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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2009 (21/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de mayo de 2009 396224 Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de los siguientes efectivos de la Marina de los Estados Unidos de América, del 23 al 30 de mayo de 2009, para efectuar un estudio de sitio para la realización de un futuro entrenamiento en las instalaciones de la Marina de Guerra del Perú: 1) Capitán de Corbeta Scott Chafi an 2) Técnico USN Patricia Axelsen 3) Técnico USN Tiffany Summers Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 350558-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 456-2009-DE/SG Lima, 19 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº F-499 de fecha 14 de mayo de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Bolivia, sin armas de guerra; Que, la VIII Reunión Bilateral de Comando de Zonas Navales Fronterizas se llevará a cabo en la Capitanía Guardacosta Lacustre de Puno con la participación del Capitán de Puerto Mayor Tiquina de la Armada Boliviana; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República al Capitán de Corbeta Jhonny Franco Terceros, del 20 al 22 de mayo de 2009, para participar en la VIII Reunión Bilateral de Comando de Zonas Navales y Fronterizas con la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 350558-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 457-2009-DE/SG Lima, 19 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nº 458 de fecha 7 de mayo de 2009 y Nº 497 de fecha 13 de mayo de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de las Repúblicas de Bolivia y de Colombia, sin armas de guerra; Que, en el marco de la XII Reunión de Comité de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la Marina de Guerra del Perú se acordó la ejecución de intercambios y pasantías entre ambas instituciones, entre ellas la participación de un cadete en el Crucero de Instrucción al Extranjero 2009, a bordo del B.A.P “MOLLENDO”; Que, en el marco de las medidas de Confi anza Mutua con la Armada Boliviana se ha acordado la participación de dos cadetes en el Crucero de Instrucción al Extranjero 2009, a bordo del B.A.P “MOLLENDO”; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República al Cadete de la Armada Colombiana Christian Alberto Quimpayo Sánchez, y de los Cadetes de la Armada Boliviana José Manuel Colque Careaga y Alex Mamani Quispe, del 20 de mayo al 20 de julio de 2009, para participar en el Crucero de Instrucción al Extranjero 2009, a bordo del B.A.P. “MOLLENDO” Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 350558-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 458-2009-DE/SG Lima, 19 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nº 432 y 433 de fecha 28 de abril de 2009 y Nº F-500 de fecha 14 de mayo de 2009,