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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de mayo de 2009 396698 Artículo 18º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Defensa y del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de Defensa MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Ministra del Interior 354697-2 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales del Ejército para participar en la XXVI Reunión Regional de Inteligencia entre los Ejércitos del Perú y Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 182-2009-DE/EP/S.1.a/1-1 Lima, 29 de mayo de 2009 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 32001/CGE/DIE/ B-5.a/03.03 de febrero de 2009. CONSIDERANDO: Que, el Comando del Ejército, ha aprobado y ratifi cado las Actas Finales, Compromisos Conjuntos y Reglamentación de las Conferencias y Reuniones Bilaterales de Inteligencia realizadas en el AF- 2008, constituyéndolas en compromisos Conjuntos Internacionales formales y de cumplimiento obligatorio; Que, en el Acta Final de la XXV Reunión Regional Bilateral de Inteligencia entre la Región Militar del Oriente del Ejército de Perú y la VI División del Ejército Nacional de Colombia, se establece realizar en el Primer Trimestre del presente año, la XXVI Reunión de Inteligencia entre los Comandos de la VI División del Ejército de Colombia y la Región Militar del Oriente del Perú, en la Ciudad de Leticia – Colombia, en la fecha que defi na el Ejército anfi trión; Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 32001/CGE/DIE/B-5.a/03.03 de febrero de 2009, el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército, autoriza la participación de la Delegación del Ejército de Perú en la XXVI Reunión de Inteligencia entre los Comandos de la VI División del Ejército de Colombia y la Región Militar del Oriente de Perú, a realizarse en la Ciudad de Leticia - Colombia del 17 al 19 de junio de 2009; Que, existe el compromiso por parte de ambos Ejércitos de acuerdo al Reglamento de las Conferencias Bilaterales de Estados Mayores entre los Ejércitos de Perú y Colombia, de participar en forma bienal alternadamente en este tipo de compromisos de carácter Internacional; Que, la participación del Personal Militar del Ejército de Perú, en la precitada Reunión, permitirá incrementar las medidas de confi anza mutua, además de realizar el intercambio de ideas, experiencias, información y conocimientos en todos los campos de Estado Mayor, así como lograr una estrecha integración, para el estudio conjunto de los problemas de interés mutuo, dentro del marco regional sudamericano; Que, los gastos que demande el viaje al exterior en comisión de servicio, serán sufragados con el Presupuesto del Ministerio de Defensa - Ejército de Perú, Año Fiscal 2009; Que, el viaje antes citado se encuentra incluido en el rubro 5 “Medidas de Confi anza Mutua”, Item 55, del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa año 2009, aprobado con Resolución Suprema Nº 028-2009 DE/SG del 19 de enero de 2009; De conformidad con la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Ley Nº 29075, Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencia y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y modifi catorias y; Estando a lo recomendado por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el Señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, del 16 al 19 de junio de 2009, para participar en la XXVI Reunión Regional de Inteligencia entre los Ejércitos de Perú y Colombia, a realizarse en la Ciudad de Leticia - Colombia, al Ofi cial General y Ofi ciales Superiores que a continuación se indica: - Gral Div EP Alfredo Enrique MURGUEYTIO ESPINOZA - Crl EP César Ramon MANYARI TELLO - Crl EP Douglas José Wenceslao REYES SALAS Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército de Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: AÑO FISCAL 2009 - Pasaje Aéreo Lima – Iquitos – Lima (Clase económica) US$ 280.84 x 01 persona $ 280.84 Iquitos - Leticia – Iquitos (Clase económica) US$ 300.00 x 03 personas $ 900.00 - Viáticos y Asignaciones: US$ 200.00 x 4 días x 03 personas $ 2,400.00 - Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 9.59 x 01 persona (TUUA Nacional) $ 9.59 US$ 20.00 x 03 personas (TUUA Internacional) $ 60.00 TOTAL $ 3,650.43 Artículo 3º.- El Señor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la comisión, sin exceder el período total establecido. Artículo 4º.- El personal nombrado, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/ SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a solicitar liberación ni exoneración de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 354697-5