Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2009 (28/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de marzo de 2009

Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de marzo del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

la presente resolucion, que en anexo forma parte de la misma. Articulo 2º.- Encargar a la Secretaria Tecnica de la Comision Intersectorial de Empleo ­ CIE, la remision del texto del referido Reglamento Interno a los demas integrantes de la misma, para que en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles a partir de la recepcion de dicha comunicacion los Sectores involucrados procedan a designar a sus representantes ante la citada Comision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

330118-5

Aprueban el Reglamento Interno de la Comision Intersectorial de Empleo CIE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 088-2009-TR
MORDAZA, 27 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2003-TR se crea la Comision Intersectorial de Empleo ­ CIE, como Comision Permanente de Coordinacion del Estado encargada de formular, proponer y recomendar propuestas que coadyuven a armonizar las politicas sectoriales en materia de promocion del empleo, y articular programas publicos y proyectos de inversion, con enfasis en el fomento del empleo productivo y actividades economicas sostenibles, de conformidad con la derogada Ley del Poder Ejecutivo, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 560; Que, segun el articulo 6º del citado decreto supremo, se establece que por Resolucion Ministerial del Sector Trabajo y Promocion del Empleo se expediran el Reglamento de Funcionamiento de la Comision Intersectorial de Empleo y las normas complementarias que resulten necesarias para el desarrollo de sus funciones; Que, el numeral 3 del articulo 36º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza permanente son creadas con fines especificos para cumplir funciones de seguimiento, fiscalizacion, o emision de informes tecnicos, las cuales son creadas formalmente mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados, debiendo contar con un Reglamento Interno aprobado por Resolucion Ministerial del Sector al cual estan adscritas; Que, en el caso de la Comision Intersectorial de Empleo ­ CIE, dicha comision se encuadra dentro de los alcances de las Comisiones Multisectoriales de naturaleza permanente reguladas por la actual Ley Organica del Poder Ejecutivo, por lo que resulta necesario que dicho organo cuente con su reglamento interno respectivo; Que, en ese contexto el Sector ha procedido a la elaboracion del referido reglamento interno, con la finalidad de garantizar el adecuado funcionamiento del mismo, asi como tambien regular su objeto, sus atribuciones y la forma de adopcion de sus acuerdos; Que, en merito a lo expuesto en los parrafos precedentes, es necesario emitir el acto administrativo que apruebe el Reglamento Interno de la Comision Intersectorial de Empleo ­ CIE, en cumplimiento de lo establecido en las normas MORDAZA mencionadas; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el numeral 8 del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo; y, el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento Interno de la Comision Intersectorial de Empleo ­ CIE, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de

ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISION INTERSECTORIAL DE EMPLEO ­ CIE Articulo 1º.- OBJETO El presente Reglamento Interno regula las funciones de la Comision Intersectorial de Empleo ­ CIE, creada mediante Decreto Supremo Nº 012-2003-TR, la cual tiene por finalidad formular, proponer y recomendar propuestas que coadyuven a armonizar las politicas sectoriales en materia de promocion del empleo que ejecuta y desarrolla el Estado, asi como de articular los diferentes programas publicos y proyectos de inversion, con enfasis en el fomento del empleo productivo y las actividades economicas sostenibles. Articulo 2º.- SEDE Y PLAZO La Comision Intersectorial de Empleo ­ CIE, tiene su sede en la MORDAZA de MORDAZA, y su duracion es indefinida, en razon que se trata de una Comision Multisectorial de naturaleza permanente, de conformidad con el numeral 3 del articulo 36º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo. Articulo 3º.- ATRIBUCIONES DE LA COMISION Para el cumplimiento de las funciones de la Comision establecidas en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0122003-TR, la Comision posee las siguientes atribuciones: a. Solicitar informacion a cualquier entidad publica a efectos de poder realizar los estudios, analisis e investigaciones que sirvan para lograr las funciones asignadas; b. Recibir y procesar las iniciativas de las entidades del sector publico o de instituciones del sector privado de acuerdo a sus funciones; c. Brindar informacion a las entidades publicas e instituciones privadas sobre la materia de su competencia; d. Informar a la ciudadania sobre los avances en la formulacion e implementacion de la Estrategia Gubernamental de Promocion del Empleo, asi como de la informacion relevante que se produzca en el MORDAZA de las funciones de la Comision Intersectorial de Empleo ­ CIE; e. Elaborar el informe semestral de avances en la ejecucion de la Estrategia Gubernamental de Promocion del Empleo, el cual se presentara en los meses de enero y MORDAZA de cada ano, el cual correspondera al semestre anterior; y, f. Otras atribuciones que tengan como finalidad contribuir al cumplimiento de las funciones delegadas a la Comision, asi como tambien las demas que la ley le confiera. Articulo 4º.- ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA COMISION En el MORDAZA de la Comision Intersectorial de Empleo ­ CIE, le corresponde al Presidente de la Comision: a. Representar a la Comision ante cualquier dependencia gubernamental nacional u organismo internacional, asi como tambien en cualquier esfera o actividad en la cual sea requerida la participacion de la misma; b. Convocar, a traves de la Secretaria Tecnica, a las sesiones ordinarias y/o extraordinarias de la Comision y presidir las mismas; c. Invitar a los representantes de las entidades publicas y/o privadas que no integren la Comision para

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