Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2009 (30/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2009

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 29369
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

ANEXO AMPLIACION DEL PROGRAMA DE ACTIVIDADES OPERACIONALES DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL PERU CON FUERZAS ARMADAS EXTRANJERAS 2009
JUNIO Escala de rutina MOTIVO OBJETIVO LUGAR FECHA DE INICIO TIEMPO DE PERMANENCIA Visita al puerto del Callao Escala de rutina en el puerto del Callao Puerto del Callao 1 de junio de 2009 7 dias

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE UNIDADES NAVALES Y PERSONAL MILITAR EXTRANJERO AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA DE ACUERDO CON LA AMPLIACION DEL PROGRAMA DE ACTIVIDADES OPERACIONALES DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL PERU CON FUERZAS ARMADAS EXTRANJERAS 2009
Articulo 1º.- Objeto de la Resolucion Legislativa Autorizase el ingreso de unidades navales y personal militar extranjero al territorio de la Republica de acuerdo con la Ampliacion del Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Peru con Fuerzas Armadas Extranjeras 2009, en el MORDAZA de lo establecido por el numeral 8) del articulo 102º de la Constitucion Politica del Peru y conforme a las especificaciones que, como Anexo, forman parte integrante de esta Resolucion. Articulo 2º.- Autorizacion para modificacion de plazos Autorizase al Poder Ejecutivo para que, a traves del Ministerio de Defensa y por resolucion ministerial, pueda modificar, cuando existan causas imprevistas, los plazos de ejecucion de las actividades previstas en la Ampliacion del Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Peru con Fuerzas Armadas Extranjeras 2009, a que hace referencia el articulo 1º, siempre y cuando dicha modificacion no exceda el total de dias programados para su desarrollo. El Ministro de Defensa procede a dar cuenta a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas despues de expedida la citada resolucion ministerial. Articulo 3º.- Vigencia La presente Resolucion Legislativa entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2009 Cumplase, registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros

INSTITUCION INVOLUCRADA MORDAZA de MORDAZA del Peru MORDAZA PARTICIPANTE MORDAZA DE UNIDAD CANTIDAD DE PERSONAL MORDAZA Fragata de Vigilancia "PRAIRIAL" (F-731) 12 Oficiales / 56 Oficiales de Mar / 26 Marineros

MORDAZA Y CANTIDAD DE MORDAZA Misiles EXOCET MM-38 AGOSTO Reabastecimiento de combustible y descanso de su tripulacion OBJETIVO LUGAR FECHA DE INICIO TIEMPO DE PERMANENCIA Visita operacional Puerto del Callao 26 de agosto de 2009 15 dias

INSTITUCION INVOLUCRADA MORDAZA de MORDAZA del Peru MORDAZA PARTICIPANTE MORDAZA DE UNIDAD CANTIDAD DE PERSONAL Estados Unidos de MORDAZA Buque de Asalto Anfibio USS "MAKIN ISLAND" (LHD-8) 104 Oficiales / 1,150 tripulantes

MORDAZA Y CANTIDAD DE MORDAZA 02 lanzadores SAM Sea Sparrow 02 lanzadores octuples misiles Rolling 03 ametralladoras MK 38 de 25 mm 04 Montajes CIWS Vulcan Phalanx Senuelos Loral Hycor

354697-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Establecen Sistema de Beneficio de Recompensas a cargo de la PCM, que permita la captura de los mandos de las organizaciones terroristas en el territorio nacional
DECRETO SUPREMO Nº 033-2009-PCM MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, el articulo 44º de la Constitucion Politica del Peru, establece que son deberes primordiales del Estado, entre otros, defender la soberania nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion; Que, el Supremo Gobierno se encuentra comprometido con la total erradicacion del terrorismo asi como de toda manifestacion subversiva en el pais; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-IN de fecha 10 de MORDAZA de 2002, modificado con Decreto Supremo Nº 009-2002-IN de fecha 25 de MORDAZA de 2002, se

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