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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de marzo de 2009 393293 Artículo 9°.- De las instancias administrativas. Los Gobiernos Regionales establecerán las instancias administrativas competentes para resolver las impugnaciones a los actos administrativos que son dictados por las Entidades Adscritas, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 10°.- Refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA.- El Reglamento de Organización y Funciones -ROF, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de las Entidades Adscritas, serán aprobados por el respectivo Gobierno Regional.El Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Manual de Organización y Funciones - MOF, serán aprobados por las Entidades Adscritas respectivas, previa opinión de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto o del órgano que haga sus veces en la Entidad. Para tales fi nes, las Entidades Adscritas formularán las propuestas correspondientes de acuerdo a los lineamientos y disposiciones legales que rigen la materia. SEGUNDA.- Los Gobiernos Regionales, los CETICOS, el Comité de Administración de la ZOFRATACNA y el Comité de Administración de la ZEEDEPUNO, deberán adecuar sus respectivos Reglamentos de Organizaciones y Funciones, Manuales y demás instrumentos de gestión, vigentes a la fecha y en cuanto resulte pertinente, a las disposiciones de la Ley N° 29014 y al presente Reglamento, en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil nueve ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 330119-1 Autorizan al Ministro de Energía y Minas a ausentarse del país y encargan su Despacho a la Ministra de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 055-2009-PCM Lima, 27 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, entre los días 31 de marzo y el 2 de abril de 2009, se llevará a cabo, en la sede del Banco Mundial en Washington D.C., Estados Unidos de América, el Energy Week 2009: Energy, Development and Climate Change, evento que reunirá a distintas personalidades, representantes de distintos gobiernos, y entidades varias vinculadas con la industria energética en general; Que, el Ministro de Energía y Minas ha sido invitado por los organizadores del evento a participar como ponente en el mismo. Es importante resaltar que ello permitirá no sólo que el Perú se encuentre representado en tan importante evento, sino que posibilitará atraer inversionistas relacionados con la actividad energética en general, asimismo, se podrán afi anzar vínculos comerciales con los distintos países y entidades que participen en él; Que, en ese sentido y dada la importancia comercial y estratégica del referido evento, se ha considerado necesario autorizar el viaje del Ministro de Energía y Minas, Ing. Pedro Emilio Sánchez Gamarra, los días 31 de marzo y 1 de abril de 2009, el mismo que no irrogará ni genera gasto alguno al Estado, puesto que los costos serán cubiertos el organizador del evento, el Banco Mundial; Que, en ese sentido, es necesario encargar el despacho del Ministro de Energía y Minas en tanto dure la ausencia de su Títular; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ingeniero Pedro Emilio Sánchez Gamarra, Ministro de Energía y Minas, a ausentarse del país, los días 31 de marzo y 1 de abril de 2009, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el organizador del evento, el Banco Mundial. Artículo 3º.- Encargar el Despacho del Ministro de Energía y Minas a la Eco. Elena Conterno Martinelli, Ministra de la Producción, a partir del 31 de marzo de 2009, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 330119-6 Autorizan viaje de funcionario del INDECOPI a Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2009-PCM Lima, 27 de marzo de 2009 Vista la Carta Núm. 062-2009/GEG-INDECOPI del Gerente General de Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que del 2 al 3 de abril de 2009, en la ciudad de Ginebra, Suiza se llevará a cabo la Reunión del Consejo de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales - UPOV; Que en cumplimiento de los compromisos derivados del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre Perú y Estados Unidos de América, Perú se encuentra en el proceso de adhesión al Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales - UPOV, Acta de 1991; Que la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías del INDECOPI es la autoridad competente para aplicar y administrar todos los temas vinculados a la protección de obtenciones vegetales regulados por el Acta UPOV de 1991; Que, como parte del proceso de adhesión a UPOV se requiere una aprobación previa de la legislación nacional en materia de variedades vegetales; Que en la referida Reunión del Consejo se evaluará los cambios normativos propuestos a la legislación nacional a fi n de verifi car si se encuentra acorde al acta de 1991, por