Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2009 (30/03/2009)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de marzo de 2009

PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban el MORDAZA Programa de Concursos Nacionales de Incentivo al Comercio Exterior y Turismo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 038-2009-MINCETUR/DM
MORDAZA, 27 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR es el organismo rector del Sector Comercio Exterior y Turismo; a traves del Viceministerio de Comercio Exterior, establece vinculacion con las organizaciones e instituciones representativas en materia de comercio exterior, a fin de propiciar acciones orientadas al incremento de la oferta exportable; y a traves del Viceministerio de Turismo, propone y ejecuta planes para el desarrollo de los recursos turisticos a fin de convertirlos en productos turisticos; Que, en tal sentido, el MINCETUR, conjuntamente con la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU y el apoyo del sector privado, llevara a cabo el MORDAZA Programa de Concursos Nacionales de Incentivo al Comercio Exterior y Turismo, cuyo objeto es fomentar la conciencia exportadora y turistica a nivel nacional, buscando a la vez la creacion de nuevos negocios. Dicho Programa comprende Concursos en las siguientes categorias: Tesis de Grado ­ Premio "MINCETUR", Planes de Negocios ­ Premio "Joven Exporta" y Proyectos Escolares bajo la modalidad de monografia ­ Premio "Escuela Exporta"; Que, es necesario formalizar el MORDAZA Programa de Concursos Nacionales de Incentivo al Comercio Exterior y Turismo, y constituir los Comites que se encargaran de llevar a cabo las diversas acciones que su realizacion exige; De conformidad con la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0052002-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el MORDAZA Programa de Concursos Nacionales de Incentivo al Comercio Exterior y Turismo, en las categorias siguientes: Tesis de Grado ­ Premio "MINCETUR", Planes de Negocios ­ Premio "Joven Exporta" y Proyectos Escolares bajo la modalidad de monografia ­ Premio "Escuela Exporta". Articulo 2º.- Aprobar los Lineamientos Generales del MORDAZA Programa de Concursos Nacionales de Incentivo al Comercio Exterior y Turismo, que constan en el Anexo adjunto, en diez (10) folios, que visado y MORDAZA forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Constituir el Comite de Gestion encargado de realizar las coordinaciones y acciones de gestion necesarias para la ejecucion del referido Programa, el cual estara integrado por los senores: - MORDAZA MORDAZA Gastaneta MORDAZA de MORDAZA, Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del MINCETUR, quien lo presidira. - MORDAZA MORDAZA Paz, Director Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior. - MORDAZA La Hoz Astengo, de la Direccion Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior. Articulo 4º.- Constituir el Comite Tecnico que se encargara de evaluar, calificar y seleccionar las Tesis, Planes de Negocios y Proyectos Escolares semifinalistas de los Concursos que comprende el Programa MORDAZA referido. Estara integrado por un representante del MINCETUR, quien presidira el Comite, un representante de la Direccion de Promocion de las Exportaciones y un representante de la Direccion de Promocion del Turismo, de PROMPERU. Dichos representantes seran designados en el plazo de diez (10) dias calendario.

Articulo 5º.- El Viceministro de Comercio Exterior y el Viceministro de Turismo, a traves de sus organos de linea, prestaran el apoyo que sea requerido para el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 6º.- El Anexo de la presente Resolucion Ministerial, referido en el articulo 1º, sera publicado a traves de la pagina web del MINCETUR: www.mincetur.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Precisan actos de discriminacion en contra de las trabajadoras del hogar
DECRETO SUPREMO Nº 004-2009-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 2º inciso 2 senala que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley, y por tanto, nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquiera otra indole; Que, el Estado Peruano, en virtud a lo dispuesto en la Convencion sobre la Eliminacion de Todas las Formas de Discriminacion Contra la Mujer - CEDAW (1982), la Conferencia de Derechos Humanos (Viena, 1993), la Convencion Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer - Belem do Para (1994), la Plataforma de Accion de Beijing de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (1995) y los Objetivos de Desarrollo del Milenio (2000), se ha comprometido a consagrar el MORDAZA de la igualdad sin ningun MORDAZA de discriminacion hacia la mujer, a fin de garantizar el ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales; Que, de conformidad con la Decimo Primera Politica de Estado: Promocion a la Igualdad de Oportunidades sin Discriminacion el Gobierno, aprobada por el Acuerdo Nacional, el Gobierno ha asumido el compromiso de dar prioridad a la promocion de igualdad de oportunidades, reconociendo que en el MORDAZA existen diversas expresiones de discriminacion e inequidad social, particularmente hacia la mujer, por lo que la reduccion y posterior erradicacion de estas conductas requieren acciones afirmativas por parte del Estado y la sociedad, que garanticen la igualdad para toda la poblacion; Que, el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2005-MIMDES, de fecha 12 de septiembre del 2005, garantiza en el Lineamiento 4, el ejercicio pleno de los derechos economicos de las mujeres y en dicho MORDAZA, el pleno ejercicio de los derechos laborales de las trabajadoras del hogar, implementando acciones dirigidas a eliminar toda forma de discriminacion y desigualdad entre mujeres y varones; Que, el articulo 323º del Codigo Penal comprende dentro del delito de discriminacion, aquella conducta que promueva en forma publica actos discriminatorios por motivo racial, sexual o de indumentaria, con el objeto de menoscabar el ejercicio de los derechos fundamentales de la persona; Que, la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, senala en el numeral h) de su articulo 6º, sobre lineamientos del Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales, la obligacion de garantizar un trato no discriminatorio a las trabajadoras del hogar; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Acto de discriminacion en contra de las trabajadoras del hogar Incurren en un acto de discriminacion sancionado de conformidad con la legislacion sobre la materia: 1.1 Aquel empleador que establece como condicion a quien se desempena como trabajador o trabajadora de su

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