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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2009 (21/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de mayo de 2009 396237 procedimientos administrativos seguidos ante el Ministerio de la Producción. e) Emitir opinión técnica sobre propuestas normativas y técnicas en materia de micro y pequeñas empresas, cooperativas y otras formas empresariales asociativas. f) Establecer, conducir y supervisar las políticas y medios para el otorgamiento a las micro y pequeñas empresas que cumplan con los requisitos, bonos para el co-fi nanciamiento de capacitación, asistencia técnica y fortalecimiento gremial. g) Coordinar, concertar, promover y supervisar el desarrollo de programas y proyectos nacionales y macroregionales de promoción de la micro y pequeña empresa y las cooperativas. h) Impulsar, coordinar y armonizar la aplicación de políticas nacionales para la asistencia técnica, legal y fi nanciera por las instituciones nacionales y organismos técnicos y/o internacionales; así como para promover la asociatividad y alianzas estratégicas con entidades públicas y privadas para el desarrollo y evolución de la micro y pequeña empresa. i) Elaborar y difundir estudios especializados a nivel nacional que representen un elemento de apoyo a la promoción, mayor competitividad, conocimiento y divulgación de la realidad y evolución de la micro y pequeña empresa y promover la difusión de la estadística en el ámbito nacional en coordinación con la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística. j) Proponer y supervisar la formulación y desarrollo del Plan Nacional de Promoción y Formalización para la competitividad y desarrollo de la micro y pequeña empresa, dando cuenta y coordinando con la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto en lo que compete a la elaboración de Planes Institucionales. k) Conducir, supervisar y actualizar del Registro Nacional de Asociaciones de micro y pequeñas empresas (RENAMYPE) coordinando las acciones y recepción de la Información a nivel regional y local, con el apoyo de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística. l) Conducir la participación y la elección los representantes nacionales de la micro y pequeña empresa en los espacios de representación de entidades del Estado que, por su naturaleza, fi nalidad, ámbito y competencia, se encuentran vinculadas directamente con las temáticas de la micro y pequeña empresa. m) Establecer espacios de concertación y coordinación con los sectores, niveles de gobierno y entidades privadas vinculadas a la promoción, competitividad y desarrollo de la micro y pequeña empresa y cooperativas. Interactuar con el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE en el marco de sus atribuciones. n) Actuar como Secretaría Técnica del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE. o) Formular e implementar las políticas nacionales de desarrollo, promoción y aplicación de mejores prácticas asociativas, de cultura productiva, formalización empresarial y uso de la tecnología de la información para el mejoramiento de estándares y competitividad parte de la micro y pequeña empresa. p) Dirigir, supervisar y controlar las actividades a cargo de las unidades orgánicas a su cargo. q) Cumplir con otras funciones en el campo de su competencia que le asigne el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria”. “Artículo 67-B.- De las Unidades Orgánicas de la Dirección General de MYPE y Cooperativas La Dirección General de MYPE y Cooperativas cuenta con las siguientes unidades orgánicas: - Dirección de Desarrollo Empresarial. - Dirección de Promoción de iniciativas empresariales y asociatividad. - Dirección de Cooperativas. - Dirección MI EMPRESA.” “Artículo 67-C.- De la Dirección de Desarrollo Empresarial Sus funciones son: a) Evaluar y realizar el seguimiento de la implementación de políticas nacionales de la micro y pequeña empresa; así como, consolidar y sistematizar la información recabada para la toma de decisiones. b) Formular, promover y emitir los dispositivos y directivas legales y técnicas para la aplicación de las políticas nacionales de desarrollo y promoción de la micro y pequeña empresa y empresas asociativas, supervisando su cumplimiento y desarrollo. c) Formular opinión técnica sobre las consultas y/o propuestas normativas en materia de micro y pequeña empresa. d) Elaborar y difundir estudios especializados a nivel nacional ,que fomenten la promoción, competitividad y expongan la situación de la micro y pequeña empresa; y promover la difusión de la estadística en el ámbito nacional, en coordinación con la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística. e) Elaborar y efectuar seguimiento del Plan Nacional de Promoción y Formalización para la competitividad y desarrollo de las MYPE. f) Administrar el Registro Nacional de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas (RENAMYPE), recabar los reportes regionales y locales y sistematizar la información a nivel nacional. g) Realizar la convocatoria, organización, dirección, acreditación y regulación del proceso de elección de los representantes nacionales de las micro y pequeñas empresas en los espacios de representación de las entidades del Estado, con la asistencia técnica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE. h) Apoyar las actividades, organización de talleres y mesas de trabajo para la capacitación en la aplicación de mejores prácticas asociativas para la micro y pequeña empresa. i) Resolver los procedimientos administrativos del Ministerio de la Producción que le correspondan. j) Cumplir con otras funciones en el campo de su competencia que le asigne la Dirección General de MYPE y Cooperativas.” Artículo 67-D.- De la Dirección de Promoción de Iniciativas Empresariales y Asociatividad Sus funciones son: a) Vigilar y coordinar el desarrollo de los planes, actividades y programas de alcance nacional para el fomento y desarrollo de las MYPE e iniciativas empresariales y esquemas asociativos, en coordinación con instituciones públicas y privadas. b) Proponer y formular dispositivos de fomento y facilitación de alcance nacional a las iniciativas empresariales en el marco del desarrollo y promoción de las MYPE. c) Formular opinión técnica sobre las consultas y/o propuestas normativas en materia de iniciativas empresariales, y entidades asociativas y autogestionarias. d) Supervisar los programas nacionales y macroregionales de promoción de la micro y pequeña empresa, sistematizando la información correspondiente. e) Ejecutar los programas y mecanismos de difusión y coordinación de alcance nacional para el acceso de la micro y pequeña empresa a los servicios fi nancieros, en tecnología y servicios de desarrollo empresarial que favorezcan su mayor competitividad. f) Organizar, coordinar y apoyar actividades de concertación de alcance nacional con los sectores y entidades involucradas en el desarrollo de la micro y pequeña empresa. g) Resolver los procedimientos administrativos del Ministerio de la Producción que le correspondan. h) Cumplir con otras funciones en el campo de su competencia que le asigne la Dirección General de la MYPE y Cooperativas.” “Artículo 67-E.- De la Dirección MI EMPRESA Sus funciones son: a) Promover en el ámbito nacional la facilitación de requisitos para los trámites de formalización empresarial, de información de regímenes legales vigentes, de trámites de Licencias Municipales en coordinación con los gobiernos regionales o locales, según corresponda. b) Promover en el ámbito nacional la capacitación y la asistencia técnica para la mejora en la gestión y en el proceso productivo de la micro y pequeña empresa, facilitando la vinculación entre entes de formación técnica,