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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2009 (21/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de mayo de 2009 396222 CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM; Que, en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”, aprobado por Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM, se encuentra comprendida la función n), del Art. 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia agraria; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 088-2008- PCM se determinó que corresponde al Ministerio de Agricultura conjuntamente con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, este último a través de COFOPRI, realizar la transferencia de dicha función, así como la identifi cación y cuantifi cación de recursos asociados a la misma, en el marco de lo dispuesto en la legislación en materia de tierras y en el Decreto Legislativo Nº 1089; Que, a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 006-2009-PCM/SD, se estableció un procedimiento para culminar la transferencia de la función n), en mención, cuyas acciones iban a estar a cargo de una Comisión conformada por representantes de los Ministerios de Agricultura y de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) y de los Gobiernos Regionales que participan en el proceso, los cuales debían designar a sus representantes, dentro de un plazo establecido; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 027-2009-PCM/SD se procedió a reconocer a los representantes designados por los Ministerios de Agricultura y de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de COFOPRI y de 23 Gobiernos Regionales, ante dicha Comisión, con excepción de Apurímac y Huánuco, que a la fecha de su publicación aún no los habían designado; Que, en atención a lo dispuesto en el Art. 2 de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 027-2009-PCM/SD, antes mencionada, los Gobiernos Regionales de Apurímac y Huánuco, mediante los oficios de vistos, han comunicado a la Secretaría de Descentralización de la designación de sus representantes ante dicha Comisión, con los cuales se tiene a la totalidad de representantes de los Gobiernos Regionales que participan en el proceso, por lo que se deberá proceder a su reconocimiento mediante la resolución correspondiente; De conformidad con el Decreto Supremo N° 088-2008- PCM y la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 006-2009-PCM/SD; y, en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por D.S. Nº 063-2007-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocimiento de representantes de Gobiernos Regionales faltantes ante la Comisión encargada de culminar la transferencia de la función n), del Art. 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia agraria. Reconocer a los representantes de los Gobiernos Regionales de Apurímac y Huánuco, según relación detallada en anexo adjunto, ante la Comisión encargada de consensuar y establecer las acciones para culminar la transferencia de la función n), del Art. 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia agraria, conformada según lo estipulado en el Art. 2 de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 006- 2009-PCM/SD. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm. gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL MOLINA MARTINEZ Secretario de Descentralización ANEXO RELACIÓN DE REPRESENTANTES DE GOBIERNOS REGIONALES FALTANTES ANTE COMISIÓN CONFORMADA POR RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 006-2009-PCM/SD Transferencia de función n), del Art. 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia agraria Nº Gobiernos Regionales Representantes Ofi cio 1 Gobierno Regional de Apurímac • Rodrigo Bautista Ortega Ofi cio Nº 221-2009- G.R.APURIMAC/GG 2 Gobierno Regional de Huánuco • Juan Estela y Nalvarte Ofi cio Nº 134-2009- GRH/GGR 350563-1 AGRICULTURA Aprueban el “Procedimiento para la implementación del Programa MUNITRACTOR” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0390-2009-AG Lima, 18 de mayo de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 076-2009-AG-OAER-Nº 0063-PMAAP/DG de fecha 8 de abril de 2009, del Director General (e) de la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional, y el Informe Nº 015-2009-AG-OAER-PMAAP de fecha 7 de abril de 2009 del Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada del Ministerio de Agricultura – PMAAP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2008-AG, se facultó al Ministerio de Agricultura a implementar el “Programa MUNITRACTOR”, el que tiene por objeto facilitar los mecanismos de fi nanciamiento y posibilitar la gestión para la adquisición de maquinaria para la actividad agraria, a nombre y/o por encargo de los Gobiernos Locales (Municipios provinciales y distritales) que lo soliciten, previa suscripción de los contratos y convenios pertinentes, ante los organismos públicos y privados, entre otros, el Banco de La Nación, con cargo a los recursos del Fondo de Compensación Municipal – FONCOMUN, teniendo en cuenta que la adquisición de la misma, se constituye como un Proyecto de Inversión Pública (PIP) en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, en el artículo 8º del citado Decreto Supremo, se precisa que el Ministerio de Agricultura, mediante Resolución Ministerial, dictará las normas complementarias que resulten necesarias para la implementación del Programa MUNITRACTOR, incluyendo las condiciones y requisitos para la suscripción de los convenios y contratos vinculados a la gestión del citado Programa, que se generen para la adquisición y entrega de la maquinaria; Que, mediante Memorándum Nº 0122-2009-AG-DVM de fecha 21 de abril de 2009, el Viceministro de Agricultura dispone que el Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada del Ministerio de Agricultura – PMAAP, así como el Programa MUNITRACTOR, adscrito a PMAAP, continuará a cargo de la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional, en tanto no se adopte otra disposición en contrario; Que, con el ofi cio de visto, el Director General (e) de la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional ha solicitado se apruebe el procedimiento para la implementación del Programa MUNITRACTOR; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;