Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2009 (16/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395973

Gobierno Regional de MORDAZA para la administracion de la mencionada Area Natural Protegida. Articulo 4º.- De los derechos adquiridos Respetense los derechos adquiridos con anterioridad al establecimiento del Area de Conservacion Regional "Comunal Tamshiyacu Tahuayo", y regulese su ejercicio en MORDAZA con los objetivos y fines de creacion del area, y lo normado por la Ley General del Ambiente, la Ley de Areas Naturales Protegidas, su Reglamento, el Plan Director de las Areas Naturales Protegidas y aquellas normas regionales vinculadas a Areas de Conservacion Regional. Articulo 5º.- De los derechos de las posibles poblaciones en aislamiento voluntario El establecimiento del Area de Conservacion Regional "Comunal Tamshiyacu Tahuayo" deja a salvo los derechos reales y de uso y manejo de los recursos naturales renovables para su subsistencia, a favor de las posibles poblaciones indigenas en situacion de aislamiento voluntario y/o contacto inicial o esporadico, que pudieran tener presencia en el area. El establecimiento del Area de Conservacion Regional no representa una vulneracion a los derechos de las poblaciones indigenas en general que se encuentren en situacion de aislamiento voluntario y/o contacto inicial o esporadico, en concordancia con los derechos reconocidos por la Constitucion Politica del Peru y demas normas relacionadas. La presencia de poblaciones indigenas en aislamiento voluntario y/o contacto inicial o esporadico sera tomada en consideracion en los procesos de planificacion y gestion que desarrollen las autoridades competentes para la gestion adecuada del ACR. Articulo 6º.- Del aprovechamiento de los Recursos Naturales Toda accion de aprovechamiento de recursos naturales en esta Area de Conservacion Regional y en su MORDAZA de amortiguamiento debe asegurar la conservacion de dichos recursos y los servicios ambientales que puedan brindar. La realizacion de actividades de aprovechamiento de recursos naturales dentro de esta Area de Conservacion Regional requiere de la evaluacion de su impacto ambiental por la autoridad competente. Articulo 7º.- Del aprovechamiento de los Recursos Naturales Renovables Precisese que al interior del Area de Conservacion Regional "Comunal Tamshiyacu Tahuayo" se permite el uso directo de los recursos naturales renovables, prioritariamente por la poblacion local, bajo planes de manejo y planes especificos, aprobados, supervisados y controlados por la autoridad competente con excepcion del aprovechamiento forestal maderable. Las opciones de uso y aprovechamiento de estos recursos seran definidos por los objetivos de manejo, la zonificacion y plan maestro y de uso de los recursos del area. Articulo 8º.- Del aprovechamiento de los Recursos Naturales No Renovables El aprovechamiento de recursos naturales no renovables al interior del area natural protegida se permite solo cuando lo contemple su Plan Maestro aprobado, estando sujeto a las normas de proteccion ambiental y a las limitaciones y restricciones previstas en los objetivos de creacion del area y su zonificacion. Dicho Plan Maestro se aprobara en un plazo no mayor de noventa (90) dias, contados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Se respetaran todos los derechos adquiridos anteriores a su constitucion. El Plan Maestro y la Zonificacion del Area de Conservacion Regional permitiran el ejercicio de dichos derechos. Se respetaran los derechos adquiridos y obligaciones contenidas en el Contrato de Licencia para Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 128. En ese sentido el Plan Maestro y la zonificacion permitiran la ejecucion del mencionado contrato de licencia al ser esta

un area de uso directo, en MORDAZA con los fines y objetivos de la mencionada Area de Conservacion Regional. Articulo 9º.- De las restricciones al interior del Area de Conservacion Regional "Comunal Tamshiyacu Tahuayo" Se prohibe el establecimiento de nuevos asentamientos humanos al interior del Area de Conservacion Regional "Comunal Tamshiyacu Tahuayo". Articulo 10º.- Del desarrollo de actividades al interior del area Precisese que el establecimiento del Area de Conservacion Regional "Comunal Tamshiyacu Tahuayo" no limitara la ejecucion de obras de infraestructura vial o de servicios, asi como el desarrollo de actividades o proyectos al interior del Area Natural Protegida, sea en predios de propiedad publica o privada que MORDAZA aprobados por la autoridad competente en el MORDAZA de sus atribuciones. Dichas actividades estaran sujetas a los objetivos de creacion y zonificacion y a las normas de proteccion ambiental. El desarrollo de estas actividades sera definido por el Plan Maestro aprobado para el Area Natural Protegida y requeriran de la evaluacion de su impacto ambiental. La aprobacion de las evaluaciones del impacto ambiental de dichas actividades debera contar con la opinion previa favorable del SERNANP como condicion indispensable para su aprobacion. Articulo 11º.- De los refrendos y vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente, y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente

ANEXO MEMORIA DESCRIPTIVA DE LIMITES DEL AREA DE CONSERVACION REGIONAL "COMUNAL TAMSHIYACU TAHUAYO" Extension El Area de Conservacion Regional "Comunal Tamshiyacu Tahuayo" tiene una area SIG de cuatrocientos veinte mil ochenta hectareas con dos mil quinientos metros cuadrados (420 080.25 ha). Cartografia base Carta Nacional IGN 1/100 000
Nombre de la hoja Tamshiyacu Rio Tamshiyacu MORDAZA MORDAZA Rio Yavari Mirin Remoyacu Codigo 9-p 9-q 10-p 10-q 11-p Datum WGS84 WGS84 WGS84 WGS84 WGS84 MORDAZA 18 18 18 18 18

Imagen de satelite LANDSAT ETM Path 006 Row 063 de fecha 13/05/2006 Proyeccion UTM, Datum WGS 84, MORDAZA 18 Sur. La elaboracion de los limites de esta memoria descriptiva se MORDAZA en las cartas nacionales del Instituto Geografico Nacional, las que se hallan a escala 1:100 000, Proyeccion UTM, Datum WGS84 y MORDAZA UTM 18 Sur. Los limites estan ajustados con la imagen de satelite LANDSAT ETM Path 006 Row 063 de fecha 13/05/2006, Proyeccion UTM, Datum WGS 84, MORDAZA 18.

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