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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2009 (16/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de mayo de 2009 395972 Loreto, con una superfi cie de cuatrocientas veinte mil ochenta hectáreas con dos mil quinientos metros cuadrados (420 080.25 ha), alberga signifi cativamente presencia de diversidad biológica en muy buen estado de conservación; Que, la zona propuesta tiene como objetivo principal conservar los ecosistemas de bosques de altura y bosques inundables del río Tahuayo, Tamshiyacu y quebrada Blanco, garantizando el uso sostenible de los recursos de fl ora y fauna silvestre que realizan las poblaciones locales bajo prácticas sostenibles; promoviendo el desarrollo local y del departamento de Loreto en general; Que la referida área conserva grandes extensiones de bosques ribereños y bosques de altura que constituyen el hábitat de diferentes especies de fauna silvestre importantes para la subsistencia de las comunidades locales que la rodean y para el abastecimiento de alimentos para la ciudad de Iquitos; y es a su vez, un importante corredor para aves migratorias boreales, australes y transamazónicas que utilizan sus bosques de llanuras inundables, bosques de pantanos intactos, comunidades de árboles y arbustos de tierra fi rme como punto de descanso y alimentación en sus rutas de migración. Que, mediante Ofi cio Nº 397-2007-GRL/P, el Gobierno Regional de Loreto remite al entonces Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, el expediente técnico justifi catorio para el establecimiento del Área de Conservación Regional “Comunal Tamshiyacu Tahuayo”, documento que ha sido elaborado sobre la base de los estudios realizados por el Gobierno Regional de Loreto, con el propósito de conservar los recursos naturales, culturales y la diversidad biológica del área; Que, mediante Ofi cio Nº 222-2008-INRENA-J-IANP y sobre la base de los estudios técnicos, así como, del proceso participativo desarrollado, el entonces INRENA recomendó el establecimiento del Área de Conservación Regional “Comunal Tamshiyacu Tahuayo”, según consta en el Ofi cio Nº 082-2008-INRENA-IANP/DPANP y el Informe Nº 326-2007-INRENA-IANP/DPANP, fundamentando las razones del mencionado establecimiento; Que, el inciso e) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, establece que es función del Consejo Directivo del SERNANP, dar conformidad, según los procedimientos establecidos en su reglamento y la normatividad de la materia, a los expedientes técnicos para la creación de nuevas Áreas Naturales Protegidas de administración nacional y regional, encargando la elaboración de la propuesta de norma correspondiente a la Presidencia del Consejo Directivo del SERNANP para su tramitación; Que, en sesión de fecha 16 de febrero del 2009, la Presidencia del Consejo Directivo del SERNANP solicitó la conformidad al expediente de creación del Área de Conservación Regional “Comunal Tamshiyacu Tahuayo”, la misma que ha sido aprobada por el Consejo Directivo del SERNANP; Que, mediante Ofi cio Nº 163-2009-SERNANP-J, el Presidente del Consejo Directivo del SERNANP remite al Ministerio del Ambiente el expediente técnico del establecimiento del Área de Conservación Regional “Comunal Tamshiyacu Tahuayo”, para su creación a través del trámite respectivo; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, el artículo 42º de su Reglamento, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013 y el artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la creación de Áreas de Conservación Regional se realiza mediante Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro del Ambiente; En uso de las facultades conferidas por el numeral 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Del establecimiento del Área de Conservación Regional “Comunal Tamshiyacu Tahuayo” Establézcase el Área de Conservación Regional “Comunal Tamshiyacu Tahuayo” sobre la superficie de cuatrocientas veinte mil ochenta hectáreas con dos mil quinientos metros cuadrados (420 080.25 ha), ubicado en la jurisdicción de los distritos de Fernando Lores de la provincia de Maynas, del distrito de Yavarí de la provincia de Mariscal Ramón Castilla y de los distritos de Sapuena y Yaquerana de la provincia de Requena, del departamento de Loreto, delimitada según memoria descriptiva, listado de puntos y mapa detallados en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- De los objetivos del Área de Conservación Regional “Comunal Tamshiyacu Tahuayo” Son objetivos del Área de Conservación Regional “Comunal Tamshiyacu Tahuayo” los siguientes: Objetivo General: Conservar los ecosistemas de bosques de altura y bosques inundables del río Tahuayo, Tamshiyacu y quebrada Blanco, garantizando el uso sostenible de los recursos de fl ora y fauna silvestre que realizan las poblaciones locales bajo prácticas sostenibles; promoviendo el desarrollo local y del departamento de Loreto en general. Objetivos Específi cos: • Conservar con las comunidades locales un área fuente de especies de importancia comercial amenazadas por la caza insostenible en otras partes de la Amazonía peruana, como el sajino (Tayassu tajacu), la huangana (Tayassu pecari), el majaz (Agouti paca), el ronsoco (Hydrochaeris hydrochaeris), y la sachavaca (Tapirus terrestres). • Manejar comunitaria y sosteniblemente las poblaciones de peces de importancia comercial, entre ellas el paiche (Arapaima gigas), la arahuana (Osteoglossum bicirrosum), el acarahuazu (Astronotus ocellatus), la gamitana (Colossoma macropomum) y diversas especies de peces ornamentales de singular importancia. • Conservar el hábitat y las poblaciones de huapo colorado (Cacajao calvus ucayalii), categorizado como especie vulnerable a nivel mundial y endémico de la Amazonía. • Crear las condiciones para la investigación de la diversidad biológica, la educación ambiental y el turismo de naturaleza en las áreas determinadas por el Plan Maestro. • Conservar la belleza paisajística, los cuerpos de agua y las áreas de reproducción de mamíferos, aves, anfi bios, reptiles y áreas de desove de peces amazónicos. • Conservar los bosques inundados y pantanos intactos de Tamshiyacu Tahuayo, y especies forestales bajo fuerte presión de extracción como las palmeras de aguaje (Mauritia fl exuosa), chambira (Astrocaryum chambira), huasaí (Euterpe precatoria), huacrapona (Iriartea deltoidea), irapay (Lepidocaryum tenue) y especies maderables como: la caoba (Swietenia macrophylla), el cedro (Cedrela odorata) y la cumala (Virola elongata). • Conservar aves endémicas de la Amazonía occidental o de distribución global restringida, como el periquito de lomo zafi ro (Touit purpurata), la chotacabra de cola bandeada (Nyctiprogne leucopyga), el vencejo de pecho blanco (Cypseloides lemosi), el trepador de vientre rayado (Hylexetastes stresemanni), cola suave simple (Thripophaga fusciceps), el guacamayo escarlata (Ara macao), el guacamayo azul amarillo (Ara ararauna), el tororoy evasivo (Grallaria eludens), el loro de abanico (Deroptyus accipitrinus) y el paujil (Mitu tuberosa). Artículo 3º.- De la administración y fi nanciamiento El Área de Conservación Regional “Comunal Tamshiyacu Tahuayo” será administrada e íntegramente fi nanciada por el Gobierno Regional de Loreto, siendo labor del SERNANP la supervisión y asesoría técnica, así como capacitación del personal designado por el