 326834-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Disponen la presentación de copia del atestado policial a que se refiere el Art. 24º del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Muebles de la Municipalidad, cuando se configure un ilícito penal DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005 San Isidro, 19 de marzo de 2009 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTO: el Informe Nº 0051-2009-0500-GPPDC/MSI, el Informe Nº 0183-2009-0400-GAJ/MSI, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y la Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente, sobre el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Muebles de la Municipalidad de San Isidro; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 242-MSI publicada el 12 de octubre de 2008, se aprobó el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Muebles de la Municipalidad de San Isidro; Que, el artículo 2º de la mencionada Ordenanza Nº 242-MSI, faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía disponga las normas que sean necesarias para el cumplimiento de dicho Reglamento; Que, mediante los documentos del Visto se sustenta la necesidad de establecer que la copia del Atestado con los resultados de las investigaciones policiales realizadas, solicitada en el artículo 24º del referido Reglamento debe ser presentada en los casos en que se confi gure un ilícito penal; En uso de las facultades conferidas por los artículos 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- Establecer que la copia del Atestado con los resultados de las investigaciones policiales realizadas, solicitada en el inciso d) del artículo 24º del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Muebles de la Municipalidad de San Isidro, en el caso de pérdida, robo, sustracción parcial o total o siniestro del bien, deberá ser presentada en los casos en que se confi gure un ilícito penal. Artículo 2º.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, el cual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 326448-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANA Exoneran de proceso de selección de menor cuantía la adquisición de galones de asfalto líquido para el asfaltado de las calles del Anexo de Huacapuy RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 071-2009-MPC-A. Camaná, diez y siete de febrero del año dos mil nueve Vistos; el Acuerdo de Concejo Nº 010-2009-MPC-C, Informe Técnico Legal Nº 695-2008-MPC-AJ de la Ofi cina de Asesoría Legal, Informe Nº 104-2009-MPC-DDU de la Dirección de Desarrollo Urbano, Informe N° 137-2009-MPC- AJ de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 010-2009-DA-C, de la Administración de la Municipalidad Provincial de Camaná, y; CONSIDERANDO; 1.- Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, concordante con el Art. II del T.P. de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se tiene que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, que radica