Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2009 (20/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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frijol MORDAZA y aceite vegetal, para el Programa Social Alimentario a cargo de esta Municipalidad. Posteriormente, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0029/2009-MPL-A-GM-GAJ de fecha 26 de Marzo del 2009, se aprobaron las Bases Administrativas que normaria el mencionado MORDAZA Selectivo. Pero segun referencias MORDAZA por el Comite Especial, no se puede convocar el respectivo MORDAZA Selectivo, por cuanto no se contaba hasta ese entonces con la disponibilidad economica, en vista que el Ministerio de Economia no habia remitido las partidas correspondientes, las mismas que segun reportes, recien el dia 24 de MORDAZA del presente ano, dicha partida ha sido recibida e ingresada en las cuentas bancarias de los Programas Sociales en el Banco de la Nacion de esta MORDAZA, habiendose dispuesto el dia 27 del mismo mes su incorporacion en el Presupuesto Institucional de Apertura de esta Municipalidad, para luego modificar el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del estado de esta Municipalidad, correspondiente al presente ano, acciones que ya se han cumplido, lo que se corrobora con los Informes de la Gerencia de Administracion y Finanzas, de la Sub Gerencia de Logistica y del Comite Especial. Por otra parte de acuerdo a las Resoluciones de Alcaldia ya senaladas, se determina que se ha previsto adquirir alimentos para los Programas Sociales, mediante el MORDAZA de Licitacion Publica por Subasta Inversa Presencial. El que segun el articulo 95 del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones, este MORDAZA demanda un plazo no menor de 8 dias habiles, desde la Convocatoria a la MORDAZA de las propuestas, ademas 8 dias habiles para el consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro, conforme lo indica el mismo articulo, al que debe agregarse los 10 dias habiles para la firma del Contrato respectivo, conforme lo senala el articulo 148 del mismo Dispositivo Legal, lo que originaria un retraso de 26 dias habiles mas o menos. Si considerando una posible impugnacion de apelacion al MORDAZA se retrasaria aun mas como minimo 10 dias para resolver, por lo que debe tenerse en cuenta el tiempo senalado. En consecuencia los hechos MORDAZA expuestos configuran los supuestos previstos en el articulo 22 del Decreto Legislativo Nº 1017 "Ley de Contrataciones" para la Declaracion en situacion de Desabastecimiento de los productos alimenticios de arroz mejorado, frijol MORDAZA y aceite vegetal para los Programas Sociales de esta Municipalidad, por lo que resulta procedente declarar asi, para la adquisicion de dichos productos alimenticios, para satisfacer las necesidades solo a partir del mes de MORDAZA del presente ano, pero no para los meses anteriores del indicado mes, conforme lo senala el articulo 129 del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, para lo cual es necesario que lo actuado sea elevado al Concejo Municipal para su correspondiente declaracion, si asi estiman conveniente, asi como para la aprobacion de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion pertinente para su adquisicion, conforme lo dispone el articulo 21 del Decreto Legislativo Nº 1017 "Ley de Contrataciones", debiendose dado el caso, darse cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 129 del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Que dispone que en los Acuerdos de Exoneracion debera disponerse el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los Funcionarios y Servidores Publicos involucrados. Asi como debo indicar que el articulo 135 del Decreto Supremo Nº 184-2004-EF, dispone que "La contratacion del bien, servicio y obra objeto de la Exoneracion", sera realizada por el organo encargado de las Contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto", por lo que debe determinarse una de las alternativas. POR CUANTO:

Paiva MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eneque, y con el MORDAZA en contra del Sr. Regidor MORDAZA del MORDAZA Viduarre MORDAZA, y con la ausencia de los Regidores: MORDAZA MORDAZA Eneque Soraluz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del MORDAZA Saldana Herrera. Con dispensa de tramite de lectura y Aprobacion del Acta y por MAYORIA. ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR, POR CAUSAL DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la Adquisicion de Productos Alimenticios de: Arroz mejorado, frijol MORDAZA y aceite vegetal, para los Programas Sociales de esta Municipalidad, exonerando del MORDAZA de Seleccion pertinente, para su adquisicion de conformidad a la Ley de Contrataciones Decreto Legislativo Nº 1017 y el Decreto Supremo Nº 184-2004-EF, a partir del mes de MORDAZA del presente ano. Articulo Segundo.- ENCARGAR, el estudio del expediente tecnico, a fin que se delibere la responsabilidad del funcionario o funcionarios del presente MORDAZA de desabastecimiento Inminente; al Organo de Control Interno (OCI), Municipalidad Provincial de MORDAZA, de conformidad al Art. 129º del Decreto Supremo No. 1842008-EF, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contratacion y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- DISPONER, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su adopcion o emision, y adicionalmente debera publicarse en el SEACE, asimismo, que se remita una MORDAZA del mismo y del informe o informes que la sustenten, a la Contraloria General de la Republica y al Organismo Superior de Contrataciones del Estado ­ (OSCE), dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la publicacion, conforme a lo dispuesto en el articulo 134° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado por D.S. Nº 184-2008-EF. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento del presente acuerdo, asi como las demas acciones que corresponde con arreglo a Ley. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA PUELLES MORDAZA 349058-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de productos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO N° 041-2009-MDP Pampas, 22 de MORDAZA del 2009 VISTO:

Conforme al Informe Legal Nº 0332/2009-MPL-GAJ, del 30 de MORDAZA 2009, estando a lo dispuesto en los Art. I, II, IV del Titulo Preliminar Art. 9° numeral 3, 14, 35 y 11°, 39°, 45°, y conexos de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal de MORDAZA, en su Sexta Sesion Extraordinaria del 06 de MORDAZA del 2009, cuya acta es MORDAZA fiel de lo tratado conforme lo acredita el Secretario General interviniente; con el MORDAZA a favor de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

En Sesion de Concejo el informe tecnico Legal N° 007-2009-MDP/ALE, de la asesoria Juridica externa, y el informe N°- 002- 2009-MDP/OA, la oficina de abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Pampas; y CONSIDERANDO: Que el Art. 191° de la Constitucion Politica del Estado establece que las Municipalidades Provinciales

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