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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de marzo de 2009 393306 SALUD Actualizan Lista de medicamentos e insumos para el tratamiento oncológico y VIH/SIDA libres de pago del Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios DECRETO SUPREMO N° 004-2009-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley Nº 27450, la relación de medicamentos e insumos que se utilizan en la fabricación nacional de equivalentes terapéuticos para el tratamiento de enfermedades oncológicas y del VIH/SIDA, será anualmente evaluada y actualizada a propuesta del Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2008-EF, se aprobó la actualización de la relación de medicamentos e insumos para el tratamiento oncológico y el VIH/SIDA, para efecto de la liberación del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27450; Que, en este sentido, el Ministerio de Salud ha realizado la actualización de la relación de los precitados medicamentos e insumos, por lo que corresponde su aprobación; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27450 y en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprueban relación actualizada de medicamentos e insumos para el tratamiento oncológico y el VIH/SIDA Apruébese la actualización de la relación de medicamentos e insumos para el tratamiento oncológico y el VIH/SIDA, contenida en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, para efecto de la liberación del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27450. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9° del Decreto Supremos N° 001-2009-JUS, el Anexo que se refi ere el párrafo precedente será publicado en los Portales Electrónicos del Ministerio de Salud y del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2º.- Norma derogada Déjese sin efecto el Decreto Supremo Nº 008-2008-EF. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil nueve ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 330119-4 Actualizan la relación de medicamentos e insumos para el tratamiento de la diabetes para efecto de la inafectación del Impuesto General a las Ventas y de los derechos arancelarios DECRETO SUPREMO N° 005-2009-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 6º y 7º de la Ley Nº 28553, Ley General de Protección a las Personas con Diabetes, los medicamentos e insumos para la fabricación nacional de equivalentes terapéuticos para el tratamiento de la Diabetes están libres del pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, la Primera Disposición Complementaria y Final de la misma Ley Nº 28553 establece que el Poder Ejecutivo aprobará mediante Decreto Supremo, a propuesta del Ministerio de Salud, la relación de medicamentos e insumos que se utilizarán para la fabricación nacional de equivalentes terapéuticos para el tratamiento de la Diabetes, los cuales quedarán liberados del pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2008-SA, se aprobó la relación de medicamentos e insumos que se utilizarán para la fabricación nacional de los equivalentes terapéuticos para el tratamiento de la Diabetes, para efecto de la liberación del pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios, de acuerdo a lo dispuesto por la acotada Ley Nº 28553; Que, en este sentido, el Ministerio de Salud ha realizado la actualización de la relación de los precitados medicamentos e insumos, por lo que corresponde su aprobación; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 28553 y en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprueban relación actualizada de medicamentos e insumos para el tratamiento de la Diabetes Apruébese la actualización de la relación de medicamentos e insumos para el tratamiento de la Diabetes, contenida en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, para efecto de la liberación del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 28553. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9° del Decreto Supremos N° 001-2009-JUS, el Anexo que se refi ere el párrafo precedente será publicado en el Portal Electrónico del Ministerio de Salud y del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2º.- Norma derogada Déjese sin efecto el Decreto Supremo Nº 005-2008- SA. Artículo 3º.- Vigencia y Refrendo El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 330119-5 Establecen relación de Jefes o responsables de establecimientos de salud y microrredes de salud de las Direcciones Regionales de Salud de Cajamarca, Ucayali, Apurímac, Tumbes y Ancash a quienes se transferirá recursos de acuerdo al D.U. N° 022-2009 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 191-2009/MINSA Lima, 27 de marzo de 2009