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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2009 (30/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de mayo de 2009 396694 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 29369 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE UNIDADES NAVALES Y PERSONAL MILITAR EXTRANJERO AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE ACUERDO CON LA AMPLIACIÓN DEL PROGRAMA DE ACTIVIDADES OPERACIONALES DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL PERÚ CON FUERZAS ARMADAS EXTRANJERAS 2009 Artículo 1º.- Objeto de la Resolución Legislativa Autorízase el ingreso de unidades navales y personal militar extranjero al territorio de la República de acuerdo con la Ampliación del Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2009, en el marco de lo establecido por el numeral 8) del artículo 102º de la Constitución Política del Perú y conforme a las especifi caciones que, como Anexo, forman parte integrante de esta Resolución. Artículo 2º.- Autorización para modifi cación de plazos Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Defensa y por resolución ministerial, pueda modifi car, cuando existan causas imprevistas, los plazos de ejecución de las actividades previstas en la Ampliación del Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2009, a que hace referencia el artículo 1º, siempre y cuando dicha modifi cación no exceda el total de días programados para su desarrollo. El Ministro de Defensa procede a dar cuenta a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas después de expedida la citada resolución ministerial. Artículo 3º.- Vigencia La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comunícase al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil nueve. JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Congreso de la República ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 29 de mayo de 2009 Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANEXO AMPLIACIÓN DEL PROGRAMA DE ACTIVIDADES OPERACIONALES DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL PERÚ CON FUERZAS ARMADAS EXTRANJERAS 2009 JUNIO Escala de rutina MOTIVO Visita al puerto del Callao OBJETIVO Escala de rutina en el puerto del Callao LUGAR Puerto del Callao FECHA DE INICIO 1 de junio de 2009 TIEMPO DE PERMANENCIA 7 días INSTITUCIÓN INVOLUCRADA Marina de Guerra del Perú PAÍS PARTICIPANTE Francia TIPO DE UNIDAD Fragata de Vigilancia “PRAIRIAL” (F-731) CANTIDAD DE PERSONAL 12 Ofi ciales / 56 Ofi ciales de Mar / 26 Marineros TIPO Y CANTIDAD DE ARMAS Misiles EXOCET MM-38 AGOSTO Reabastecimiento de combustible y descanso de su tripulación OBJETIVO Visita operacional LUGAR Puerto del Callao FECHA DE INICIO 26 de agosto de 2009 TIEMPO DE PERMANENCIA 15 días INSTITUCIÓN INVOLUCRADA Marina de Guerra del Perú PAÍS PARTICIPANTE Estados Unidos de América TIPO DE UNIDAD Buque de Asalto Anfi bio USS “MAKIN ISLAND” (LHD-8) CANTIDAD DE PERSONAL 104 Ofi ciales / 1,150 tripulantes TIPO Y CANTIDAD DE ARMAS 02 lanzadores SAM Sea Sparrow 02 lanzadores octuples misiles Rolling 03 ametralladoras MK 38 de 25 mm 04 Montajes CIWS Vulcan Phalanx Señuelos Loral Hycor 354697-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Establecen Sistema de Beneficio de Recompensas a cargo de la PCM, que permita la captura de los mandos de las organizaciones terroristas en el territorio nacional DECRETO SUPREMO Nº 033-2009-PCM Lima, 29 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 44º de la Constitución Política del Perú, establece que son deberes primordiales del Estado, entre otros, defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, el Supremo Gobierno se encuentra comprometido con la total erradicación del terrorismo así como de toda manifestación subversiva en el país; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-IN de fecha 10 de abril de 2002, modifi cado con Decreto Supremo Nº 009-2002-IN de fecha 25 de julio de 2002, se