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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2009 (20/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de mayo de 2009 396209 GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Autorizan viaje del Presidente del Gobierno Regional y de Consejero Delegado a fin de participar en la XXV Convención de Instituciones Peruanas en los Estados Unidos de América y Canadá ACUERDO REGIONAL Nº 049-2009-GRJ/CR. POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 11 días del mes de mayo de 2009, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de Derecho Público Interno que gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Asociación de Instituciones Peruanas en los Estados Unidos de América y Canadá – AIPEUC, es una entidad representativa de asesoramiento y apoyo, sin fi nes de lucro, constituida por las diferentes instituciones que agrupan hombres y mujeres peruanas de todas las ocupaciones y clases sociales, residentes en los Estados Unidos de América y Canadá, se fundó para que los peruanos que forman la comunidad peruana residente en los Estados Unidos de América y Canadá, tengan una entidad representativa regida por los principios de la Constitución y leyes de estos dos países, promoviendo la identifi cación e integración de la comunidad peruana con el desarrollo integral de los peruanos según el criterio y los principios cristianos y morales, consolida los objetivos de su fundación reuniendo en las convenciones anuales a todas las instituciones peruanas y propugnando la identidad e integración de los residentes peruanos en los Estados Unidos de América y Canadá, así mismo fortalece los lazos tradicionales de amistad y cooperación que unen al Perú con los Estados Unidos de América y Canadá, en los sectores de la educación, salud, negocios, arte y deporte; Que, con Carta de 07 de febrero de 2009, el Presidente de la Asociación de Instituciones Peruanas en los Estados Unidos de América y Canadá – AIPEUC, Ing. Silvio Alva, invita al Presidente del Gobierno Regional Junín, Sr. Vladimiro Huaroc Portocarrero, a participar como Invitado de Honor y Expositor de la “XXV Convención de Instituciones Peruanas en los Estados Unidos de América y Canadá” que se llevará a cabo del 22 al 25 de mayo de 2009, en las Instalaciones del Marriott Hotel de Dadeland en la ciudad de Miami; por lo que asumirá los gastos de registración y alojamiento en el hotel Marriott, y que se pone a disposición del Gobierno Regional Junín 36 stands o espacios para promocionar los productos exportables de la Región y la posibilidad de publicarlos en su revista y otros medios; Que, el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, prescribe que no se permitirán viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado y dicta otras medidas, y modifi catoria. Todos los viajes se realizan en categoría económica. Que, el inciso f) del artículo 13º del Decreto Supremo Nº 018-85-PCM, Reglamento inicial de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, se entiende por Comisión de Servicios, cuando un servidor es destinado a realizar acciones de servicio fuera de su centro de trabajo, ya sea en el país o en el extranjero; concordante el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, el cual señala que la Comisión de Servicio es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar función según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionados con los objetivos institucionales; Que, el literal t) del artículo 25º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Junín, prescribe que es atribución del Consejo Regional autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación del Gobierno Regional realicen el Presidente; Que, el segundo párrafo del artículo 65º de la norma acotada, prescribe que el Presidente Regional informará sobre los asuntos administrativos relevantes y sobre los viajes que realice en comisión del servicio; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece: “Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje”; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º y 15º, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno; El Consejo Regional con el voto MAYORITARIO de sus miembros: ACUERDA: Primero.- AUTORIZAR el viaje del Presidente del Gobierno Regional Junín Sr. Vladimiro Huaroc Portocarrero, en representación del Gobierno Regional Junín, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América a fi n de participar como Invitado de Honor y Expositor de la “XXV Convención de Instituciones Peruanas en los Estados Unidos de América y Canadá” que se llevará a cabo del 22 al 25 de mayo de 2009, en las Instalaciones del Marriott Hotel de Dadeland. Segundo.- El viaje del Presidente del Gobierno Regional Junín, no originarán gastos al presupuesto de la Región ni al erario Nacional. Tercero.- El Presidente del Gobierno Regional Junín, luego de su retorno informará al Consejo Regional sobre los logros conseguidos en su viaje. Cuarto.- AUTORIZAR a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Regional, la publicación de la presente Norma Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Junín, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME V. AQUINO AQUINO Consejero Delegado Consejo Regional 348460-1