Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2009 (28/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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Autoricese a la Oficina de Normalizacion Previsional ­ ONP a cancelar en una sola cuota, los devengados y otros conceptos que se originen en aplicacion del Decreto Supremo N° 150-2008-EF, a favor de los pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones ­ Decreto Ley N° 19990. Articulo 2°.- Financiamiento El presente decreto supremo no demandara recursos adicionales al Tesoro Publico, sujetandose a las asignaciones aprobadas en las Leyes Anuales de Presupuesto, concordante con el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 3°.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de marzo del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

Que, en tal sentido, resulta necesario para los intereses del Estado Peruano la colaboracion de funcionarios de la SUNAT en la citada Audiencia convocada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, motivo por el que se ha estimado conveniente la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Ad Hoc y del senor MORDAZA Haraldo MORDAZA Negron, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales; como parte de la delegacion del Estado Peruano encabezada por la abogada MORDAZA Munoz Munoz, en su calidad de Procuradora Publica Especializada Supranacional. Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los referidos funcionarios, debiendo SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 27619 y 29289, y en el Decreto Supremo N° 047-2002PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, por excepcion, los viajes del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Ad Hoc y del senor MORDAZA Haraldo MORDAZA Negron, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, funcionarios de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, del 29 de marzo al 1 de MORDAZA de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC (TUUA) US $ US $ US $ 637,87 400,00 30,25

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Autorizan viaje de funcionarios de la SUNAT a Republica Dominicana para participar en audiencia convocada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos
RESOLUCION SUPREMA N° 038-2009-EF
MORDAZA, 27 de marzo de 2009 Visto, el Oficio N° 103-2009-SUNAT/1A0000, de la Secretaria General de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, sobre autorizacion de viaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 086-2009-JUS/DM de fecha 11 de marzo de 2009, la Ministra de Justicia solicita la colaboracion de la SUNAT para sustentar y presentar la posicion del Estado Peruano en la Audiencia Privada sobre la Supervision del Cumplimiento de la Sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Ivcher Bronstein Vs Peru, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, el dia 31 de marzo de 2009; Que, a traves de la Sentencia del Tribunal Constitucional N° 1993-2008-PA/TC de fecha 20 de MORDAZA de 2008, dicho organismo constitucional en MORDAZA instancia, declaro infundada la Demanda de MORDAZA interpuesta por el senor MORDAZA Ivcher Bronstein y la Compania Latinoamericana de Radiodifusion S.A. (Frecuencia Latina), mediante la cual se pretendia que la SUNAT no le cobre a la referida empresa la deuda tributaria generada entre el 5 de setiembre de 1997 y el ano 2003; Que, la referida demanda se sustentaba en la Sentencia y la Aclaratoria de fechas 6 de febrero y 4 de setiembre de 2001, respectivamente, emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las mismas que establecian que el Estado Peruano debe facilitar las condiciones para que el senor MORDAZA Ivcher Bronstein pueda realizar las gestiones para recuperar el uso y goce de sus derechos como accionista mayoritario de la indicada Compania Latinoamericana de Radiodifusion S.A., como lo era hasta el 1 de agosto de 1997, en los terminos de la legislacion interna; Que, al respecto, el senor MORDAZA Ivcher Bronstein pretende que via supervision de cumplimiento de sentencia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos disponga que la SUNAT no cobre a la Compania Latinoamericana de Radiodifusion S.A. (Frecuencia Latina), la deuda tributaria generada durante el periodo senalado en el MORDAZA considerando;

Senor MORDAZA Haraldo MORDAZA Negron Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC (TUUA) US $ US $ US $ 637,87 400,00 30,25

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado los viajes los referidos funcionarios deberan presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyos viajes se autorizan. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

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Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera, correspondientes al mes de febrero de 2009
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 163-2009-EF/15
MORDAZA, 27 de marzo de 2009

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