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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2009 (21/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de mayo de 2009 396229 horario de la subasta y de adjudicación, los mismos que serán debidamente comunicados.” Artículo 4°.- Suscripción de documentos Autorícese al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir toda la documentación que se requiera para implementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Artículo 5º.- Atención del servicio de deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen los bonos que se emitan correspondientes al tramo que se autoriza en el Artículo 1° de esta norma legal, son atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 350697-2 Autorizan transferencia de partidas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 114-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 130-2001, concordado con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29035, Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, en adelante el Programa, es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, para el cumplimiento de sus fi nes, el Programa efectúa transferencias a diversos organismos públicos y privados que ejecutan proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que la Unidad Ejecutora 005 Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” del Pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en su Presupuesto Institucional 2009, cuenta con recursos en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento de proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que, en el mes de febrero de 2009, el Programa realizó la convocatoria del Concurso de Servicios 2009 – I, el cual tiene por objetivo que las organizaciones públicas y privadas presenten proyectos de servicios vinculados al desarrollo y bienestar de la comunidad, a cuyos efectos el Programa otorga fi nanciamiento a dichos proyectos en caso de ser seleccionados, habiendo el Programa suscrito noventa y dos (92) convenios en el marco del referido Concurso de Proyectos; Que, mediante Informe N° 178-2009-DVMPEMPE/ CP-OPP, el Jefe (e) de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa señala que cuenta con la certifi cación de crédito presupuestario para la transferencia de partidas por el monto de S/. 210 208, 00 (Doscientos Diez Mil Doscientos Ocho y 00/100 Nuevos Soles) a favor de seis (06) Organismos Ejecutores del Sector Público para atender el fi nanciamiento de quince (15) Convenios suscritos en el marco del Concurso de Proyectos de Servicios 2009 – I; Que, conforme al artículo 7° numeral 7.1 de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, las transferencias de recursos en el marco del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, se realiza mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a propuesta de este último; De conformidad con las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el artículo 7° numeral 7.1 de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza Transferencia de partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de DOSCIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 210 208,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 012 : Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” FUNCIÓN 07 : Trabajo PROGRAMA FUNCIONAL 020 : Trabajo SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0042 : Promoción Laboral ACTIVIDAD 088269 : Construyendo Perú FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 4. Donaciones y Transferencias 210 208,00 --------------- TOTAL 210 208,00 ========= A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 4. Donaciones y Transferencias 210 208,00 --------------- TOTAL 210 208,00 ========= La Transferencia de Partidas autorizada por el presente Decreto Supremo será destinada exclusivamente para el fi nanciamiento de las actividades y proyectos señalados en el Anexo que forma parte de la presente norma, el cual detalla los Pliegos habilitados y el monto de la transferencia presupuestaria. Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación Institucional 2.1. Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.